Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/04/2019 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
LUNES 15 DE ABRIL DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLII - Nº 72
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
1

a SECCION

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Nº 261 - Serie A. Pág. 1

ACUERDO NÚMERO DOSCIENTOS SESENTA Y UNO. - SERIE A En la .
Ciudad de Córdoba, a diez días del mes de abril del año dos mil diecinueve, con la Presidencia de su Titular Dra. María Marta CACERES de BOLLATI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía TARDITTI, Luis Enrique RUBIO y Sebastián Cruz LOPEZ PEÑA y la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
Y VISTO: La petición formulada por la Delegación de Administración de la Sede Judicial de la ciudad de Corral de Bustos Ifflinger, solicitando se declare inhábil a los fines procesales el día 12 de abril del corriente año, debido al traslado de la Asesoría Letrada de esa Sede, del mobiliario, expedientes e instrumentos de trabajo al nuevo edificio ubicado en calle Entre Ríos N 601 de esa ciudad.
Y CONSIDERANDO: Que dicho proceso implica para el normal desarrollo de la actividad judicial, una imposibilidad material y funcional durante el lapso de tiempo que dure esa tarea, sin perjuicio de las medidas que de carácter urgente deban ser tomadas por el titular de dicha Asesoría Letrada.
Por todo ello y lo dispuesto por el art. 166 inc. 2 de la Constitución de la Provincia de Córdoba y art. 12 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N
8435;
SE RESUELVE:
I. Declarar inhábil a los fines procesales, la actividad en la Asesoría Letrada con Funciones Múltiples de la Sede Judicial de la ciudad de Corral de Bustos Ifflinger, del día doce de abril del corriente año.
II. Disponer que el Funcionario a cargo y Empleados asistan a prestar servicios en horario habitual, sin perjuicio de las medidas que de carácter urgente deban ser tomadas por el titular de dicha Asesoría.

TRIBUNAL ELECTORAL AD HOC
Resolucion Nº 36 Pág. 1

TRIBUNAL ELECTORAL AD HOC
Resolucion Nº 36
Córdoba, diez de abril de dos mil diecinueve.
Y VISTOS: Estos autos caratulados CONVOCATORIA A ELECCIONES
PROVINCIALES -12 DE MAYO DE 2019. CUERPO DE FINANCIAMIENTO
CAMPAÑAS ELECTORALES EXPTE. N 7913984.
Y CONSIDERANDO:
I. A fs. 9, comparece la agrupación política Encuentro Vecinal Córdoba y expresa que en el marco de las elecciones simultáneas provinciales y BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

PODER EJECUTIVO
Decreto N 393 Pág. 2
Decreto N 367 Pág. 3
Decreto N 368 Pág. 4
Decreto N 192 Pág. 5
Decreto N 191 Pág. 6
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 69 Pág. 6
Resolución N 68 Pág. 7

continua en pagina 2

III. Notifíquese a la Asesoría Letrada con Funciones Múltiples, a la Delegación de Administración General y al Colegio de Abogados de la ciudad de Corral de Bustos Ifflinger. Publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidenta y los Señores Vocales con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.FDO: Dra. MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, PRESIDENTE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA / Dra. AIDA L. TARDITTI, VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA / Dr. LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA / Dr. SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCAL DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA / Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG, ADMINISTRADOR
GENERAL

municipales previstas para el día 12 de mayo del corriente año, las campañas electorales buscan captar el sufragio de los cordobeses y serán también simultáneas para todos los cargos sin distinción de niveles, por lo que solicita que se habilite la posibilidad de utilizar los espacios publicitarios del Fondo Permanente para el Financiamiento de Campañas Electorales, para la publicidad y propaganda conjunta entre candidaturas provinciales y municipales.
Añade que ello garantizará el derecho de todos los partidos políticos de participar en pie de igualdad y facilitará la rendición de cuentas.
De manera subsidiaria solicita que se habilite a que los candidatos de un mismo partido político puedan aparecer en las publicidades sin mención de las candidaturas municipales a las que aspiran.
A fs. 11 se dio trámite a la presentación y ordenó vista.
A fs. 16 compareció la alianza Hacemos por Córdoba y expresó que la ley resulta por demás clara por cuya razón, que se someten a su texto y en
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/04/2019 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date15/04/2019

Page count14

Edition count4119

First edition01/02/2006

Last issue19/04/2024

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