Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/07/2019 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
MIÉRCOLES 24 DE JULIO DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLV - Nº 138
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER JUDICIAL

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a SECCION

ACUERDO NÚMERO QUINIENTOS TREINTA - SERIE A En la ciudad .
de Córdoba, a cuatro días del mes de julio del año dos mil diecinueve, con la Presidencia de su Titular Dra. María Marta CÁCERES de BOLLATI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO y Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
VISTO: La petición formulada por el Subdirector del Área de Administración del Poder Judicial, solicitando se declare inhábil a los fines procesales los días 25 y 26 de julio del corriente año en las Asesorías Letradas del Centro Judicial de Río Cuarto de la Segunda Circunscripción, debido al traslado del mobiliario, expedientes e instrumentos de trabajo de dichas oficinas.
Y CONSIDERANDO: Que dicho proceso implica para el normal desarrollo de la actividad judicial, una imposibilidad material y funcional durante el lapso de tiempo que dure esa tarea, sin perjuicio de las medidas que de carácter urgente deban ser tomadas por los titulares de dichas Asesorías.
Por todo ello y lo dispuesto por el art. 166 inc. 2 de la Constitución de la Provincia de Córdoba y art. 12 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N
8435;
RESUELVE:

I DECLARAR INHÁBIL a los fines procesales, los días 25 y 26 de julio del corriente año, para las Asesorías Letradas con Funciones Múltiples de 1, 2 y 3 Turno y la Asesoría de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar, de Genero y Penal Juvenil de 1 Turno, todas del Centro Judicial de Río Cuarto de la Segunda Circunscripción.
II Disponer que los Funcionarios y Empleados asistan a prestar ser-

Resolución N 147
Córdoba, 22 de julio de 2019
VISTO: El Acuerdo Reglamentario Nº 169 Serie C del 27/11/18, relacio, nado con la reglamentación que rige la asistencia económica a los Jurados Populares sorteados para integrar las Cámaras en lo Criminal y Correccional.
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado instrumento legal se autoriza al Administrador General a adecuar los importes previstos en el punto 5. cuando las variaciones de precios operadas así lo justifiquen.
Que en concordancia con los incrementos verificados en el valor del combustible y los costos de transporte desde la fecha de la última actualización de los valores mencionados, esta Administración General considera conveniente actualizar los gastos de movilidad y/o transporte de los juraBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER JUDICIAL
Acuerdo Nº 530 - Serie A Pág. 1
Resolución N 147 Pág. 1
PODER EJECUTIVO
Decreto N 843 Pág. 2
Decreto N 834 Pág. 4
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
ERSEP
Resolución General N 46 Pág. 4
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
Resolución General N 28 Pág. 5
continua en pagina 2

vicios en horario habitual, sin perjuicio de las medidas que de carácter urgente deban ser tomadas por el titular de dichas Asesorías.
III Notifíquese a las Asesorías mencionadas, a la Delegación de Administración General y al Colegio de Abogados de la ciudad de Río Cuarto.
Publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidenta y los Señores Vocales con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.FDO: MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, PRESIDENTE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA / Dra. AIDA L. TARDITTI, VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA / Dr. LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA / Dr. SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA / Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG, ADMINISTRADOR
GENERAL

dos populares.
Por ello, y lo dispuesto en los artículos 2, 3, 6 y 15 del Acuerdo Reglamentario Nº 916/2007 - Serie A sus modificatorios y ampliatorios.
EL DIRECTOR GENERAL DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN A CARGO
DE LA ADMINISTRACION GENERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA
RESUELVE:
I.- ESTABLECER, a partir del 01/08/2019, los montos por compensación de gastos de movilidad y/o transporte de los jurados populares, en las sumas que a continuación se detallan:
La suma de Pesos Ciento Veinte $120,00 por la compensación diaria para aquellas personas cuyo domicilio esté dentro del ejido municipal o comunal de la sede del Tribunal que deban integrar.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/07/2019 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date24/07/2019

Page count11

Edition count4129

First edition01/02/2006

Last issue02/05/2024

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