Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/11/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 217
JUNTA DE ANDALUCIA

Consejeria de Hacienda, Industria y Energia Cadiz RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN DE GOBIERNO EN CÁDIZ POR LA QUE
SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIAYAUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE
ALTA TENSIÓN.

Visto el expediente AT-13841/18, incoado en esta Delegación de Gobierno, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Peticionario: CELIA CONDE HINOJOSA
Domicilio: AVDA. DEL CLUB MEDITERRÁNEO, 1 - 11500 EL PUERTO DE
SANTA MARÍA
Lugar donde se va a establecer la instalación: CARRETERA CA 3110, POLÍGONO
79, PARCELA 178
Término municipal afectado: JEREZ DE LA FRONTERA
Finalidad: ELECTRIFICACIÓN DE FINCA AGRÍCOLA

Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación de Gobierno es competente para resolver el expediente, en base a lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía L.O. 2/2007, de 19 de marzo; el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado mediante Decreto del Presidente 6/2019 de 11 de febrero; el Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía; la Resolución de 9 de marzo de 2016, BOJA nº 51, de 16/03/2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo; la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,
RESUELVE

CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y
AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a CELIA CONDE
HINOJOSA para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:
RED AÉREA DE MEDIA TENSIÓN Y CENTRO DE TRANSFORMACIÓN AÉREO
DE 160 KVA PARA ELECTRIFICACIÓN DE FINCAAGRÍCOLA con visado 159/2018
de 23/01/2018, Anexo de 13/02/2018 y Anexo II de 29/06/2018. Alcance:
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:
CT Descripción
1

Relación V

Tipo
Composición Potencia CT

Centro POLÍGONO
seccionadores TR1: 160
15.000- 3unipolares 1 transformación 79, PARCELA INTEMPERIE
y3
SOBRE
POSTE
20.000/420
kVA
intemperie 178
autoválvulas
1 Emplazamiento 1 Descripción
Origen
Final
Tipo
2

3

4

Apoyos
Apoyo existente LA-56
PT
1 Acometida A146729 línea proyectado Aérea 15 kV 0,566
47-AL1/8- Metálicos km BOLAÑOS
ST1A en celosía
1 Línea 2 Tensión kV 3 Longitud km 4 Conductores
La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución.
El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación de Gobierno en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

13 de noviembre de 2019

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación de Gobierno a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
5. Esta Resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.
6. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
7. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
8. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda, Industria y Energía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación de la Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

23/06/2019. LA DELEGADA DEL GOBIERNO EN CÁDIZ. Fdo.: ANA
MESTRE GARCIA.
Nº 50.220

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
Area de Funcion Publica Funcion Publica y Recursos Humanos EDICTO

La Diputada Delegada del Área de Función Pública, mediante Decreto de fecha 7 de noviembre de 2019, ha resuelto lo siguiente:

Por el Área de Función Pública se ha formulado con fecha 6 de noviembre de 2019, propuesta de resolución relativa al procedimiento seguido para la provisión, mediante el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo de Directores/a de Servicio, identificados con los Códigos de Puesto números E-30010.01, E-30010.02, E-30010.04, E-30010.05, E-30010.06, E-30010.07 y E-30010.09, pertenecientes a la relación de puestos de trabajo de la Diputación Provincial de Cádiz.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Los puestos de trabajo que se relacionan en las Bases Específicas que se acompañan como documento Anexo I se encuentran actualmente desempeñados en régimen de comisión de servicios, fórmula de provisión temporal que determina la necesidad de proceder a la oportuna convocatoria para la provisión con carácter definitivo de los mismos por el sistema de libre designación, según establece al efecto la vigente Relación de Puestos de Trabajo.

Segundo.- Los requisitos específicos exigidos para su desempeño y características de dichos puestos de trabajo se relacionan en las Bases Específicas, que figuran como documento Anexo I.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Corresponde la competencia para efectuar la convocatoria pública de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante libre designación a la Presidenta de la Corporación, de conformidad con lo establecido en el artículo 34.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, habiéndose delegado dicha competencia en la Diputada Delegada de Función Pública por acuerdo de 1 de julio de 2019.

Segundo.- El artículo 80 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, y el artículo 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, regulan los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, figurando entre los mismos el procedimiento de libre designación con convocatoria pública.

Por su parte, el artículo 38.2 del RD 364/1995 antes indicado, establece que estas convocatorias se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, y si se estima oportuno para garantizar su adecuada difusión y conocimiento por los posibles interesados, en otros Boletines o Diarios Oficiales.

Tercero.- El apartado Décimo del Texto Consolidado del Estatuto del Personal con Funciones Directivas Profesionales de Especial Responsabilidad de la Diputación Provincial de Cádiz, aprobado por acuerdo de Pleno publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 82, de 3 de mayo de 2019, establece que los puestos de trabajo de Directores/as de Servicio serán cubiertos por el procedimiento de libre designación, así como que la designación se realizará previa convocatoria pública y publicación en el BOP de las Bases Específicas aprobadas de conformidad con el apartado g del artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

En el mismo Estatuto, en su apartado Cuarto, se dispone que los citados puestos de especial responsabilidad serán ocupados según lo previsto en el artículo 32 bis de la Ley de Bases de Régimen Local, siendo de aplicación supletoria a las Corporaciones Locales lo establecido en el artículo 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado y de provisión de puestos

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/11/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha13/11/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6011

Primera edición02/01/2001

Ultima edición07/05/2024

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