Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/04/2019 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLII - Nº 70
CORDOBA, R.A. JUEVES 11 DE ABRIL DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO

SECRETARIA DE ARQUITECTURA
Resolución N 398

Córdoba, 04 de octubre de 2018
VISTO este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con la Compulsa Abreviada N 28/2018, efectuada el día 17/08/2018, para Contratar la Ejecución de la Obra: REPARACIONES GENERALES Y REFUNCIONALIZCIÓN DE LA PLAZOLETA JUAN J. VALLE ubicada en Av. De , Mayo N 900 B Villa El Libertador - Localidad CÓRDOBA DEPARTAMENTO CAPITAL con un Presupuesto Oficial de $ 823.595,74.-;
, Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 67/69 corren agregadas constancias de las invitaciones cursadas a tres 3 firmas del medio, habiéndose receptado las propuestas que da cuenta el Acta de fs. 136, a saber: CRIVIFA S.A., L-HUESPE S.R.L.
y INGENIAR S.A.;

QUE a fs. 139/140 vta., obra informe elaborado por la Comisión de Estudio de Ofertas, designada mediante providencia del Señor Director General de Obras a fs. 138 en base a la Resolución N 227/2018 fs.137/137
vta., manifestando que la totalidad de los oferentes acreditan haber acompañado la documentación relacionada con los requisitos esenciales previstos en Apartados 2, 8 y 9 del Art. 10 del PPC., por lo que fueron correctamente admitidos al presente procedimiento de selección, al igual que los restantes requerimientos estipulados en el citado Artículo, acreditando de tal suerte su capacidad jurídica para obligarse contractualmente con la Administración;

QUE respecto a la oferta formulada por el Proponente N 3 INGENIAR
S.A., se detecta que no surge que se acompañe conjuntamente con su oferta, la documentación legal que acredite la representación invocada por el firmante de la propuesta, conforme lo exige el Apartado 11 del Art. 10
del PPC., sin embargo dentro del término estipulado en el 2 párrafo del Art. 12 del PPC., la mentada oferente adjunto la documentación legal que acredita dicho carácter, acreditando así tal capacidad jurídica;
QUE conforme a lo expuesto, se procedió a comparar las tres 3 propuestas presentadas y admitidas con el Presupuesto Oficial oportunamente elaborado:
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 823.295,74.- Marzo Año 2018.-

QUE del análisis efectuado, se constata que el precio cotizado por la Proponente N 1 CRIVIFA S.A., resulta ser el más conveniente en los términos del Art. 29 de la Ley de Obras Públicas N 8614, representando un porcentaje del 19.06 % por encima del Presupuesto Oficial;
QUE del análisis técnico, las propuestas de los oferentes en los términos del Art. 14 del PPC., se advierte que los antecedentes de obras denunciados y validados por ante el Registro de Constructores de Obras Públicas, se acredita la capacidad técnica de los mismo, como así de la constancia de habilitación y determinación de la capacidad económico-fiBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

nanciero expedida por el referido Registro, las firmas citadas, acreditan contar con dicha Capacidad, para la ejecución de la obra objeto de la presente contratación;
QUE con relación al proponente N 2 L-HUESPE S.R.L., se detecta, si bien cuenta con capacidad económica-financiera, no acredita contar con al menos tres de los cuatro indicadores estipulados en el Anexo único al Decreto N 1419/17, en función de lo cual en caso de resultar ser seleccionado, deberá ser emplazado, a efectos que acompañe previo a la adjudicación de los trabajos, Póliza de Seguro de Caución por un monto equivalente al 2% del Presupuesto Oficial;
QUE de conformidad con los referidos análisis, efectuado a tenor de lo dispuesto en el Art. 13 del PPC., como así también de la documentación obrante en autos, es criterio de dicha Comisión que la propuesta formulada por la firma CRIVIFA S.A., resulta ser la más ventajosa, por lo tanto recomienda, ELEVAR las presentes actuaciones a conocimiento del Sr. Secretario, a efectos de que de considerarlo oportuno y conveniente, resuelva ADJUDICAR en los términos del Art. 4 Quáter de la Ley N 8614
al Proponente N 1 CRIVIFA S.A., la ejecución de la obra en cuestión, por resultar su oferta conveniente;
QUE a fs. 143/144 se expide División Jurídica, mediante Dictamen Nº 358/2018, expresando que a fs.2/9 se incorpora la documental que da origen a la presente obra: 1 copia fiel del Convenio N 91 con fecha 23
de Noviembre del 2016, el cual versa sobre el Primer Acuerdo Complementario para el avance y fortalecimiento del Plan Integral de Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito rubricado entre el Ministro de Gobierno de la Provincia de Córdoba, el Intendente de la Municipalidad de Córdoba y el Gobernador de la Provincia de Córdoba especificando en cláusula , segunda, ap. a 3er párrafo textual: En el mismo sentido las PARTES
, han acordado que la PROVINCIA tome intervención en la puesta en valor de Plazas y Parques que se encuentran ubicadas dentro de los Cuadrantes, cuyo mobiliario se compone de bancos, hamacas, toboganes y subibajas. A tal fin la MUNICIPALIDAD presta su expresa autorización a la PROVINCIA para la refacción de los mismos, instalación de equipamientos y cámara de seguridad cuyo costo es a cargo de la PROVINCIA. La iluminación de estos espacios será bajo la modalidad expresada en el párrafo primero del presente inciso 2 Decreto Provincial N 677/2016 Creación , de la Comisión Interministerial de Seguridad Ciudadana, 3 Acta labrada por la Comisión Interministerial de Seguridad Ciudadana que contiene las obras a desarrollar en el Marco del Plan Integral de Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito, entre las cuales se encuentra la tramitada por el presente Expediente;
QUE concluye, atento las constancias de autos, lo dispuesto por los arts. 2; 3; 4; 8 y 29 de la Ley de Obras Públicas N 8614 modificada por Ley 10.417 y Decretos Reglamentarios, Decreto Provincial 677/2016 y las facultades conferidas por el Decreto N 2000/15, puede el Sr. Secretario de Arquitectura dictar Resolución, aprobando lo actuado con relación al presente procedimiento y correspondiendo la ADJUDICACIÓN, conforme lo estipulado en el Art. 4 Quáter de la Ley N 8614, a la Empresa CRIVIFA
S.A. por la suma de $ 980.297,84.-, por resultar su oferta la más ventajosa;
ATENTO ELLO, EL SEÑOR SECRETARIO DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- APROBAR lo actuado con relación a la Compulsa Abreviada N 28/18 efectuada el 17 de Agosto del 2018 para Contratar la Ejecución de la Obra: REPARACIONES GENERALES Y REFUNCIONALIZCIÓN DE LA PLAZOLETA JUAN J. VALLE ubicada en Av. De Mayo N
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/04/2019 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date11/04/2019

Page count9

Edition count4143

First edition01/02/2006

Last issue18/05/2024

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