Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/07/2019 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLV - Nº 122
CORDOBA, R.A. LUNES 1 DE JULIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

emitido Certificado Extraordinario de pago a Cuenta.

cas en la ejecución del contrato de obra pública.

Que la Sección Estudio de Costos de la citada Secretaría agrega Informe de Adecuación Provisoria del cual surge que se procedió a confeccionar los cálculos en un todo de acuerdo al Decreto Nº 800/2016 y señala que el presupuesto de obra está conformado por la redeterminación que detalla en la Planilla de Cálculo, siendo la fecha de adecuación provisoria el mes de febrero de 2019, la variación de referencia del 6,22% y el saldo a integrar por Adecuación Provisoria al 95% de la variación incluida en el factor de redeterminación es de $ 282.682,43, ascendiendo el nuevo costo del presupuesto total de la obra a la suma de $ 5.016.682,43.

Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, las previsiones del artículo 8º del Decreto Nº 30/2018, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N 166/2019 y en uso de sus atribuciones,
Que concluye en definitiva, que los cálculos practicados se hallan en consonancia con lo dispuesto por el Decreto Nº 800/2016, la Resolución Ministerial Nº 223/2016, contemplando la exención del Impuesto a los Ingresos Brutos del inciso 32, artículo 215 del Código Tributario Provincial.
Que se ha incorporado en autos Acta de Aceptación de Adecuación Provisoria N1, suscripta entre el Director General de Obras de la Secretaría de Arquitectura y el Apoderado de la Empresa ÍCARO S.A. CEDE S.R.L.
CONSORCIO DE COOPERACIÓN, por la que se acuerda la primera Adecuación Provisoria de Precios por las variaciones de costos verificadas en el mes de febrero de 2019, habiendo renunciado la contratista a todo reclamo, conforme lo estipulado por el artículo 14 del Decreto Nº 800/2016.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N 2019/000171
que certifica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N 166/2019 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformidad a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N 800/2016, modificado por Decreto 30/2018 y disposiciones de la Resolución Nº 223/216
del entonces Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, atento a que se ha verificado una variación en los precios ponderados de los factores de costos del contrato superior al cinco por ciento 5% respecto a los valores contractuales vigentes.
Que en consecuencia, dicha asesoría considera que al darse el supuesto previsto en el artículo 18 del Decreto 800/2016, modificado por Decreto 30/2018 y contempladas las demás previsiones de dicha normativa para los cálculos efectuados, verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente la aplicación del precitado decreto, lo cual queda evidenciado en lo actuado y aprobado, puede procederse como se gestiona, debiendo la Secretaría de Arquitectura solicitar oportunamente la integración de la garantía de contrato y formalizar addenda, habida cuenta que existe una modificación del precio contractual que produce consecuencias jurídi-

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERÍA
Resolución N 43
Córdoba, 21 de junio de 2019
VISTO: El Expediente N 0311-010045/2019, en el que se propicia delegar BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios N 1 por las variaciones de costos verificadas en el mes de febrero de 2019, en la obra: REPARACIONES VARIAS, EJECUCIÓN
DE MURO MEDIANERO Y AMPLIACIÓN DE SISTEMA DE RIEGO EN
LA CASA DE GOBERNADORES PARQUE LAS TEJAS, ubicada en Bv. Chacabuco esquina Bolivia Barrio Nueva Córdoba LOCALIDAD
DE CÓRDOBA DEPARTAMENTO CAPITAL por la suma total de Pesos , Doscientos Ochenta y Dos Mil Seiscientos Ochenta y Dos con Cuarenta y Tres Centavos $ 282.682,43, suscripta con fecha 24 de abril de 2019, entre la Secretaría de Arquitectura representada en ese acto por el señor Director General de Obras de la misma, Ingeniero José Antonio MAIOCCO
por una parte y la Empresa ÍCARO S.A. CEDE S.R.L. CONSORCIO
DE COOPERACIÓN, representada por su Apoderado, Ingeniero Agustín Andrés DE LA COLINA, contratista de la obra por la otra, que como Anexo I, compuesto de dos 2 fojas, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos Doscientos Ochenta y Dos Mil Seiscientos Ochenta y Dos con Cuarenta y Tres Centavos $ 282.682,43, conforme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio, en su Documento de Contabilidad - Nota de Pedido N 2019/000171, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 506-011, Partida 12.06.00.00, Obras Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 3.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por adecuación provisoria de precios, debiendo la Empresa ÍCARO S.A. CEDE S.R.L. CONSORCIO DE COOPERACIÓN, de corresponder, integrar el importe adicional de garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
ANEXO

cuentas bajo la titularidad de este Ministerio de Industria, Comercio y Minería a la Agencia Córdoba Turismo S.E.M. y Agencia Procórdoba S.E.M.
Y CONSIDERANDO: Que por Decreto N 484 de fecha 12 de Abril de 2017, se autoriza a los Ministros y Secretarios de Estado a delegar en las autoridades de las Agencias y Sociedades que se encuentran bajo sus respectivas órbitas, la facultad de administrar y disponer de cuentas bancarias abiertas en nombre de la Provincia, para el cumplimiento de los fines de di-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/07/2019 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date01/07/2019

Page count11

Edition count4132

First edition01/02/2006

Last issue06/05/2024

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