Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/06/2020 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXVI - Nº 148
CORDOBA, R.A. MARTES 30 DE JUNIO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

pertinentes.
Que en consecuencia, corresponde derogar la Resolución Nº 158/20
de esta Secretaría General de la Gobernación.
Por ello, las facultades conferidas a esta Secretaría General de la Gobernación por el Decreto Nº 1615/2019 y en uso de sus atribuciones;
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE
Artículo 1: APRUÉBASE el Certificado de Circulación para Prestación de Servicios Laborales de carácter presencial en el Gobierno de la Provincia de Córdoba para todas las Jurisdicciones del Poder Ejecutivo Provincial excepto Ministerio de Salud y Fuerzas de Seguridad, el que tendrá vigencia a partir de la cero 00:00 hs. del día 01 de julio de 2020, y que como Anexo I, compuesto de una 1 foja, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º: ESTABLÉCESE que el certificado aprobado por el artículo anterior, deberá autogestionarse por el interesado a través del módulo que a tal efecto se encuentra habilitado en el Portal Ciudadano Digital CIDI con clave Nivel 2 - y tendrá validez hasta las veintitrés horas y cincuenta y
nueve minutos 23:59 hs. del día viernes siguiente al de su generación.
Artículo 3º: INSTRÚYASE a las Unidades de Recursos Humanos de las distintas Jurisdicciones del Poder Ejecutivo alcanzadas por el presente instrumento, a realizar las pertinentes acciones de control respecto de las solicitudes generadas por los agentes de las reparticiones a su cargo, a los fines de verificar la veracidad de la información declarada - para lo cual tendrán habilitado el acceso on line a la misma - debiendo en los casos pertinentes propiciar la cancelación del permiso, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones disciplinarias que pudieren corresponder.
Artículo 4º: DERÓGASE la Resolución Nº 158/20 de esta Secretaría General de la Gobernación.
Artículo 5º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del Gobierno de la Provincia de Córdoba y archívese.
FDO: JULIO COMELLO SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
ANEXO

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución N 1

Por lo expuesto, normas citadas y lo dictaminado por la Subdirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al 05/2020;
Córdoba, 14 de febrero del 2020

VISTO: El expediente N 0279-011524/2019 en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto N 150/04
Reglamentario de la Ley N 9086, modificado por Decreto N 1966/09, es facultad de los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma Jurisdicción.
Que mensualmente cada uno de los Poderes y Jurisdicciones deberá formalizar dichas modificaciones mediante el dictado de la Resolución pertinente.
Que obran en autos copias de los Documentos de Modificación de Crédito Presupuestario Nro. 29 a 36 de las modificaciones presupuestarias realizadas en el mes de diciembre de 2019.
Que las modificaciones propuestas encuadran en las disposiciones legales vigentes, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 31 y 110
in fine de la Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial N 9086.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Artículo 1º FORMALIZAR las modificaciones en las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, conforme al Documento de Autorización de Modificación del Crédito Presupuestario que incluye la compensación de recursos financieros Nro. 29 a 36 correspondientes al mes de diciembre de 2019, el que como Anexo Único, compuesto de una 1 foja útil, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLICESE, dese intervención al Tribunal de Cuentas, comuníquese a la Legislatura, a la Contaduría General de la Provincia y a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: PABLO DE CHIARA, MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
ANEXO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/06/2020 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date30/06/2020

Page count3

Edition count4133

First edition01/02/2006

Last issue07/05/2024

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