Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 30/5/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 24.750 - 098/11

PARANA, lunes 30 de mayo de 2011

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción
SECCION ADMINISTRATIVA
LEYES
LEY Nº 10028
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1º: Impleméntase en la Provincia de Entre Ríos, un Proceso de Tratamiento Integral de los envases vacíos de productos químicos o biológicos fitosanitarios utilizados en la producción agrícola, a fin de proteger la salud humana, los recursos naturales, los procesos ecológicos y el patrimonio de terceros de los daños contaminantes que pudieran ocasionarse como consecuencia de la dispersión de dichos envases por el territorio provincial.Art. 2º: A efectos de la presente Ley se considera:
aProducto químico o biológicos de uso agropecuario: a todo producto químico orgánico e inorgánico o biológico que se emplee para combatir o provenir la acción de insectos, ácaros, malezas, hongos, bacterias, roedores u otros organismos de origen animal o vegetal considerados perjudiciales para la producción agraria. Esta definición incluye también a los productos químicos utilizados como fertilizantes e inoculantes, exceptuando los productos de uso veterinario.
bProceso de tratamiento integral de envases vacíos: al triple lavado o lavado a presión de envases vacíos; la recolección; el acopio y la disposición final de los mismos.Art. 3º: A los fines de esta ley, adhiérase la Provincia de Entre Ríos al Programa Agrolimpio Programa de Recolección y Disposición Final de los Envases Vacíos de Agroquímicos diseñado y organizado por la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes CASAFE el que incluye dos 2 fases:
1Fase de Recolección y acopio, comprende:
aTriple lavado o lavado a presión de los envases TL.
bTraslado a Centros de Acopio Transitorios y Centros de Acopio Principales CAP.
cVerificación de condiciones de limpieza y separación de materiales según su naturaleza plástico, vidrio, metal, cartón, papel, etc. en los CAP.
2Fase de Reciclado, comprende:

EDICION: 22 Págs. - $ 2,00

D. Sergio Daniel Urribarri Dr. D. José Eduardo Lauritto Cr. D. Adán Humberto Bahl Cr. D. Diego Enrique Valiero D. José Orlando Cáceres Dr. D. Angel Francisco Giano Arq. D. Guillermo Luis Federik Cr. D. Roberto Emilio Schunk
aProcesamiento periódico de los materiales acumulados para la reducción de sus volúmenes.
bDisposición final.Art. 4º: El Decreto reglamentario de la presente, establecerá los aspectos operativos que hacen a la aplicación de esta norma y determinará los plazos para su aplicación.Art. 5º: Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las reasignaciones presupuestarias que sean necearias para el cumplimiento de esta Ley.Art. 6º: De forma.Sala de Sesiones, Paraná, 27 de abril de 2011
Jorge Pedro Busti Presidente H.C. Diputados Jorge Gamal Taleb Secretario H.C. Diputados Pedro G. Guastavino Presidente H. C. Senadores Sigrid Kunath Secretaria H.C. Senadores Paraná, 18 de mayo de 2011
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación, 18 de mayo de 2011. Registrada en la fecha bajo el Nº 10028. CONSTE Adán Humberto Bahl.
LEY Nº 10029
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Tenencia Responsable de Perros Potencialmente Peligrosos.
Capítulo I
Disposiciones generales Art. 1º: La presente Ley tiene por objeto establecer la normativa aplicable a la tenencia, crianza y adiestramiento de perros potencialmente peligrosos, para hacerla compatible con la seguridad de las personas, bienes y otros animales.
La presente Ley no será de aplicación a perros pertenecientes a las Fuerzas Armadas y
de Seguridad del Estado, Cuerpos de Bomberos u otras instituciones cuyos fines sean en beneficio de la sociedad.Art. 2º: El Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación es la autoridad de aplicación de la presente Ley.Art. 3º: A los efectos de esta Ley, se consideran perros potencialmente peligrosos a los siguientes:
aAquellos incluidos dentro de una tipología racial que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas, a otros animales y daños a las cosas. Tienen tal consideración los perros que pertenezcan a las razas individualizadas en el Anexo I de la presente Ley y las derivadas de sus cruzas.
bAquellos que hayan evidenciado, mediante denuncia, antecedentes de agresión hacia personas, otros animales o bienes, cualquiera sea su raza.Art. 4º: La tenencia de animales clasificados como potencialmente peligrosos, requerirá la previa obtención de una licencia administrativa que será otorgada por el Municipio o Comuna de residencia del solicitante. Para la obtención de la licencia se deberán cumplir los siguientes requisitos:
aSer mayor de edad y estar capacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal.
bNo haber sido condenado por delitos de:
homicidio, lesiones, contra la libertad o la integridad sexual y contra la seguridad pública.
cNo tener antecedentes por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
dPresentar cartilla sanitaria del animal.
eAcreditar la contratación de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan causar los animales. El monto mínimo del seguro será determinado por vía reglamentaria.Art. 5º: La licencia administrativa caduca al año de su otorgamiento, debiendo renovarse acreditando los requisitos mencionados en al Artículo 3º.Art. 6º: El registro de perros potencialmente peligrosos se realizará de la siguiente manera:
aCada Municipio que adhiera a la Ley creará

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 30/5/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha30/05/2011

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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