Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/06/2017 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXX - Nº 113
CORDOBA, R.A., MIERCOLES 14 DE JUNIO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE EDUCACION
Resolucion Nº 698
Córdoba, 8 de junio de 2017
VISTO: La Ley de Educación Nacional N 26.206, la Ley de Educación Provincial N 9870, las Resoluciones 32/07 y N 118/10 del Consejo Federal de Educación y las Resoluciones Ministeriales N 84/11, N 148/13, N
152/16 y 176/16 que establecen los marcos normativos para la implementación de las ofertas de Educación a Distancia de la Provincia de Córdoba para la modalidad de educación permanente de jóvenes y adultos y técnica superior;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de las normas citadas este Ministerio, en concordancia con las disposiciones del Consejo Federal de Educación, debe definir las propuestas curriculares para los distintos niveles y modalidades del sistema educativo provincial. Que la Educación Secundaria, en sus distintas modalidades, constituye un desafío para el Estado Provincial y en particular para esta Cartera Educativa, no sólo de garantizar el acceso a todos los adolescentes, jóvenes y adultos a la educación obligatoria, sino también de actualizar el diseño curricular de ese nivel mediante un proceso participativo.
Que la Educación Secundaria en la Modalidad destinada a Jóvenes y Adultos tiene la finalidad de habilitar a jóvenes y adultos para el ejercicio pleno de la ciudadanía, para el trabajo y para la continuidad de sus estudios y se divide en dos ciclos, Ciclo Básico y Ciclo Orientado.
Que el art. 104 de la Ley de Educación Nacional expresa que La Educación a Distancia es una opción pedagógica y didáctica aplicable a distintos niveles y modalidades del sistema educativo nacional, que coadyuva al logro de los objetivos de la política educativa y puede integrarse tanto a la educación formal como a la educación no formal, definición se encuentra contemplada en la Ley N 9870.
Que la Resolución N 118/10 del Consejo Federal de Educación reafirma los aspectos y características más relevantes que hacen a la especificidad de la Modalidad de Jóvenes y Adultos y establece criterios que contribuyen a la integración de la misma en el Sistema Educativo.

PODER EJECUTIVO

Que en la Provincia de Córdoba se encuentran en vigencia para la educación secundaria de la modalidad de jóvenes y adultos los planes de Estudios aprobados por las Resoluciones Ministeriales N 84/11 y N
148/13 correspondientes al Ciclo Básico y Ciclo Orientado, respectivamente.
Que según Dictamen N 1957/16 la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las Ofertas de Educación a Distancia establece la aprobación plena por 4 cuatro años de la propuesta Educación Secundaria con Orientación en Informática, modalidad a distancia de la Provincia de Córdoba.

Por ello, el Dictamen N 1076/2017 del Area Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado por la Dirección General de Asuntos Legales a fs. 18, EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- RATIFICAR el dictamen N 1957/16 de la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de Ofertas de Educación a Distancia que aprueba en forma plena -por cuatro 4 añoslapropuesta Educación Secundariacon Orientación en Informática, Modalidad a Distancia,que se llevará a cabo en los Centros Educativos de Nivel Medio para Adultos C.E.N.M.A. dependientes de este Ministerio.
Art. 2.- APROBAR la estructura curricular y la carga horaria de los docentes, tutores y coordinadores del Programa de Educación a Distancia, Nivel Secundario para Jóvenes y Adultos, correspondiente a la Orientación:
INFORMÁTICA, en el marco de la Resolución Ministerial N 84/11 Ciclo básico y Resolución Ministerial N 148/13 Ciclo Orientado, conforme se detalla en el Anexo I y II, que con una 1 foja cada uno forma parte integrante de este dispositivo legal.
Art. 3.-DISPONER que al finalizar el Ciclo Orientado el egresado recibirá el título de BACHILLER ORIENTADO EN INFORMATICA.
Art. 4º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN

ANEXO: https goo.gl/abqUFx
VISTO: el Expediente N 0045-015309/2010 del registro de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales.

Convenio de adquisición por avenimiento por Decreto N 1037/2014, del inmueble propiedad de causante que fuera declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación por Ley N 10.042 para ser destinado a la ejecución de la obra PAVIMENTACIÓN RUTA PROVINCIAL E-56 TRAMO: RUTA
NACIONAL N 36 - SAN MIGUEL.
Que los reclamantes peticionan el pago de intereses compensatorios tomando como fecha de inicio y fin de su cálculo, el mes de mayo del año 2007 y el mes de junio de 2015 en ambos casos, sin especificar día, y aplicando la tasa del 6% anual fijada en el artículo 13 de la Ley N 6394.

Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones traían sobre el reclamo de intereses compensatorios efectuado por las señoras Maite Iribarren Pinciroli, Amaia Iribarren Pinciroli y Lia Victoria Pinciroli, quien actuó por derecho propio y en nombre y representación de su hijo menor de edad Iñaki Iribarren Pinciroli, herederos de Rafael Iribarren Carranza, tras la aprobación del
Que por el citado Decreto N 1037/2014 se dispuso la adquisición directa del inmueble de marras aprobando en consecuencia el Convenio de adquisición por avenimiento.
Que a través del Convenio mencionado, las partes fijaron de común acuerdo el precio del bien en la suma de $ 171.405,12, lo cual es coincidente con el informe del Consejo de Tasaciones de la Provincia de Córdoba, con más el 10% conforme lo establecido en el artículo 14 de la
Decreto N 603
Córdoba, 3 de mayo de 2017

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/06/2017 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha14/06/2017

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4148

Primera edición01/02/2006

Ultima edición25/05/2024

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