Boletin Judicial de Costa Rica del 23/11/2021

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 32 BOLETÍN JUDICIAL Nº 226

Martes 23 de noviembre del 2021

vecina de Cartago, Barrio Asís frente a la Clínica Asís hija de María Eugenia Granados Brenes y Joaquín Ernesto Quesada Calvo, nacida en Cartago, el 15/12/1988, actualmente con 32
años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº21002526-0338-FA.Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 06 de octubre del año 2021.Msc. Wendy Blanco Donaire, Jueza.1 vez.O. C. N 364-12-2021B.
Solicitud N 68-2017-JA. IN2021603434 .
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer Matrimonio Civil, Carlos Enrique Arroyo Chavarría, mayor de edad, soltero, oficial de seguridad, cédula de identidad número 0401560692, vecino de Cartago, Barrio Asís frente a la Clínica Asís, hijo de Teresa Chavarría Álvarez y Ángel Arroyo Chaves, nacido en Heredia, el 23/11/1972, con 48 años de edad, y Altea Estefanía Quesada Granados, mayor de edad, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0304330246, vecina de Cartago, Barrio Asís frente a la Clínica Asís hija de María Eugenia Granados Brenes y Joaquín Ernesto Quesada Calvo, nacida en Cartago, el 15/12/1988, actualmente con 32 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.
Nº 21-002526-0338-FA.Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 06 de octubre del año 2021.Msc. Wendy Blanco Donaire, Jueza.1 vez.O. C. N 364-12-2021B.
Solicitud N 68-2017-JA. IN2021603435 .
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer Matrimonio Civil los contrayentes Anthony David Quirós Sánchez, mayor de edad, soltero, estudiante, cédula de identidad número 0304820074, vecino de San Rafael de Oreamuno, Cartago, Urbanización Blanquillo cuarta entrada casa R-4, hijo de Bernarda Patricia Quirós Sánchez, nacido en Oriental Central, Cartago, el 28/09/1994, con 27 años de edad, y Blanca Lissette Paz Arévalo, mayor de edad, soltera, ayudante de cocina, portadora del pasaporte su país número B05430526, vecina de Cartago, frente al Polideportivo, portón rojo, hija de Blanca Lidia Arévalo y José Rubén Paz, nacida en San Salvador, el 22/10/1996, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.
Nº21-002589-0338-FA.Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 08 de octubre del año 2021.Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.1 vez.O. C. N 364-12-2021B.
Solicitud N 68-2017-JA. IN2021603437 .

Edictos en lo Penal
Licenciada Milena Rodríguez Villalobos, Fiscala Auxiliar de la Fiscalía de Grecia, a las empresas Landacomtec Sociedad Anónima, cédula jurídica N 3-101-621391, representada por Jonathan Nay Luna Morales, cédula de identidad N
112620774; se les hace saber: Que en el Legajo de Acción Civil Resarcitoria, expediente número 18-000734-0075-PE, seguida en contra de Fermin Antonio Amador Carranza, por el delito de homicidio culposo y lesiones culposas, en perjuicio de Luis Gerardo Quesada Ulate representado por Kendry Manuela Alvarado Ulate, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Vista la presente Acción Civil Resarcitoria presentada en la causa número 18000734-0075-PE interpuesta por la Licda. Marianela González Fonseca, en su condición de representante de Kendry Manuela Alvarado Ulate, de conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede a darle traslado al tercero demandado civil de la empresa Landacomtec Sociedad Anónima, cédula jurídica N 3-101-621391 a quien se le invita a constituirse como parte tercero interesado dentro de este
proceso, sobre las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del los actor es civil es en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluida la sentencia. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución al tercero demandado civil a través de este medio. Notifíquese. Licda. Milena Rodríguez Villalobos, Fiscala Auxiliar de la Fiscalía de Grecia. En vista de que la empresa Landacomtec Sociedad Anónima, cédula jurídica N 3-10162139, representada por Jonathan Nay Luna Morales, cédula de identidad N 112620774 es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle las resoluciones que anteceden por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.Fiscalía de Grecia.Licda. Milena Rodríguez Villalobos, Fiscal Auxiliar.O. C. N 364-12-2021B.
Solicitud N 68-2017-AJ. IN2021602383 .
3 v. 3.
Licenciada Milena Rodríguez Villalobos, Fiscala Auxiliar de la Fiscalía de Grecia, a las empresas Landacomtec Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-621391, representada por Jonathan Nay Luna Morales, cédula de identidad 112620774;
se les hace saber: Que en el Legajo de Acción Civil Resarcitoria, expediente N 18-000734-0075-PE, seguida en contra de Fermín Antonio Amador Carranza, por el delito de Homicidio Culposo y Lesiones Culposas, en perjuicio de Luis Gerardo Quesada Ulate representado por Kendry Manuela Alvarado Ulate, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Vista la presente Acción Civil Resarcitoria presentada en la causa N 18-000734-0075-PE
interpuesta por la Licda. Marianela González Fonseca, en su condición de representante de Kendry Manuela Alvarado Ulate, de conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede a darle traslado al tercero demandado civil de la empresa Landacomtec Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-621391 a quien se le invita a constituirse como parte tercero interesado dentro de este proceso, sobre las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del los actor es civil es en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluida la sentencia. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución al tercero demandado civil a través de este medio. Notifíquese. Licda. Milena Rodríguez Villalobos, Fiscala Auxiliar de la Fiscalía de Grecia. En vista de que la empresa Landacomtec Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-62139, representada por Jonathan Nay Luna Morales, cédula de identidad 112620774 es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle las resoluciones que Anteceden por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.Fiscalía de Grecia.Licda. Milena Rodríguez Villalobos, Fiscal Auxiliar.O.C. Nº 364-12-2021B.
Solicitud Nº 68-2017-AJ. IN2021602385 .
3 v. 2.

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Boletin Judicial de Costa Rica del 23/11/2021

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date23/11/2021

Page count32

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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