Boletin Judicial de Costa Rica del 29/3/2022

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 44 BOLETÍN JUDICIAL Nº 60

Martes 29 de marzo del 2022

dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente N 22-000567-0338-FA.Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 08 de marzo del 2022.Licda. Patricia Cordero García, Jueza.1 vez.O. C. N 364-12-2021B.
Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022633543 .
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de Junnior Enrique Ortega Ramírez, mayor, Soltero, operario, cédula de identidad número 0304940909, vecino de Oreamuno, hijo de María Mireya Ramírez Ramírez y Reyes Ortega Brenes, nacido en Oriental Central Cartago, el 03/06/1996, con 25 años de edad, y María del Milagro Gómez Vargas, mayor, Soltera, operaria, cédula de identidad número 0305250942, vecina de Oreamuno, hija de Xinia Vargas Zamora y Víctor Manuel Gómez Quirós, nacida en Oriental Central Cartago, el 11/07/2000, actualmente con 21 años de edad.
Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Mildred Chinchilla Navarro Y Carlos Ramírez. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N 22-000564-0338-FA.
Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 08 de marzo del año 2022.Licda. Patricia Cordero García, Jueza.1 vez.O.C. N
364-12-2021B.Solicitud N 68-2017-JA. IN2022633562 .
En mi notaría, situada en Tibás de la Cámara de la Construcción 100 metros sur, 50 oeste y 25 norte, próximamente contraerán nupcias el joven Daniel Rolando Campos Arroyo, costarricense con cedula 1-1282-0721 y María Estela Valenzuela Hidalgo, dominicana, con cédula de residente costarricense 121400160528.Lic. Luis Alberto Palma León, Notario.1 vez. IN2022633588 .
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Douglas Monge Méndez, mayor, soltero, operario de construcción, cédula de identidad número 0304170643, vecino de El Carmen de Cartago, hijo de Gerardina Méndez Morales y Roger Monge Martínez, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 09/02/1987, con 35 años de edad; y Wendy Saray Monge Granados, mayor, soltera, operaria, cédula de identidad número 0304500512, vecina de El Carmen de Cartago, hija de Sonia Granados Montoya y Hubert Monge Calvo, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 31/12/1990, actualmente con 31 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Oswald Mata Núñez y Maribel Marín Solano. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N 22-000449-0338-FA.Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 25 de febrero del 2022.Licda.
Patricia Cordero García, Jueza.1 vez.O. C. N 364-122021B.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022633627 .

Edictos en lo Penal
Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las quince horas y cuarenta minutos del catorce de diciembre del dos mil veintiuno. Expediente:
130008831275PE contra: Jean Carlos Blanco Escalante ofendido/a: Wagner Ramírez Hernández delito: Portación Ilícita de Arma Permitida.
Se hace saber: Que dentro de la causa penal 13000883-1275-PE, seguida contra Jean Carlos Blanco Escalante, por el delito de Infracción a la ley de Armas, en perjuicio de La Seguridad Común, se ordena publicación de edicto. Mediante resolución de las diez horas veintisiete minutos del doce de noviembre de dos mil veintiuno, Siendo que en sentencia N766-2016 de las diez horas del veintiuno
de julio de dos mil dieciséis se ha ordenado devolver el arma de fuego tipo pistola, marca Jennings-Nine, con empuñadura de plástico de color negro y carro de color plateado, de fabricación estadounidense con número de serie 129939, con su cargador de color negro de metal con siete proyectiles sin percutir marca Luger y un proyectil sin percutir marca TZZ
todos de color dorado , a quien demuestre ser su legítimo propietario, y vista la certificación emitida por el Departamento de Control de Armas y Explosivos del Ministerio de Seguridad Pública, que rola a folio 286, en la que se informa que el arma en mención se encuentra registrada a nombre de Harold Javier Herrera Aguirre, cédula residencia 155814081218, y siendo que en autos no se cuenta con información para su localización, procédase a la publicación de edicto mediante el boletín judicial, y si transcurridos tres meses de la notificación no existe interés de parte para su devolución, de conformidad con la Ley de Armas y Explosivos N7530, se ordenará el comiso a favor del Estado, a la orden del Arsenal Nacional, autorizando su destrucción en caso de no ser posible su uso.
Notifíquese. Lic. Luis Carlos Castro Araya, Juez de Juicio. Se corrige error material publíquese por edicto Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las siete horas uno minutos del siete de diciembre de dos mil veintiuno.
Se corrige error material contenido en el auto de las diez horas veintisiete minutos del doce de noviembre de dos mil veintiuno en el sentido de que se ordena publicar por tres veces consecutivas mediante edicto en el Boletín Judicial el contenido de esta resolución y no como se indica en el mismo. En lo demás se mantiene incólume. Notifíquese. Lic.
Luis Carlos Castro Araya, Juez de Juicio.Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José.MsC. William Serrado Baby, Juez Coordinador.O. C. N 364-12-2021B.
Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022632384 .
3 v. 2.
Fiscalía Adjunta Primer Circuito Judicial Zona Sur Pérez Zeledón Materia Penal, al ser las once horas del diez de marzo del año dos mil veintidós. Dentro del expediente 20000724-0804-TR, contra Yeric Hidalgo Solís, por el delito de lesiones culposas ley de tránsito, en perjuicio de Christian Fonseca Garro, se delegó Acción Civil Resarcitoria por parte del Licenciado Rolando Angulo Gatjens, en representación de las ofendidas Alicia Fernández Tencio Y Clarissa Monge Fernández, por lo que se ha ordenado notificar la resolución de las quince horas treinta y dos minutos del cuatro de enero del año dos mil veintidós, a la señora Yendry Hidalgo Solís, cédula de identidad número 1 1028 0162, en la cual, de conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal, se le comunica el contenido de la presente acción civil resarcitoria, como tercera civilmente demandada, quien podrá oponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes después de la comunicación de esta resolución, planteando de ser el caso las excepciones que correspondan. Se le previene a la demandada civil que deberá señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad donde atender notificaciones bajo apercibimiento de que, si lo omitiere, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas del despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas.
Artículo 354, 357 y 433 del Código Procesal Civil; 6 y 12 de la Ley de notificaciones y Citaciones Judiciales. Lo anterior de acuerdo con la circular N 65- 2004, que autoriza la publicación del edicto a efecto de notificar a las partes y de conformidad con la circular N 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Comuníquese.Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur Pérez Zeledón Materia Penal.Licda. Maricela Bolaños Madriz, Fiscal Auxiliar.1 vez.O.C. N 364-12-2021B.Solicitud N 68-2017-JA. IN2022633218 .

About this edition

Boletin Judicial de Costa Rica del 29/3/2022

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date29/03/2022

Page count44

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2022>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031