Boletin Judicial de Costa Rica del 24/4/2023

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 40 BOLETÍN JUDICIAL Nº 70

Lunes 24 de abril del 2023

Fiscalía del Colegio de Abogados y el Ministerio Público a efecto de que se investigue y determine si existe la comisión de algún delito de los que se encuentran tipificados en los artículos 176 y siguientes del Código Penal por parte de las personas que participaron de dicho acto matrimonial. Una vez firme la presente sentencia procédase a girar los honorarios correspondientes al curador procesal Lic. David Dumani Echandi que fue nombrado en autos. Ambas costas de esta acción corren por cuenta de las personas codemandadas.
Publíquese edicto de ley, y notifíquese al Patronato Nacional de la Infancia en su domicilio social. Por favor, hágase saber.
NOTA: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional.- Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.-De conformidad con la circular N 56-12
emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.Juzgado Segundo de Familia de San José.
Silan Navarro Jiménez, Juez.1 vez.O.C. N 36412-2021C.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2023749353 .
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 19-001118-1146-FA, Cory Francisco Borge Ordeñana cédula de identidad 6-0375-0638, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor Dionisha Mendoza Guerrero. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.
Nota: De conformidad con la circular N 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.Juzgado de Familia de Puntarenas, 18 de abril de 2023.Diego Acevedo Gómez, Juez.1 vez.O. C. N 36412-2021C.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2023749945 .
Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Jacqueline de Los Ángeles Ledezma Chaves y Luis Alexander Hernández Madrigal,, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda Proceso Especial de Declaratoria Judicial de Abandono expediente 22-001004-0338-FA establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Jacqueline de Los Ángeles Ledezma Chaves y Luis Alexander Hernández Madrigal, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las catorce horas trece minutos del diecinueve de enero de dos mil veintitrés. Resultando 1, 2, 3 considerando I,III. Por tanto: Razones dadas, Código de Familia, se declara con lugar este Proceso de Declaratoria de Abandono con fines de adopción, al efecto se declara a Priscilla Hernandez Ledezma en estado de abandono con fines de adopción. Se declara la terminación en el ejercicio de la patria potestad que con respecto a esta menor de edad ostentan Jacquelina Ledezma Chaves y Luis Alexander Hernández Madrigal. Se confiere el depósito de esta menor de edad al Patronato Nacional de la Infancia. Debe el representante de dicha entidad comparecer a este Juzgado dentro de los ocho días siguientes a la firmeza de este fallo a aceptar el cargo que aquí se le confiere. Firme este fallo inscríbase en el Registro Civil, nacimientos de Cartago tomo seiscientos sesenta y cinco, folio ciento treinta y cuatro, asiento doscientos sesenta y siete. Sin especial condenatoria en costas Licda. Patricia Cordero García. Jueza. TMONTENEGRO. Nota: Publíquese por única vez. De conformidad con la circular N 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.Juzgado de Familia de Cartago.Licda.
Patricia Cordero García, Jueza.1 vez.O. C. N 364-122021C.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2023751155 .

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a José Santiago Avellan Chaves, se le hace saber que en demanda proceso especial de declaratoria judicial de abandono expediente 22-000484-0338-FA
establecida por Laura Beatriz Aguilar Barquero contra José Santiago Avellan Chaves, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las ocho horas cuarenta y dos minutos del nueve de marzo de dos mil veintitrés. Resultado 1,2,3, considerando I, II, por tanto Razones dadas, Código de Familia, se declara con lugar este proceso de Declaratoria de Abandono, se declara a los menores de edad Emma Victoria y Tomás Santiago ambos Avellán Aguilar en estado de abandono por parte de su padre José Santiago Avellán Chaves, se declara la terminación en el ejercicio de la autoridad parental que con respecto a los menores de edad éste ejercía. Continúan los niños bajo la autoridad parental de la madre. No procede modificar la filiación paterna de los menores de edad. Se declara sin n especial condenatoria en costas. Firme este fallo inscríbase en el Registro Civil, nacimientos de San José tomo dos mil doscientos cincuenta y ocho, folio ciento ochenta y uno, asiento trescientos sesenta y dos y tomo dos mil doscientos cincuenta y ocho, folio ciento ochenta y dos, asiento trescientos sesenta y tres. Licda. Patricia Cordero García. Jueza. TMONTENEGRO. Nota: Publíquese por única vez.- De conformidad con la circular N 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.Juzgado de Familia de Cartago.Licda.
Patricia Cordero García, Jueza.1 vez.O. C. N 364-122021C.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2023751165 .
Se avisa que en este Despacho Braulio Manuel Odio Arauz y Verónica Raquel Zúñiga Tenorio, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Lityia Caeli Collado Hernández. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 23000209-0673-NA. Se exonera del pago de la publicación, en razón de la materia. Circular N 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009.Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 17 de abril del año 2023.Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.1 vez.O. C. N 364-12-2021C.
Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2023751231 .

Edictos Matrimoniales
Ante este notario solicitan la celebración de matrimonio los señores i Amelia Pilar Sanchez Rivera, costarricense, mayor de edad, soltera, Analista de Negocios, titular de la cédula de identidad número 1-1540-0543, con domicilio en Heredia, San Pablo, del kínder New Valley, veinticinco metros este y veinticinco metros norte, Residencial Santa Isabel I;
y ii Michael Dionisio Morales Sojo, costarricense, mayor de edad, soltero, Analista Financiero, titular de la cédula de identidad número 1-1245-0202 y con domicilio en Heredia, San Pablo, del kínder New Valley, veinticinco metros este y veinticinco metros norte, Residencial Santa Isabel I. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante el presente notario dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.San José, 14 de abril de 2023.Francisco José Villaseñor Salas, Notario Público.1 vez. IN2023749036 .
MAX FABIAN
CARRANZA ARCE
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Firmado digitalmente por MAX
FABIAN CARRANZA ARCE
FIRMA
Fecha: 2023.04.21 15:32:59
-0600

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Boletin Judicial de Costa Rica del 24/4/2023

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date24/04/2023

Page count40

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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