Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/07/2019 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLV - Nº 124
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 3 DE JULIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 666
Córdoba, 27 de junio de 2019
VISTO: El Expediente Nº 0110-131524/2017, del registro del Ministerio de Educación;

Que resulta pertinente en consecuencia reajustar la actual categoría del mismo, atento al desfasaje que se observa al respecto, como consecuencia del crecimiento vegetativo operado en los últimos años.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N 0936/19 del Área Jurídica de este Ministerio, lo aconsejado por la Dirección General de Asuntos Legales a fs. 86 y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N 556/16, EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE

Y CONSIDERANDO:
Que obran en el mismo actuaciones relacionadas con la recategorización del Instituto Provincial de Educación Media N 332 DR. RICARDO
LUTI de Villa Santa Cruz del Lago -Departamento Punilla-, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria.

Que el art. 49 inciso B del Decreto-Ley Nº 214/E/63, establece que las unidades educativas dependientes de dicho organismo serán clasificadas como de Primera, Segunda o Tercera Categoría, de acuerdo al número de alumnos, divisiones o especialidades.
Que por el art. 1º de la Resolución Nº 180/90 de la ex Dirección de Enseñanza Media, Especial y Superior, se fijaron pautas transitorias para la categorización de las instituciones de nivel medio, basadas en el número de alumnos con que cuentan éstas.
Que dichos criterios, vigentes hasta tanto se reglamente la normativa mencionada con anterioridad, consideran de Primera Categoría los centros educativos que tengan cuatrocientos 400 alumnos o más, situación que se ha configurado en el establecimiento cuya categorización se propicia.

Resolución N 692
Córdoba, 1 de julio de 2019
VISTO: El Expediente Nº 0110-132707/2018, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran en el mismo actuaciones relacionadas con la recategorización del Instituto Provincial de Educación Media N 326 MARIANO
MORENO de Freyre -Departamento San Justo-, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria.

Que el art. 49 inciso B del Decreto-Ley Nº 214/E/63, establece que las unidades educativas dependientes de dicho organismo serán clasificadas como de Primera, Segunda o Tercera Categoría, de acuerdo al número de alumnos, divisiones o especialidades.
Que por el art. 1º de la Resolución Nº 180/90 de la ex Dirección de Enseñanza Media, Especial y Superior, se fijaron pautas transitorias para la categorización de las instituciones de nivel medio, basadas en el número de alumnos con que cuentan éstas.
Que dichos criterios, vigentes hasta tanto se reglamente la normativa mencionada con anterioridad, consideran de Primera Categoría los centros educativos que tengan cuatrocientos 400 alumnos o más, situación que se ha configurado en el establecimiento cuya categorización se propicia.
Que resulta pertinente en consecuencia reajustar la actual categoBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Art. 1º.- RECATEGORIZAR en Segunda Categoría al Instituto Provincial de Educación Media N 332 DR. RICARDO LUTI de Villa Santa Cruz del Lago -Departamento Punilla-, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria, a partir de la fecha del presente instrumento legal.
Art. 2º.- DISPONER que la Dirección General de Coordinación y Gestión de Recursos Humanos adopte los recaudos pertinentes a fin de que se lleven a cabo las compensaciones que correspondan en la asignación de Recursos Humanos del Presupuesto General de la Provincia, de modo que los cargos docentes de la planta de personal del establecimiento educativo comprendido por el artículo 1º de esta resolución, se adecuen a la nueva categoría en que ha sido clasificado el mismo.
Art. 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO. : Walter Grahovac, Ministro de Educación
ría del mismo, atento al desfasaje que se observa al respecto, como consecuencia del crecimiento vegetativo operado en los últimos años.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N 0872/19 del Área Jurídica de este Ministerio, lo aconsejado por la Dirección General de Asuntos Legales a fs. 45 y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N 556/16, EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE

Art. 1º.- RECATEGORIZAR en Primera Categoría al Instituto Provincial de Educación Media N 326 MARIANO MORENO de Freyre -Departamento San Justo-, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria, a partir de la fecha del presente instrumento legal.
Art. 2º.- DISPONER que la Dirección de Recursos Humanos adopte los recaudos pertinentes a fin de que se lleven a cabo las compensaciones que correspondan en la asignación de Recursos Humanos del Presupuesto General de la Provincia, de modo que los cargos docentes de la planta de personal del establecimiento educativo comprendido por el artículo 1º de esta resolución, se adecuen a la nueva categoría en que ha sido clasificado el mismo.
Art. 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO. : Walter Grahovac, Ministro de Educación
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/07/2019 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date03/07/2019

Page count8

Edition count4131

First edition01/02/2006

Last issue04/05/2024

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