Boletin Judicial de Costa Rica del 4/3/2022

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 32 BOLETÍN JUDICIAL Nº 43

Viernes 4 de marzo del 2022

el Boletín Judicial.Juzgado Tercero Civil de San José, 16 de febrero del año 2022.Gersan Tapia Martínez, Juez Tramitador.1 vez. IN2022627751 .

Juzgado de Familia de Osa, 24 de febrero del 2022.Lic.
Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.1 vez.O. C. N 36412-2021B.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022627768 .

Se les comunica a todas las partes e interesados, y a los que legalmente corresponda la tutela artículo 177 Código de Familia, que en este Despacho se tramita el proceso de tutela de la menor: Yuliana Nicool Barrantes Fernández, vecina de Puntarenas, Osa, Palmar Norte, Asentamiento Caña Blancal, para que se le nombre como tutora a: Lidiette Matarrita Matarrita.
Lo anterior, para que, dentro de los 15 días posteriores a la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, o se presenten a encargarse de la tutela. Asimismo, de que en su primer escrito que presenten tienen que señalar únicamente medio correo electrónico autorizado, para atender sus futuras notificaciones. De no hacerlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, incluido que no esté autorizado, todas las resoluciones posteriores se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas. Artículo 8 y 177 Código de Familia, 4 Código Procesal Civil 7130, 126.3 Código Procesal Civil 9342, 11 y 34 Ley de Notificaciones 8687. Expediente N 22-000010-1420-FA. Tutela. Promotor: PANI. Nota:
Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial.Juzgado de Familia de Osa, 28 de febrero del 2022.Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.1 vez.O. C. N 364-12-2021B.
Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022627767 .

Licda. Karol Vindas Calderón, jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Erika Arias, documento de identidad N 7148970, casado/a, vecino de desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de divorcio en su contra, bajo el expediente número 19-000575-0187-FA donde se dictó la sentencia 2021001157
de las catorce horas cuarenta y dos minutos del cinco de noviembre de dos mil veintiuno dice: Por tanto: acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil y demás normativa citada, se acoge la presente demanda de divorcio, por la causal de separación de hecho, y se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los cónyuges Reyner Alejandro Gómez Juárez y Erika Arias. No se fijan alimentos a favor ni a cargo de ninguna de las personas cónyuges. No existen bienes gananciales que distribuir. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Una vez firme esta sentencia, inscríbase en el Registro Civil, Sección de Matrimonios, provincia de San José, Tomo: 0539, Folio: 003, Asiento: 0005;
mediante ejecutoria que se expedirá al Registro Civil, Sección de Matrimonios. Por tratarse de una demandada ausente, publíquese por medio de edicto la presente sentencia por una sola vez en el Boletín Judicial. Gírese a favor del curador procesal que se nombró en autos sus respectivos honorarios por la labor aquí desplegada. Notifíquese. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.
Juzgado Segundo de Familia de San José.Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza Decisora.1 vez.O.C. Nº 364-122021B.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022627771 .

Se hace saber: Expediente: 22-000007-1420-FA.
Suspensión de patria potestad y tutela. Actor: PANI.
Demandados: Vianey Solano Chacón y otros. Juzgado de Familia de Osa, 15:11 horas. 24 de febrero del 2022. Curso:
De toda la prueba y de la presente demanda: Suspensión de patria de potestad y tutela, se confiere traslado por el plazo de 10 días a la parte demandada: 1 Vianey Solano Chacón, 2 Salomón Arauz Ríos y 3 Alexander Lechado Gutiérrez.
Para que contesten y ofrezcan sus pruebas. Medio: Se le previene a todas las partes e interesados, que en su primer escrito que presenten tienen que señalar únicamente medio correo electrónico autorizado, para atender sus futuras notificaciones. De no hacerlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, incluido que no esté autorizado, todas las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas. Depósito: Se nombra como depositaria judicial de los menores: 1 Daryelin Mariana Arauz Solano y 2 Naurovi Lechado Solano, a: María Beleida Torres Acuña, quien tiene que apersonarse a este juzgado dentro del 3 día a aceptar el cargo y jurar su fiel cumplimiento. Notificaciones: Madre y depositaria: Ocj Osa.
Edicto: Conforme lo pide Pani, y por su información sobre el desconocimiento del domicilio de los progenitores, se ordena notificarles de este asunto vía edicto en el Boletín Judicial y sin curador. Téngase en cuenta, que la normativa de familia permite la notificación por edicto y sin designación alguna de curador, cuando se ignore el paradero de los padres. Artículo 85 Código de Familia. Ahora bien, tal normativa puede ser aplicada supletoriamente a este tipo de asuntos, en razón de los principios del interés superior del niño, ausencia de ritualismo procesal, impulso procesal y celeridad. Artículos 5
y 113 Código de la Niñez y de la Adolescencia. Lo anterior es así, porque en ambos casos estamos ante la hipótesis de ausencia, asimismo, porque su eje central no es un derecho de orden adultocentrista, sino por el contrario, de los menores.
Ya que en aquél se analiza sobre la génesis filial de los pequeños, y aquí el tratar de solventar la aparente situación irregular de abandono en que se haya la persona menor.
También es de hacer ver, que inclusive en aquellos se daría una extinción total de los atributos de la patria potestad, en tanto que aquí es una situación únicamente de suspensión.
Aviso: Se les informa a todas las partes e interesados que este proceso es electrónico. Es decir, no existe a nivel físico o material, sino que todo su respaldo es virtual. Es todo.

Edictos Matrimoniales
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Marginy Lisbeth Lagos Chavarría, cédula de identidad número 155834421625, y Yosen Steward Torrez Castillo, cédula de identidad número 0604480132. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N 21001368-1146-FA.Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas, 24 de enero del año 2022.M.Sc. Maureen Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza.1 vez.O. C. N 364-122021B.Solicitud N 68-2017-JA. IN2022627659 .
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Eliecer Díaz Benavides, mayor, divorciado, chofer, cédula de identidad N 01-1030-0118, vecino de San Ramón de Río Claro, del INDER, 50 metros este, segunda casa color celeste, hijo de Eliécer Díaz Moya y Virginia Benavides Rivera, nacido en Hospital Central, San José, el 04/03/1979, con 42 años de edad, y Mixila Arce Macotelo, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad N 06-0378-0537, vecina de San Ramón de Río Claro, del INDER 50 metros este, segunda casa color celeste, hija de Saube Arce Arista y María Reyneri Macotelo Torres, nacida en Centro Golfito, Puntarenas, el 24/01/1989, actualmente con 33 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N 22-000042-1086-FA.Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito, Materia Familia, Golfito, fecha 28 de febrero del 2022.Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.1 vez.O. C. N 36412-2021B.Solicitud N 68-2017-JA. IN2022627773 .

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Boletin Judicial de Costa Rica del 4/3/2022

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date04/03/2022

Page count32

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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