Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/04/2019 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLII - Nº 70
CORDOBA, R.A. JUEVES 11 DE ABRIL DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

900 B Villa El Libertador - Localidad CÓRDOBA DEPARTAMENTO
CAPITAL que corre de fojas diez 10 a fojas treinta y siete 37, de fojas , treinta y nueve 39 a fojas sesenta y tres 63 del presente Expediente. ARTICULO 2º.- ADJUDICAR la ejecución de los trabajos enunciados en el Artículo anterior a la firma CRIVIFA S.A., conforme la Propuesta aceptada a fojas setenta y siete 77, Presupuesto General a fojas setenta y ocho 78 y Presupuesto de Demolición a fojas setenta y nueve 79, por la suma de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS $ 980.297,84.-, cantidad que se autoriza invertir, debiendo suscribirse el Contrato correspondiente, para lo cual el adjudicatario cumplimentará los requisitos que a tal fin se establecen en la documentación contractual, autorizándose la devolución de las garantías constituidas en concepto de mantenimiento de
TRIBUNAL ELECTORAL AD HOC
Resolución Nº 34
Córdoba, ocho de Abril de dos mil diecinueve.
Y VISTOS: Los autos caratulados: CÓRDOBA ELECCIONES PROVINCIALES 12 DE MAYO DE 2019 Convocatoria Elecciones Provinciales Expte. N 7829034, venidos a despacho a los fines de resolver sobre el diseño de la Boleta Única de Sufragio, en lo que respecta a la opción electoral VOTO LISTA COMPLETA art. 53 de la ley 9571.
Y CONSIDERANDO:
I.- Que ante la posibilidad de presentación de listas de partidos, alianzas o confederaciones políticas que no cubran todas las categorías del tramo a candidatos provinciales ó el tramo municipal ó comunal, es decir de fila incompleta, la opción VOTO LISTA COMPLETA se torna inaplicable.
II.- Que habiendo adherido al llamado a elecciones provinciales del próximo doce de mayo varios Municipios y Comunas de la Provincia para ir en forma simultánea Ley Nacional N 15.262 Reglamentada por Decreto 17.265 y art. 53 párrafo 8vo. Ley 9571, lo que implica incorporar nuevos tramos en la boleta única con las leyendas NIVEL PROVINCIAL, NIVEL
MUNICIPAL O NIVEL COMUNAL, deberá entenderse que la opción VOTO
LISTA COMPLETA corresponde en los siguientes casos:
II.1. Cuando se presente un mismo Partido, Alianza o Confederación de Partidos en ambos tramos Provincial y Municipal/Comunal en todas las categorías. En el caso de las Alianzas deberán estar conformadas por las
oferta a la totalidad de los oferentes. ARTICULO 3º.- IMPUTAR el egreso que demande la presente adjudicación conforme lo indica la Dirección General de Administración del Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento, en Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2018/000492 fs. 145 con cargo a la Jurisdicción 1.50 - Programa 506-013 Partida 12.06.00.00 Obras Ejecución por Terceros del P.V. ARTICULO 4º.- PROTOCOLICESE, intervenga la Dirección General de Administración del Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento, tome razón el H. Tribunal de Cuentas, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y PASE a División Licitaciones y Contratos a sus efectos.FDO:DANIEL REY, SECRETARIO DE ARQUITECTURA

mismas agrupaciones en el tramo Provincial y Municipal o Comunal para mantener la misma fila. II.2. Cuando se presenten en el tramo Provincial con postulantes en todas las categorías del mismo nivel. II.3. Cuando se presenten en el tramo Municipal/Comunal con candidatos en todas las categorías del mismo nivel. En este caso, la fotografía del candidato a Intendente o Presidente Comunal podrá incorporarse en el primer tramo al lado del casillero VOTO LISTA COMPLETA manteniendo , así el espíritu de la boleta única y las facultades otorgadas por el art. 54 in fine de la ley 9571.
Por todo ello, normativa legal citada, y en uso de las facultades de los arts. 3 y 10 inc. a, de la Ley Provincial 9840, el Tribunal Electoral Provincial, RESUELVE:
I.- Declarar inaplicable la opción VOTO LISTA COMPLETA en los casos de tramo incompleto de conformidad a lo dispuesto en el considerando I.

II.- Establecer que la opción VOTO LISTA COMPLETA podrá utilizarse cuando un mismo Partido, Alianza o Confederación de Partidos presente todas las categorías en ambos tramos Provincial y Municipal/Comunal; o en el tramo Provincial con candidatos en todas las categorías, o bien en el tramo Municipal/Comunal con postulantes en todas las categorías; dejando a salvo que las Alianzas deberán integrarse con las mismas agrupaciones en todos los tramos para mantener la misma fila.
III.- Disponer que la fotografía del candidato a Intendente o Presidente Comunal podrá incorporarse en el primer tramo al lado del casillero voto lista completa .
III.- PROTOCOLÍCESE Y HÁGASE SABER.1 día - Nº 203526 - s/c - 11/04/2019 - BOE

Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.

Responsable: Liliana Lopez http boletinoficial.cba.gov.ar
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/04/2019 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date11/04/2019

Page count9

Edition count4130

First edition01/02/2006

Last issue03/05/2024

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