Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 20/6/2018

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 117
ADMINISTRACION LOCAL

Ayuntamiento de Algar EDICTO
Formada la Cuenta General del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2017, que incluye las cuentas de la Corporación, e informada por la Comisión Especial de Cuentas en sesión celebrada el día 31 de mayo de 2018, conforme a lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de cinco de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se someten dichas Cuentas Generales a INFORMACIÓN PUBLICA durante QUINCE DÍAS
HÁBILES, contados desde el día siguiente al de la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, en los cuales los interesados podrán examinar el expediente en las dependencias del Área de Hacienda y Patrimonio.
Durante dicho periodo de 15 días hábiles y 8 días hábiles más, los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones.
Finalizado el plazo de presentación de alegaciones, previo informe de la Comisión Especial de Cuentas, se someterá a la decisión del Ayuntamiento Pleno la aprobación de la Cuenta General y las alegaciones presentadas en su caso.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Algar, 1 de junio de 2018. LA ALCALDESA. Fdo. María José Villagrán Richarte Nº 37.929


Ayuntamiento de Puerto Serrano ANUNCIO
Habiendo sido aprobado por Resolución de esta Alcaldía-Presidencia de fecha 1 de junio de 2018, el Padrón de Tasa de recogida de residuos sólidos urbanos referido al ejercicio 2018, se expone al público por el plazo de 15 días para que los legítimos interesados puedan examinarlos, y en su caso, presentar las reclamaciones que estimen pertinentes.
Puerto Serrano a 1 de junio de 2018. EL ALCALDE-PRESIDENTE. Fdo.:
Miguel Angel Carrero Nieto.

Nº 38.095


Ayuntamiento de Puerto Serrano ANUNCIO
Habiendo sido aprobado por Resolución de esta Alcaldía-Presidencia, de fecha 1 de junio de 2018, el Padrón de Tasa de Cotos Privados de Caza, referido al ejercicio 2018, se expone al público por el plazo de 15 días, para que los legítimos interesados puedan examinarlos, y en su caso, presentar las reclamaciones que estimen pertinentes.
Puerto Serrano a 1 de junio de 2018. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Fdo.:
Miguel Angel Carrero Nieto.
Nº 38.099
Ayuntamiento de Benalup-Casas Viejas EDICTO
El Pleno del Ayuntamiento de Benalup Casas Viejas, en sesión ordinaria celebrada el día 01 de junio de 2018, acordó la aprobación inicial de la modificación del Reglamento de Honores y Distinciones de este Ayuntamiento. En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se someten los expedientes a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Benalup Casas Viejas, a 05 de junio de 2018. LA ALCALDESA Fdo:
Amalia Romero Benítez.
Nº 38.120
Ayuntamiento de Benalup-Casas Viejas EDICTO
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 01 de junio, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Reguladora de la Feria y Fiestas de Santiago y Santa Ana. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Benalup Casas Viejas, a 05 de junio de 2018. LA ALCALDESA Fdo:
Amalia Romero Benítez.
Nº 38.134

20 de junio de 2018

Ayuntamiento de San Roque EDICTO
Exp. nº 3747/2018. D. JUAN CARLOS RUIZ BOIX, ALCALDEPRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE CADIZ
HACE SABER: que, formuladas de conformidad con el art. 209 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la Instrucción del Modelo Normal de contabilidad Local aprobada por la Orden HAP/1781/2013, la Cuenta General correspondiente la ejercicio 2017, integrada por la del propio Ayuntamiento, y sus Sociedades Mercantiles EMGREAL, MULTIMEDIA, AMANECER, EMROQUE y EMADESA, y habiendo sido dictaminadas inicialmente por la Comisión Especial de Cuentas el día 31 de mayo de 2018, se encuentran las mismas en exposición pública en la Intervención Municipal a disposición de los que sean interesados, durante un plazo de 15 DIAS, durante los cuales y ocho más, estos podrán presentar reclamaciones, reparos y observaciones.
Firmado Juan Carlos Ruiz Boix. Alcalde.
Nº 38.146


Ayuntamiento de San Roque ANUNCIO
Exp. nº 3515/2018. El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de Mayo de 2018, aprobó inicialmente el LA TRANSFERENCIA DE
CRÉDITO 2/2018 RECINTO FERIAL ESTACION DE SAN ROQUE EXP 3515/2018.
Dicho expediente estará de manifiesto al público en la Intervención Municipal de este Ayuntamiento por espacio de QUINCE DIAS contados desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, durante cuyo plazo cualquier habitante del término o persona interesada, podrá presentar contra este acuerdo y ante el propio Ayuntamiento Pleno las reclamaciones oportunas con arreglo al artículo 169
y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
Caso de no existir reclamación alguna sobre los mismos, se entenderá definitivamente aprobado.
Firmado Juan Carlos Ruiz Boix. Alcalde.
Nº 38.158
Ayuntamiento de Medina Sidonia EDICTO
Por resolución de esta Alcaldía de 7 de mayo de 2018, se aprueba la convocatoria pública y las Bases para la elección de un candidato para ser nombrado Juez de Paz sustituto de este Municipio.
El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales contados desde el siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
BASES PARA LA ELECCIÓN DE UN CANDIDATO PARA SER NOMBRADO
JUEZ DE PAZ SUSTITUTO, DEL MUNICIPIO DE MEDINA SIDONIA.
I.- Es objeto de la presente convocatoria la elección de un candidato a efectos de ser nombrado Juez de Paz Sustituto del Municipio de Medina Sidonia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 100 a 103 de la Ley Orgánica 6/1.985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículos 4 a 7 del Reglamento del Consejo General del Poder Judicial nº 3/1.995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, a efectos de proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía el nombramiento del candidato elegido.
II.- Podrán participar en el procedimiento de elección los aspirantes que reúnan los siguientes requisitos:
A.- Requisitos de capacidad:
1. Ser español.
2. Tener cumplidos 18 años de edad. Los jubilados por edad podrán optar al nombramiento siempre que su edad no suponga impedimento físico o psíquico para el cargo.
3. No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
4. Estar en el pleno uso de los derechos civiles.
5. No haber sido condenado o encontrarse procesado o inculpado por delito doloso si no se ha producido, respectivamente, la rehabilitación, la absolución o se ha dictado auto de sobreseimiento.
Cuando en la persona elegida por el Ayuntamiento concurriera alguna causa de incompatibilidad de las que se señalan en el apartado B siguiente, podrá el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía proceder a su nombramiento si el propuesto reúne los requisitos legales de capacidad concediéndole el plazo de ocho días para que acredite el cese en el ejercicio de la actividad incompatible. En el caso de que no acredite el extremo anterior en el plazo previsto, se entenderá que renuncia al cargo de Juez de Paz.
B.- Causas de incompatibilidad.
Son causas de incompatibilidad con el cargo de Juez de Paz las siguientes artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica 6/1.985 y 13 a 15 del Reglamento 3/1.995, de 7 de junio:
El ejercicio de cualquier otra jurisdicción ajena a la del Poder Judicial.
Cualquier cargo de elección popular o designación política del Estado, Comunidades Autónomas, Provincias y demás entidades locales y organismos dependientes de cualquiera de ellos.
Los empleos o cargos dotados o retribuidos por la Administración del Estado, las Cortes Generales, la Casa Real, Comunidades Autónomas, Provincias, Municipios y cualesquiera entidades, organismos o empresas dependientes de unos u otras. No obstante es compatible con el cargo la dedicación a la docencia o a la investigación jurídica.
Los empleos de todas clases en los Tribunales y Juzgados de cualquier orden jurisdiccional.
El ejercicio de la Abogacía y de la Procuraduría.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 20/6/2018

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha20/06/2018

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones6014

Primera edición02/01/2001

Ultima edición10/05/2024

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