Boletin Judicial de Costa Rica del 8/2/2023

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Firmado digitalmente por
JORGE EMILIO
JORGE EMILIO CASTRO
CASTRO FONSECA FONSECA FIRMA
Fecha: 2023.02.07 16:03:31
FIRMA
-0600

AÑO CXXIX

LaLa Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 8 de febrero 2023
Uruca, San José, Costa Rica, lunes 1 de febrero deldel 2016

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
CIRCULAR N 17-2023
ASUNTO: Actualización del Protocolo para laAdministración, Control y Asignación de Suscripciones OFFICE
365 V1.0.
A TODOS LOS DESPACHOS Y OFICINAS
JUDICIALES, DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
Este Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión número 112-2022 celebrada el 22 de diciembre de 2022, artículo XLVIII, dispuso aprobar la actualización del Protocolo para la Administración, Control y Asignación de Suscripciones office 365 v1.0, el cual podrá accesar mediante en el siguiente link.
https secretariacorte.poder-judicial.go.cr/index.php/do cumentos?download=5302:circular-17-2023-actualizaciondel-protocolo-para-la-administracion-control-y-asignacionde-suscripciones-office365-v1-0
De conformidad con la circular N 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 25 de enero de 2023.

Lic. Carlos T. Mora Rodríguez,
Subsecretario General interino 1 vez.O.C. Nº 364-12-2021C.Solicitud Nº 682017-JA. IN2023713916 .
CIRCULAR N 25-2023
Asunto:
Documentación dirigida al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, debe ser presentada en forma física impresa.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión N
7-2023 celebrada el 26 de enero de 2023, artículo LI, acordó a solicitud del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como medida de contingencia ante la afectación sufrida en sus sistemas informáticos, que toda documentación que se deba remitir a ese despacho, se realice en forma física impresa, en las oficinas centrales ubicadas en Plaza González Víquez o en las oficinas Regionales de la División de Obras Públicas de esta Cartera Ministerial, hasta tanto se reactiven los sistemas. De conformidad con la Circular N 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 31 de enero de 2023.

Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
Subsecretario General interino 1 vez.O. C. N 364-12-2021C.Solicitud N 682017-JA. IN2023713914 .

Nº 23 40 Páginas
CIRCULAR Nº 26-2023
ASUNTO: Modificar la Circular N 76-2022 Instructivo para la elaboración de tablas de plazos de conservación.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAIS
SE LES HACE SABER QUE:
Este Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión número 03-2023 celebrada el 17 de enero de 2023, artículo LXV, dispuso a solicitud de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos CISED, la modificación de la Circular N 76-2022 Instructivo para la elaboración de tablas de plazos de conservación, a saber:
El Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión N 34-2022, celebrada el 26 de abril del 2022, artículo LIX, aprobó la modificación de la Circular N 157-2021
Instructivo para la elaboración de tablas de plazos de conservación y cifrado de datos.
Instructivo para la Elaboración de Tablas de Plazos de Conservación de Documentos La selección documental es una función importante en la administración actual, pues permite tanto la fijación de plazos de conservación para los documentos, como la eliminación de estos cuando han cumplido su vigencia legal y administrativa y además carecen de valor científicocultural.
Una mala práctica en este campo ha producido en algunas ocasiones la eliminación prematura de documentos con dolo o sin él, y en otras, acumulaciones masivas de papeles sin ningún valor. Ambos extremos producen problemas administrativos y legales, desperdicio de recursos humanos, de tiempo, de espacio de dinero.
La Ley del Sistema Nacional de Archivos N 7202, de 24 de octubre de 1990, regula lo relacionado con la selección de documentos y establece lo siguiente:
Artículo 138 -Cada una de las entidades mencionadas en el artículo 2º de la Ley que se reglamenta integrará un Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos, que estará formado por el asesor legal, el superior administrativo y el Jefe o encargado del archivo de la entidad productora de la documentación, o por quienes estos deleguen, siempre y cuando reúnan las mismas condiciones profesionales. Entre estos miembros se nombrará, de acuerdo con lo que establece al respecto la Ley General de Administración Pública, un presidente y un secretario, electos por mayoría absoluta, quienes durarán en el cargo un año, pudiendo ser reelectos. El Comité establecerá sus normas de trabajo y la frecuencia de las reuniones.
Por otra parte, para el Poder Judicial específicamente, rige lo dispuesto en el artículo 47 bis, de su Ley Orgánica:
Artículo 47 bis. La corte Suprema de Justicia podrá ordenar la destrucción o el reciclaje de los expedientes, siempre que no sean necesarios para algún trámite judicial futuro, que no tengan interés histórico, o cuando se encuentren respaldados por medios electrónicos, informáticos, magnéticos, ópticos, telemáticos o cualquier otro medio con garantía razonable de conservación. Al efecto se publicarán las listas de expedientes por destruir en el Boletín Judicial.

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Boletin Judicial de Costa Rica del 8/2/2023

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date08/02/2023

Page count40

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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