Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/08/2020 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXVIII - Nº 180
CORDOBA, R.A. VIERNES 7 DE AGOSTO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Nº 4758/77, entiende que atento que la obra supera el índice trescientos 300
resulta oportuno dictar el instrumento legal por el cual se apruebe la ejecución de la misma, como también manifiesta expresamente que se deberá dar cumplimiento a la precitada normativa a lo largo de todo el procedimiento, en especial a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Nº 1419/2017.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 170/2020 y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la ejecución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar referidos a la obra: CONSTRUCCIÓN

DE 21 VIVIENDAS EL BOSQUECITO - B LA BONITA CIUDAD DE
CÓRDOBA, conforme la documentación técnica compuesta por Memorias Descriptivas, Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, Anexos de Planos, Presupuesto Oficial y Estructura de Costos elaborados por la Secretaría de Desarrollo Territorial y Hábitat del Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar y Pliego Particular de Condiciones con sus Anexos, como también el Presupuesto Oficial por la suma de Pesos Cuarenta y Tres Millones Setenta y Cuatro Mil Seiscientos Treinta con Veinticinco Centavos $ 43.074.630,25.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase al Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS.

AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
Resolución N 220
Córdoba, 26 de Junio de 2020.
Y VISTOS: El Expediente Administrativo N 0385-002532/2020 del registro de esta Agencia Córdoba Cultura S.E. en el cual se tramita la convocatoria a presentación de proyectos para Desarrollo de Contenidos Audiovisuales a instancias del Polo Audiovisual Córdoba, para el año 2020.Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo establece el Art. 50 del Decreto Nº 1615/2019FUNCIONARÁN bajo la órbita del Poder Ejecutivo y loasistirán en las materias propias de su objeto, conforme a sus leyes decreación, estatutos y normas de fondo que las rigen, las siguientes Agencias: 2. Agencia Córdoba Cultura Sociedad del Estado.
Que seguidamente el Artículo 51º fija que el Polo Audiovisual Córdoba, y todos sus Programas de Promoción y Fomento a la actividad audiovisual reguladapor Ley 10.381, funcionaran bajo la dependencia de la Agencia Córdoba Cultura S.E. Que según el art. 6º inciso b de la mencionada Ley 10.381, el Polo Audiovisual Córdoba es acompañado en su gestión por el Consejo Asesor integrado por representantes del sector público, privado, las universidades y el tercer sector, el cual entre otras funciones tiene, el de asesoramiento y participación en el control de los beneficios otorgados por dicha Ley.
Que a instancias de la sesión del mencionado Consejo Asesor el día 28 de Noviembre de 2019, se procedió a fijar las pautas y esquemas de ejecución del Plan de Fomento y Promociónde la industria audiovisual para el año 2020.
Que dicho Plan de Fomento y Promoción de la Industria Audiovisual de la Provincia de Córdoba propende a reforzar todas las etapas de su cadena productiva para contenidos audiovisuales de producción local, nacional e internacional, servicios de producción y postproducción, como así también co-producciones y desarrollo de videojuegos, realizadas dentro del ámbito territorial de la Provincia de Córdoba, en forma total o parcial. Que teniendo en cuenta la actual situación de emergencia sanitaria, económica y financiera por la que está atravesando nuestro País y especialmente nuestra Provincia a causa de la pandemia COVID-19 Coronavirus, resulta imperioso implementar medidas y acciones de política pública BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

tendientes a apuntalar sectores productivos afectados por dicha crisis. Que en consecuencia desde ésta Cartera de Estado, se pone en marcha el Plan de Fomento y Promoción para el año 2020, lanzando el llamado a Concurso Categoría Producción para participar en el mismo mediante la presentación de Proyectos, todo de acuerdo a las Bases y Condiciones Generales y Particulares que se acompañan a la presente Resolución e instrumento de aprobación del Plan de Fomento para el año 2020 Resolución N 078 del 28 de Febrero de 2020.
Que se encuentran informadas partidas presupuestarias conforme Ley Anual de Presupuesto para el año 2020 Nº 10.678. Por ello, conforme las atribuciones conferidas por el Estatuto de éstaAgencia aprobado por Ley 10.029 y ratificado por Decreto P.E.P. Nº 1615/2019, Ley 10.381, Ley 10.678, lo dictaminado por la Subdirección de Legales y Despacho bajo el N 221/2020y atribuciones que le son propias;
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: AUTORIZAR el llamado a participar en el Concurso Provincial para Desarrollo de Contenidos Audiovisuales a instancias del Polo Audiovisual Córdoba, en virtud del Plan de Fomento y Promoción de la Industria Audiovisual de la Provincia de Córdoba para el año 2020, conforme Bases y Condiciones Generales y Particulares, las que como un solo Anexo I se aprueban e integran el presente instrumento legal como parte del mismo. ARTÍCULO 2º: IMPUTAR las sumas que impliquen la erogación del presente Concurso, a la Jurisdicción 625 correspondiente a la Agencia Córdoba Cultura S.E. ARTICULO 3º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y archívese.FDO.: NORA ESTHER BEDANO, PRESIDENTE AGENCIA CÓRDOBA CULTURA
S.E. - JORGE ALVAREZ, VICEPRESIDENTE AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
ANEXO

3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/08/2020 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha07/08/2020

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4126

Primera edición01/02/2006

Ultima edición27/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones