Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 6/6/2018

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 107
JUNTA DE ANDALUCIA

Consejeria de Fomento y Vivienda Cadiz ANUNCIO
Por esta Delegación Territorial se han fijado los días 14 y 15/06/2018, como fecha para el pago de los depósitos previos a la ocupación de las fincas relacionadas a continuación, afectadas por el expediente de expropiación forzosa clave: 3-CA-2228
INTERSECCIÓN EN CARRETERAA-2230, P.K. 0+200 DE ACCESO AL CENTRO
HOSPITALARIO DE ALTA RESOLUCIÓN DE LA JANDA.
El pago tendrá lugar en el Excmo. Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, a partir de las 10,30 horas, con sujeción a las normas y formalidades que previenen en los arts. 48 al 51 de la Ley de 16 de Diciembre de 1.954, sobre Expropiación Forzosa, y los de igual numeración del Decreto de 26 de Abril de 1.957, por el que se aprueba su Reglamento, trasladándose a tal fin a esa población el Representante de la Administración y el Pagador de esta Delegación Territorial.
Asimismo, cuando en la comunicación figuren varios titulares, deberá el representante, interesado al que hayan asignado o, en su defecto, el que figure en primer término, comunicar al resto la presente notificación, en virtud de lo dispuesto en el art.
7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A dicho acto deberán asistir los interesados, aportando original y copia de los documentos siguientes:
1.- Documento Nacional de Identidad.
2.- De actuar mediante representación, documento que acredite la misma por cualquier medio válido en derecho poder.
3.- Nota simple actualizada expedida por el Registro de la Propiedad.
4.- En caso de estar hipotecada o embargada la finca, deberán aportar escrito del Acreedor autorizando dicho cobro.
5.- Si el titular que figura en la Nota Simple Registral ha fallecido, documentación que acredite la propiedad de los nuevos titulares testamento, declaración de heredero, adjudicación y aceptación de herencia 6.- Certificación de la titularidad de la cuenta sellada por la entidad bancaria, en caso de solicitar el cobro por transferencia, lo que deberá realizarse con antelación a la fecha de pago y adjuntando además toda la documentación antes mencionada.
De no concurrir, o carecer de la documentación necesaria, se procederá a consignar el importe de los Depósitos Previos en la Tesorería General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía, procediéndose de la misma forma en todos los demás supuestos especificados en el art. 51 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa de 26 de Abril de 1.957.
RELACION QUE SE CITA
Finca
Hora
2

10,30

3B

11,00

Finca
Hora
3A

10,30

Día: 14/06/2018.
Propietario Luís Jesús Guerra Alvarez José Antonio Guerra Alvarez Francisco de Asís Guerra Alvarez Juan Carlos Guerra Alvarez Manuel Jesús Guerra Alvarez Ana María Núñez Cañas Enrique Núñez Cañas Manuel Núñez Cañas María del Carmen Núñez Cañas Día: 15/06/2018.
Propietario Enrique Tamayo Ramón Gloria Tamayo Ramón María Dolores Tamayo Ramón Francisco Tamayo Ramón M Ángeles de la Riva Mera Rocio Tamayo de la Riva Concepción Tamayo Ramón M. Luz de la Cerda Maguesín M. Luz Tamayo de la Cerda Enrique Tamayo de la Cerda Ramón Tamayo de la Cerda
Cádiz, 24 de mayo de 2018. EL DELEGADO TERRITORIAL. Fdo.:
Federico Fernández Ruiz-Henestrosa.
Nº 35.617

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO
Confeccionado el Padrón Fiscal por el concepto de Impuesto sobre Bienes Inmuebles Rústicos del ejercicio de 2018 y habiendo sido aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 10 de mayo de 2018, se pone en conocimiento
6 de junio de 2018

de los contribuyentes obligados al pago, que se encuentran expuestos al público en este Excmo. Ayuntamiento en las oficinas de RECAUDACIÓN Y SERVICIOS
TRIBUTARIOS de calle LATORRE, nº 3, por el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente de la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de ser examinados y formular recurso de reposición de conformidad con lo dispuesto el art. 14.2 del R.D.L 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De igual modo, queda fijado el plazo de cobro en periodo voluntario, desde el día 14 de septiembre al 15 de noviembre de 2018, ambos inclusive.
Con objeto de que antes de la finalización del periodo voluntario puedan tener cobrada la paga extraordinaria, se amplía el plazo de ingreso para los pensionistas, hasta el 14 de diciembre de 2018.
Los contribuyentes afectados por los conceptos citados podrán realizar los pagos en los referidos plazos presentando los dípticos en las Entidades Bancarias Colaboradoras en horarios y días de oficina, por domiciliación bancaria o a través de Internet TPV Virtual Transcurrido los plazos indicados, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Lo que se hace público para general conocimiento.
14/05/2018. EL TTE. DE ALCALDESA, DELEGADO ECONOMÍA, HACIENDA Y PLANES ESPECIALES. Fdo.: Santiago Galván Gómez. EL
SECRETARIO GENERAL DEL PLENO. Fdo.: Juan Carlos Utrera Camargo.
Nº 34.901


Ayuntamiento de Algeciras BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA QUE HAN DE
REGIR LA SELECCIÓN DE UNA MUTUA COLABORADORA DE LA SEGURIDAD
SOCIAL, CON LA QUE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS
FORMALIZARÁ EL CORRESPONDIENTE CONVENIO DE ASOCIACIÓN PARA
LA COBERTURA DE LAS CONTINGENCIAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES PROFESIONALES Y CONTINGENCIAS DERIVADAS DE
RIESGOS PROFESIONALES, ASÍ COMO PARA LA GESTIÓN ECONÓMICA.
1.- OBJETO:
Las presentes bases tienen por objeto definir las condiciones para la selección de una Mutua colaboradora en la gestión de la Seguridad Social en adelante Mutua para la cobertura de las contingencias de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y contingencias derivadas de riesgos profesionales, así como para la gestión económica, a la que se asociará el Ayuntamiento de Algeciras a través de la formalización del correspondiente Convenio de Asociación para la cobertura de la gestión de las prestaciones determinadas legalmente atribuidas en cada momento a las mismas.
2.- RÉGIMEN JURÍDICO.
El procedimiento para la selección de la Mutua Colaboradora se regirá por lo dispuesto en las presentes Bases, y en lo no previsto en las mismas, se podrán aplicar supletoriamente las normas previstas en la legislación contractual.
El Convenio de Asociación, se regirá por sus normas especiales, concretamente el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social en adelante, TRLGSS , el Real Decreto 1993/1995 de 7 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento sobre colaboración de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, en adelante, RD1993/1995 y la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en adelante, LCSP respecto de los actos preparatorios y de selección de la Mutua, aplicándose el mismo para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
3.- FINANCIACIÓN DEL CONVENIO.
La Mutua con la cual se perfeccione el convenio de asociación percibirá, a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, la fracción de cuotas que resulten de aplicar sobre las bases correspondientes, los tipos de cotización vigentes en cada momento, todo ello, en función del volumen de personal de alta en el Régimen General de la Seguridad Social y que perciba retribuciones con cargo a las aplicaciones presupuestarias de esta empresa.
4.- DURACIÓN DEL CONVENIO DE ASOCIACIÓN
El plazo de vigencia del convenio se establece en un año, y se entenderá prorrogado tácitamente por periodos anuales, salvo denuncia en contrario del EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS, debidamente notificada con un mes de antelación, como mínimo, a la fecha del vencimiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 62.2 del Real Decreto 1993/1995.
Denunciado el convenio de asociación en la forma y plazo establecido, la Mutua deberá entregar al EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS, en el plazo de diez días desde la notificación de la denuncia, certificación acreditativa del cese y de la fecha de efectos del mismo.
Cuando el convenio de asociación no pueda suscribirse de manera inmediata, irá precedido de una proposición de asociación que, aceptada por la Mutua y recogida en el documento correspondiente, que se denominará documento de proposición de asociación, implicará que aquella asumirá las obligaciones que se deriven de la asociación cuando esta pueda ser efectiva.
5.- CONDICIONES GENERALES.
La selección que se realice lo será para todos los centros de trabajo y para la totalidad del personal del EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS integrado en el Régimen General de la Seguridad Social.
La Mutua y el personal sanitario de la misma velarán especialmente por garantizar las condiciones de confidencialidad inherentes a esta actividad. En este sentido se considerará al/la trabajador/a como titular de los datos generados sobre su salud, con excepción de la información legalmente reservada al EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE ALGECIRAS.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 6/6/2018

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha06/06/2018

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones6014

Primera edición02/01/2001

Ultima edición10/05/2024

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