Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/04/2019 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
MIÉRCOLES 24 DE ABRIL DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLII - Nº 77
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO
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a SECCION
Decreto N 360
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 360 Pág. 1
SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DE EMPLEO
Resolución N 170 Pág. 2
Córdoba, 01 de abril de 2019
VISTO: el Decreto No. 164/16, Y CONSIDERANDO:
Que por la citada previsión legal se instruyó al representante de la Provincia ante la Asamblea de Accionistas de ASESORES DE CORDOBA
S.A., a proponer y votar la disolución y liquidación de dicha sociedad en los términos de su Estatuto Social.
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 112 Pág. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución General N 2168 Pág. 3
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N 94 Pág. 4
Que el dictado de una nueva normativa sobre el Régimen de Riesgos de Trabajo, a saber, Ley Nro.27.348 modificatoria y complementaria de las Leyes Nro. 24.557 y 26.773, como así también la adhesión de la Provincia de Córdoba por similar Nro. 10.456 y la elección de la opción de auto asegurarse, evidencian la necesidad de dar continuidad a las actividades desarrolladas por la referida sociedad en beneficio de la Administración Provincial.
los socios y remoción del mismo art. 99, 100, 105y 102 y correlativos, es necesario instruir al representante de la Provincia ante las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la mencionada sociedad y votar dejar sin efecto la disolución y liquidación que fueran propiciadas, como así también y en consecuencia, la designación de la persona que ejercía la función de liquidador.
Que se encuentra en trámite de aprobación la condición de la Provincia como Empleador Auto asegurado, ante la Superintendencia de Riesgos de Trabajo de la Nación y Superintendencia de Seguros de la Nación.
Por ello, normativa referenciada, art. 29 del Decreto Nro. 1791/2015 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
Que ASESORES DE CORDOBA S.A. se encuentra en condiciones de brindar continuidad a las tareas de organización, coordinación, otorgamiento y administración de los servicios y prestaciones contemplados en la legislación antes citada.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Que asimismo ASESORES DE CORDOBA S.A. en su carácter de Asesor Productor de Seguros autorizado por la Superintendencia de Seguros de la Nación, desarrolla su actividad en dependencias del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, como en los entes descentralizados de la administración Provincial, asesorando y realizando pólizas para cubrir el patrimonio y los recursos humanos que allí se desempeñan.
Que la situación financiera de la sociedad se encuentra equilibrada, por lo que resulta procedente asegurar el funcionamiento regular y normal de la sociedad.
Que conforme las previsiones del Código Civil y Comercial de la Nación -Anexo I Ley Nro. 26.994, art. 163 y correlativos-, y disposiciones específicas de la Ley de Sociedades Comerciales Nro. 19.550, referidas a la eficacia de la disolución en relación a los terceros, la remoción de las causales de disolución, sujeción del liquidador a las instrucciones de BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Artículo 1.- INSTRÚYASE al representante de la Provincia ante la Asamblea de Accionistas de ASESORES DE CORDOBA S.A., a proponer y votar dejar sin efecto la disolución y liquidación de dicha sociedad en los términos del Estatuto Social, como así también, en consecuencia, la designación como Liquidador de la señora Analía ZOLEZZI M.I. Nro.
23.352.575.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministro de Obras Públicas y Financiamiento y Fiscal de Estado.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese al representante de la Provincia de Córdoba por ante las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de ASESORES DE CORDOBA S.A. a sus efectos, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO / JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL
DE ESTADO
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