Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/4/2018

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

26 de abril de 2018

B.O.P. DE CADIZ NUM. 79

Juzgado de lo Social Algeciras EDICTO
D MARIA DOLORES MORENO ROMERO, LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO DE
ALGECIRAS.
HACE SABER:
Que en los autos de Ejecución nº 31/17, seguidos en este Juzgado a instancia de D. MANUEL GONZALEZ TORRADO Y OTROS contra TALLER
INDUSTRIAL SIDEROMETALURGICA ALGECIRAS SL sobre Cantidad, se ha dictado Decreto con esta misma fecha, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA.- Declarar a la parte ejecutada TALLER
INDUSTRIAL SIDEROMETALÚRGICA ALGECIREÑA, SL en situación de insolvencia total con carácter provisional por importe de 59.642,86 euros de principal, más 17.893 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.- Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de REVISIÓN ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso Art. 187 y 188 de la LRJS.- Si no manifiestan alegación alguna se procederá al Archivo provisional de las actuaciones.- Así por este Decreto, lo acuerdo, mando y firmo, Dña. MARIA
DOLORES MORENO ROMERO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO DE ALGECIRAS. Doy fe.- LA
LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.Y para que sirva de notificación al demandado TALLER INDUSTRIAL
SIDEROMETALURGICA ALGECIRAS SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA
PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Algeciras, a veintisiete de mar de dos mil dieciocho. LA LETRADA
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. María Dolores Romero Moreno.
Firmado.
Nº 24.232


Juzgado de lo Social Algeciras EDICTO
D MARIA DOLORES MORENO ROMERO, LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO DE
ALGECIRAS.
HACE SABER:
Que en la Ejecución nº 145/17, seguida en este Juzgado a instancia de D.
MARIA DEL ROCIO ORTA MARTINEZ y D REBECA MOYA ORTA contra D.
JOSE MANUEL CARPIO GARCIA sobre Cantidad, se ha dictado Decreto de esta fecha, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA.- Declarar a la parte ejecutada D. JOSÉ MANUEL
CARPIO GARCÍA en situación de insolvencia total, con carácter provisional, por importe de 2.200,07 euros de principal, más 660 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.- Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de REVISIÓN
ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso Art. 187 y 188 de la LRJS.- Si no manifiestan alegación alguna se procederá al Archivo provisional de las actuaciones.- Así por este Decreto, lo acuerdo, mando y firmo, Dña. MARIA
DOLORES MORENO ROMERO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO DE ALGECIRAS. Doy fe.- LA
LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.-
Y para que sirva de notificación al demandado D. JOSE MANUEL
CARPIO GARCIA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Algeciras, a veintiocho de marzo de dos mil dieciocho. LA LETRADA
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. María Dolores Romero Moreno.
Firmado.
Nº 24.235
Juzgado de lo Social Algeciras EDICTO
D MARIA DOLORES MORENO ROMERO, LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO DE
ALGECIRAS.

Página 27

HACE SABER:
Que en los autos de Ejecución nº 177/17, seguidos en este Juzgado a instancia de D. ANTONIO PINO SALAZAR contra MOBIHOFI SL sobre Cantidad, se ha dictado Auto y Decreto de fecha 7/09/17, cuyos encabezamientos y partes dispositivas, son del tenor literal siguiente:
AUTO.- En Algeciras, a siete de septiembre de dos mil diecisiete.PARTE DISPOSITIVA.- S.S. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución solicitada por ANTONIO PINO SALAZAR, contra MOBIHOFI S.L., por la cantidad de 19.801,08
euros en concepto de principal, más la de 5.940 euros calculados para intereses y costas.- Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del artículo 53.2
de la LRJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.- Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado , prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.- Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. SRA. D.
MARIA DEL CARMEN GOMEZ CABELLO, JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL
ÚNICO DE ALGECIRAS. Doy fe.- LA MAGISTRADA JUEZ.- LA LETRADA DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.-; y DECRETO.- Letrado/a de la Administración de Justicia D/D SONIA
CAMPAÑA SALAS.- PARTE DISPOSITIVA.- En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, ACUERDO: Procédase al embargo de bienes de la ejecutada MOBIHOFI S.L., por importe de 19.801,08 euros en concepto de principal, más 5.940 euros presupuestados para intereses y costas a cuyo fín requiérase a la misma para que, en el plazo de DIEZ DIAS, abone dichas cantidades o manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercirtivas periódicas.- Procédase a la averiguación de bienes de la ejecutada en el Punto Neutro Judicial disponible en este Juzgado y de constar bienes, procédase al embargo en cantidad suficiente para cubrir el principal e intereses y costas presupuestadas.- Se hace saber a la ejecutada que el/los embargos/s acordado/s podrá dejarse sin efecto si abona dichas cantidades, así como el pago podrá realizarlo igualmente por transferencia en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la cuenta que mantiene en la OP
de "SANTANDER" , nº IBAN ES55-0049-3569-920005001274-, haciendo constar en el apartado " concepto" el nº 1288-0000-64-0177-17.- Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, por escrito a este Juzgado, dentro del plazo de TRES
DIAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.- Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma Dña. SONIA CAMPAÑA
SALAS, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO
DE LO SOCIAL ÚNICO DE ALGECIRAS. Doy fe.- LALETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.-
Y para que sirva de notificación al demandado MOBIHOFI SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN
OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Algeciras, a veintidós de Marzo de dos mil dieciocho. LA LETRADA
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. María Dolores Romero Moreno.
Firmado.
Nº 24.238


Juzgado de lo Social Algeciras EDICTO
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL
JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO DE ALGECIRAS.
HACE SABER:
Que en este Juzgado, se sigue la Ejecución núm. 185/2017, sobre Cantidad, a instancia de D. RAFAEL FRIAS SANCHEZ, D. FELIPE FRIAS
CORDOBA y D. JOSE ANGEL FRIAS CORDOBA contra INMOCON MASEL
S.L.U. y POSITIVE THINKING S.L., en la que con fecha 19/01/18 se ha dictado Auto y Decreto, cuyos encabezamientos y partes dispositivas, son del tenor literal siguiente:

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/4/2018

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha26/04/2018

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones6016

Primera edición02/01/2001

Ultima edición14/05/2024

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