Legislación de Argentina

Artículo 2385 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2385. Personas obligadas a colacionar Los descendientes del causante y el cónyuge supérstite que concurren a la sucesión intestada deben colacionar a la masa hereditaria el valor de los bienes que les fueron donados por el causante, excepto ...

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Artículo 2384 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2384. Cargas de la masa Los gastos causados por la partición o liquidación, y los hechos en beneficio común, se imputan a la masa. No son comunes los trabajos o desembolsos innecesarios o referentes a pedidos desestimados, los que deben ser ...

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Artículo 2383 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2383. Derecho real de habitación del cónyuge supérstite El cónyuge supérstite tiene derecho real de habitación vitalicio y gratuito de pleno derecho sobre el inmueble de propiedad del causante, que constituyó el último hogar conyugal, y ...

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Artículo 2382 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2382. Petición por varios interesados Si la atribución preferencial es solicitada por varios copartícipes que no acuerdan en que les sea asignada conjuntamente, el juez la debe decidir teniendo en cuenta la aptitud de los postulantes para ...

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Artículo 2381 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2381. Atribución preferencial de otros bienes El cónyuge sobreviviente o un heredero pueden pedir también la atribución preferencial: a) de la propiedad o del derecho a la locación del inmueble que le sirve de habitación, si tenía allí su ...

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Artículo 2380 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2380. Atribución preferencial de establecimiento El cónyuge sobreviviente o un heredero pueden pedir la atribución preferencial en la partición, con cargo de pagar el saldo si lo hay, del establecimiento agrícola, comercial, industrial, ...

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Artículo 2379 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2379. Títulos. Objetos comunes Los títulos de adquisición de los bienes incluidos en la partición deben ser entregados a su adjudicatario. Si algún bien es adjudicado a varios herederos, el título se entrega al propietario de la cuota mayor, ...

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Artículo 2378 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2378. Asignación de los lotes Los lotes correspondientes a hijuelas de igual monto deben ser asignados por el partidor con la conformidad de los herederos y, en caso de oposición de alguno de éstos, por sorteo. En todo caso se deben reservar ...

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Artículo 2377 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2377. Formación de los lotes Para la formación de los lotes no se tiene en cuenta la naturaleza ni el destino de los bienes, excepto que sean aplicables las normas referentes a la atribución preferencial. Debe evitarse el parcelamiento de los ...

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Artículo 2376 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2376. Composición de la masa La masa partible comprende los bienes del causante que existen al tiempo de la partición o los que se han subrogado a ellos, y los acrecimientos de unos y otros. Se deducen las deudas y se agregan los valores que ...

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