Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2020 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXVI - Nº 143
CORDOBA, R.A. LUNES 22 DE JUNIO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Ley Nº 10417, artículo 1º y siguientes del Anexo II al Decreto Nº 1823/2016, reglamentario de la precitada Ley y conforme las disposiciones de la Ley Nº 10220.
Que asimismo, dicha asesoría jurídica manifiesta también que la Secretaría de Arquitectura deberá informar oportunamente al Registro de Constructores de Obra Pública de la contratación dispuesta por el presente instrumento legal, a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 - segundo párrafo del Anexo I al Decreto 1419/2017.
Que se ha acreditado la titularidad del inmueble, de acuerdo con el informe de dominio incorporado en autos, en cumplimiento del artículo 3º de la Ley Nº 8614.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 60/2020 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- ADJUDÍCASE por Compulsa Abreviada la ejecución de la obra: REPARACIONES GENERALES EN LA SEDE DE LA PROCURACION DEL TESORO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, ubicada en calle Duarte Quirós Nº 457 B Centro Departamento Capital Provincia de Córdoba con la Empresa ICARO S.A. CEDE S.R.L. - CONSORCIO

DE COOPERACION CUIT Nº 30716174413, por la suma de Pesos Once Millones Ciento Sesenta y Cuatro Mil Doscientos y Cinco con Diecisiete Centavos $ 11.164.205,17, con un plazo de ejecución de Noventa 90
días.
Artículo 2.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos Once Millones Ciento Sesenta y Cuatro Mil Doscientos y Cinco con Diecisiete Centavos $ 11.164.205,17, según lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido N 2020/000036, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 506-011, Partida 12.06.00.00, Obras Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscribir el respectivo contrato de obra, previo cumplimiento por parte del adjudicatario de los recaudos legales pertinentes.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

Resolución N 98
Córdoba, 23 de abril de 2020.
Expediente Nº 0045-022310/2019.VISTO: este expediente por el cual la Dirección Provincial de Vialidad propicia por Resolución Nº 00197/2020 la contratación directa con el Consorcio Caminero Regional Nº 15, para la ejecución de la obra: MEJORAMIENTO CAMINOS DE TIERRA REGIÓN 15 DEPARTAMENTO: RIO
CUARTO - AÑO 2020, por la suma de $ 45.702.917,36.
Y CONSIDERANDO:

Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la presente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Especificaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad, Pliego Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, Nómina de ubicaciones de caminos y croquis correspondiente, descripción de los Ítems del Contrato y Presupuesto Oficial; todo debidamente suscripto por funcionarios competentes de la Dirección Provincial de Vialidad y aprobado mediante el artículo 1º de la Resolución Nº 00197/2020 de su Directorio.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que, con la obra de referencia, se pretende restaurar las Redes Viales Primarias, Secundarias y Terciarias sin pavimentar, a los fines de lograr mejor transitabilidad y seguridad, obteniendo mayor economía del transporte para el usuario y para la Provincia, esgrimiéndose además un importante ahorro administrativo, que confiere agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución, cómputo y certificación de los trabajos.

Que asimismo se destaca, que el contrato se regirá por el Sistema Modular de Certificación de obra, lo cual posibilita una gran agilidad operativa BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

para la ejecución de la misma, como también realizar una serie de trabajos menores de pequeña cuantía, imprescindibles en función de un mantenimiento a futuro o tendientes a una consolidación definitiva del tramo.

Que el Jefe de Departamento I Conservación de Caminos de Tierra de la referida Dirección informa la cantidad total de módulos necesarios, el costo de cada uno de ellos, el plazo de obra y que los trabajos se ejecutaran a través de los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes del Consorcio Caminero Regional Nº 15.
Que el Jefe del citado Departamento manifiesta que el Consorcio Caminero Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para ser el adjudicatario de la obra de mantenimiento de las redes sin pavimentar aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las mencionadas redes, como también que este modo de contratación, va a producir un significativo ahorro económico del proceso administrativo, celeridad, eficiencia y eficacia, basado en el concurso activo y concertado de varios consorcios, para realizar una función única de conservar, cuyo efecto es superior a la suma de efectos individuales.
Que se ha incorporado en autos el Acta de Conformidad suscripta por el Presidente del Consorcio Caminero Regional N 15, para la ejecución de la obra de que se trata por la suma de $ 45.702.917,36 comprometiéndose a ceder los pagos correspondientes a los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes de su Regional artículo 15 incisos apartados 4 y 6
del Pliego Particular de Condiciones.

Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N 2020/000081, que certifica la reserva presupuestaria para atender a la erogación que lo gestionado demanda.

Que en relación a la incorporación del Art. 104 Sub Item Nº 104
Aporte Extraordinario Institucional del Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, cabe destacar que dicho aporte se encuentra comprendido
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2020 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date22/06/2020

Page count5

Edition count4129

First edition01/02/2006

Last issue02/05/2024

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