Boletin Judicial de Costa Rica del 23/3/2022

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 18 BOLETÍN JUDICIAL Nº 56

Miércoles 23 de marzo del 2022

reales o codueños, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de doce millones trescientos cincuenta y tres mil colones.
Que adquirió dicho inmueble el veintisiete de julio del dos mil veintiuno y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento del terreno, chapeas, fumigación y mantenimiento de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Daniela Suzette Blanco Orellana. Expediente N 21000484-0930-CI-3.Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 4 de marzo del 2022.Licda.
Lilliana Garro Sánchez, Jueza.1 vez. IN2022631894 .

Citaciones
Mediante escritura de apertura de sucesión notarial testamentaria otorgada ante esta notaría, por Doris Pacheco Rohrmoser, en la escritura número sesenta y uno de las diecisiete horas treinta y cinco minutos del dos de marzo del dos mil veintidós, visible al folio cincuenta y uno, frente, del protocolo noveno, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera: Ricardo Vargas Gillen, quien fue mayor, viudo, optometrista, portador de la cédula de identidad número unotrescientos ochenta-seiscientos ochenta y seis, vecino de Residencial Vista de Oro, San Antonio, Escazú, San José, fallecido el siete de febrero del dos mil veintidós en San José, Central, Uruca, Uruca, cuya defunción se encuentra inscrita bajo las cita de defunción al tomo: seiscientos cincuenta y seis, folio: doscientos cincuenta y tres, asiento: quinientos cinco. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada Gianna Cersosimo DAgostino, con oficina abierta en la ciudad de San José, Bufete Facio & Cañas, Edificio Sabana Business Center, piso once, Bulevar Rohrmoser y calle sesenta y ocho.Licda. Gianna Cersosimo DAgostino, Notaria Pública.1 vez. IN2022630192 .
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en Sede Notarial de Manuel Eduardo Coto Montero, cédula de identidad N 1-0357-0245, casado una vez, pensionado, quien al momento de fallecer el día 14-02-2021, era vecino de San José, Goicoechea, Guadalupe, El Alto; para que dentro del plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en la oficina del notario público, Ronny Antonio Vargas Duarte, en San José, Alajuelita, 200 metros oeste y 50 metros norte de la Agencia de Acueductos y Alcantarillados, o al correo electrónico: ronnyvargas270@
gmail.com, celular 8868-1829, se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N 0001-2022.Lic. Ronny Antonio Vargas Duarte, Notario.1 vez. IN2022631867 .
Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Emilio De Jesús Del Carmen Segura Cordero, mayor, casado una vez, comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0401160963 y vecino de Río Cuarto de Grecia.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.

Expediente N 22-000089-0297-CI-0.Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y cuatro minutos del tres de marzo del dos mil veintidós.Lic. Adolfo Mora Arce, Juez, Decisor.1 vez. IN2022631868 .
Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ricardo Quesada Salas, mayor, estado civil casado, profesión u oficio agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N
0202250810 y vecino de la Gloria de Aguas Zarcas. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N 22-000094-0297-CI-1.Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: once horas del ocho de marzo del dos mil veintidós.Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.1 vez. IN2022631869 .
Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Gerardo De Jesús Rivera Aguilar, mayor, costarricense, casado, pensionado, con documento de identidad N 0302640605 y vecino de la Unión, Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N
220001250640CI-5.Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: once horas con tres minutos del cuatro de marzo del dos mil veintidós.Licda. Franciny Gutiérrez López, Jueza.1 vez. IN2022631880 .

Avisos
Se avisa, a las personas Carolina Abrego Abrego y Fernando Serrano Abrego, con demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal Licenciado José Francisco Bolaños Montero, hace saber que existe proceso N 20-000962-1302-FA-3 de declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad Tatiana Serrano Abrego establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Carolina Abrego Abrego y Fernando Serrano Abrego, que en este despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N 2022000179. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial, San Carlos, a las doce horas cincuenta y uno minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintidós. Resultando: I, II, III, Considerando: I.
Hechos probados: II.Sobre el Fondo: Por tanto: con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia,160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de estado de abandono con fines de adopción y se ordena: A Declarar el estado de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad Tatiana Serrano Abrego. B Se extingue a sus progenitores Fernando Serrano Abrego y Carolina Abrego Abrego, el ejercicio de la patria potestad. C Se otorga el depósito judicial de Tatiana Serrano Abrego en la señora Nancy Pérez Torres, quien deberá apersonarse a este Despacho dentro del plazo de diez días, para aceptar el cargo conferido a nivel judicial o administrativo, en el entendido que, éste segundo deberá la parte gestora presentarlo al despacho, para su admisión. D
Seguimiento. De conformidad con la normativa subrayada que precede, deberá el Patronato Nacional de la Infancia, asegurar que el derecho fundamental a la educación de la adolescente Tatiana Serrano Abrego, sea materializado de manera inmediata. Para tal efecto deberá rendir el informe respectivo en el plazo de tres días. Publicación de edicto y honorarios: Publíquese la presente sentencia en el Boletín Judicial del Diario Oficial La Gaceta. Una vez firme la misma, se dispone la cancelación de los honorarios del Licenciado

About this edition

Boletin Judicial de Costa Rica del 23/3/2022

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date23/03/2022

Page count20

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2022>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031