Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/07/2019 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
MIÉRCOLES 31 DE JULIO DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLV - Nº 143
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER JUDICIAL

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a SECCION

ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL QUINIENTOS SETENTA Y
CUATRO - SERIE A - En la ciudad de Córdoba, a tres días del mes de .
julio del año dos mil diecinueve, con la Presidencia de su Titular Dra. María Marta CÁCERES de BOLLATI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, Domingo Juan SESIN, y Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, con la asistencia del Señor Director General del Área de Administración a cargo de la Administración General, Lic. César Augusto BARTOLOMEI y ACORDARON:
Y VISTO: Que la privación de libertad en un Establecimiento Penitenciario es un régimen que no solo restringe la libertad física de quienes se encuentran sometidos a dicho sistema, sino que además puede menoscabar el desarrollo personal en otros aspectos, como los vínculos familiares, educación, trabajo, salud, entre otros, de las personas condenadas, o sometidas a medidas de seguridad, que se hallan bajo tratamiento penitenciario o terapéutico, en situación de vulnerabilidad, por su especial condición de encierro.
Y CONSIDERANDO:
I.- Que este Tribunal Superior de Justicia entiende que las Defensorías Públicas Oficiales son un actor institucional clave en la defensa, protección y promoción de los derechos de las personas privadas de libertad. Y su actuación debe contribuir a facilitar y mejorar el acceso a la justicia.
II.- Que la Defensoría Pública Oficial de Penados incluye dentro de su misión estratégica institucional la promoción y defensa de los derechos de las personas privadas de libertad.
III.- Que si bien el Poder Judicial de Córdoba asegura el principio de judicialización de la ejecución de la pena privativa de libertad a través del Fuero de Ejecución Penal que tiene a su cargo la tutela de las personas condenadas que se alojan en los establecimientos penitenciarios de la provincia, la presencia de la defensa pública se entiende como una actividad esencial para los numerosos aspectos de la vida del condenado que se desarrollan intramuros, y conciernen a la administración penitenciaria.
IV.- Que es por ello que la creación de la Unidad de la Defensa en los establecimientos carcelarios se concibe como un mecanismo para reforzar el sistema de protección de las personas privadas de la libertad, mediante la detección de la problemática y la intervención temprana y oportuna, -favorecidos por la mayor cercanía-, facilitando así el efectivo acceso a los derechos.V.- Que en el año Dos Mil Diecisiete se creó por Acuerdo Reglamentario Nro. 1458 la Unidad de la Defensa en el Establecimiento Carcelario de Córdoba Capital, como modelo experimental, cuyas reglas de funcionamiento y resultado fueron objeto de evaluación por el Centro de Estudios y Proyectos Judiciales en el corriente año, las conclusiones se encuentran publicadas en https www.justiciacordoba.gob.ar/cepj/_Novedades/Novedades.aspx?IDP=2 .
La Unidad, se encuentra en plena actividad y es un modelo a replicar en BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER JUDICIAL
Acuerdo Reglamentario Nº 1564 - Serie A Pág. 1
PODER EJECUTIVO
Decreto N 886 Pág. 2
Decreto N 763 Pág. 3
Decreto N 849 Pág. 3
Decreto N 850 Pág. 4
Decreto N 851 Pág. 4
Decreto N 852 Pág. 5
Decreto N 858 Pág. 5
Decreto N 884 Pág. 6

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pos de la protección de los Derechos Humanos de las personas que se encuentran sujetas al Régimen Penitenciario Provincial, en otras jurisdicciones de la provincia.VI.- Que por ello, el Tribunal Superior de Justicia ha resuelto crear en el ámbito de la Defensa Pública de la Sede Judicial de Cruz del Eje en la especialidad en Penados la Unidad de la Defensa en el Establecimiento Carcelario sito en dicha ciudad, bajo la dirección del Asesor Letrado de la sede judicial Doctor Juan Martin ILLIA, y la coordinación de la Magister Cecilia GÓMEZ del Centro de Estudios y Proyectos Judiciales.
VII.- Los integrantes ejercitarán, desarrollarán e impulsarán, como mínimo, las siguientes funciones básicas para la defensa de los derechos de las personas privadas de libertad conforme a los estándares internacionalmente establecidos: 1 Información y asesoramiento jurídico. 2 Representación y defensa ante autoridades administrativas. 3 Representación y defensa ante autoridades judiciales 4 Difusión y divulgación de derechos.
Y en el cumplimiento de su misión, la Unidad a crear con asiento en el Establecimiento Carcelario habrán de: a Establecer la atención regular y periódica dentro de los centros de privación de libertad, de modo tal que se garantice el contacto directo de las personas privadas de libertad con su defensor/a para procurar su atención efectiva. b Organizar de manera sistemática los procesos y procedimientos utilizados en la gestión del control de la defensa especializada sobre las condiciones de privación de libertad.
c Sistematizar la experiencia para hacer lecturas cualitativas, globales y críticas de la situación de privación de libertad, e informar a los órganos de gobierno del Poder Judicial, de modo que puedan proponer políticas de prevención para evitar la violación de los derechos humanos de las personas privadas de libertad.
VIII.- Que la asunción y ejercicio de tales funciones exige adecuar la capacidad operativa de la Defensoría Pública Oficial de Penados con asiento en la sede judicial de Cruz del Eje, para ello se ha dispuesto de los recursos, mobiliarios, informáticos y tecnológicos necesarios y previstos oportunamente. Con relación a la selección de los recursos humanos que prestarán funciones en la Unidad de Defensa Pública Oficial de los Establecimientos Carcelarios, se utilizará idéntica metodología y procedimiento que con la elección efectuada para la Unidad de la Defensa de Córdoba Capital, es decir se empleará la Descripción de Puestos y Perfiles existentes, bajo
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/07/2019 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date31/07/2019

Page count9

Edition count4128

First edition01/02/2006

Last issue30/04/2024

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