Diario Oficial El Peruano del 27/1/2020

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Source: Diario Oficial El Peruano

Lima, lunes 27 de enero de 2020 I EL PERUANO

BOLETIN OFICIAL

Isabel
3

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA MARÍTIMA DEL CALLAO
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo Nro. 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR al deudor tributario incluido en el cuadro que a continuación se detalla:
Documento de Identidad
Documento de Determinación
Deudor
Documento vinculado Resolución Jefatural de División N 118 3D5100/2020-000003

RUC N 20603241909
GRUPO INVERSION
FOSS E.I.R.L.

DAM N 118-2019-10-196315

Liquidación de Cobranza
Concepto
Monto




SE RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancías consignadas en el Acta de Inmovilización N 118-0101-2019-256, asimismo se dispone que el importador realice la entrega de las mercancías a la Gerencia de Almacenes - SUNAT, ubicada en la Av. Los Eucaliptos 371 - Urbanización Genoveva LURIN altura Km. 40 antigua Panamericana Sur - lado izquierdo, en el plazo de veinte 20
días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación de la presente Resolución, previa coordinación con la Sección de Procedimientos No Contenciosos de la IAMC vía expediente, a fin de proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 180 del Decreto Legislativo N 1053 de la Ley General de Aduanas; caso contrario, resultará de aplicación la sanción de multa por infracción prevista en el último párrafo del artículo 197, del mismo marco legal, sin perjuicio de las acciones penales correspondientes.
Regístrese y Comuníquese.

Resolución Jefatural de División N 118 3D5100/2020-000005

DNI N 25410282
DIESTRA MENDEZ
SEBASTIAN

DSI N 118-2019-18-1156




SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: ANULAR las series 3 y 4, y RECTIFICAR los pesos, cantidades y valores totales, declarados en la DSI N 118-2019-18-1156, conforme al Cuadro N 01, acción que deberá ser ejecutada por la Sección de Procedimientos No Contenciosos.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que el importador DIESTRA MENDEZ SEBASTIAN, efectúe el REEMBARQUE, de las mercancías consignadas en el Acta de Inmovilización N 118-0101-2019-000580
del 14/10/2019, concediéndole el plazo de treinta 30 días calendario, para numerar la declaración de Reembarque, contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación de la presente Resolución, vencido el cual y en caso de incumplimiento las mercancías caerán en Abandono Legal, sin perjuicio de aplicar en su oportunidad la multa que prevé el artículo 192 inciso a numeral 4 de la Ley General de Aduanas, aprobada mediante D. Leg. N 1053 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER el levantamiento automático de la inmovilización de las mercancías consignadas en el Acta de Inmovilización N 118-0101-2019-000580 del 14/10/2019, una vez numerada la declaración de reembarque conforme a lo dispuesto en el artículo precedente.
ARTÍCULO CUARTO: REMITIR copia de la presente Resolución a la División de Manifiestos a fin que se proceda al DESDATADO del Manifiesto de Carga N 118-2019-2597 respecto del Conocimiento de Embarque N 585063952 relacionado a la DSI N 118-2019-18-1156, y posteriormente, se efectúe el DATADO correspondiente a la DSI N 118-2019-18-1156, conforme al Cuadro N 01.
Cuadro N 01
Bultos Peso Bruto kg
Dice 224
2660

RUC N 20311446399
ONGD CENT.CRIST.
DE ACC.Y PROM.
SOC.CECAP

RUC N 20502790812
DISTRIBUIDORA DE
FERTILIZANTES Y
SEMILLA DIFESA
E.I.R.L. - EN
LIQUIDACION

DAM N 118-2014-10-421164

Resolución Jefatural de División N 118 3D5100/2020-000048

DAM N 118-2007-10-109543

Resolución Jefatural de División N 118 3D5100/2020-000053

RUC N 10094081187
ORTEGA JARA
MANUEL ALVERTO

DSI N 118-19-18-001255

L/C N 118-2020-005332

En ejecución de lo dispuesto en la RJD 118 3D5100/2020-000012
Liquidación de Tributos
S/ 71,714.00
Setenta y Un Mil Setecientos Catorce con 00/100 Soles
SE RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Declarar IMPROCEDENTE la Impugnación de tributos correspondiente a la DAM
N 118-2014-10-421164, solicitada mediante Expediente N 118-3D2110-2015-000543-6, por la Agencia de Aduanas MOCAYAS LOGISTICA ADUANERA S.A.C., en representación de su comitente la ONGD
CENTRO CRISTIANO DE ACCION Y PROMOCION SOCIAL CECAP, en consecuencia EMITASE
la Liquidación de Cobranza por el adeudo tributario aduanero pendiente de pago, por el importe de S/
71,714.00 Setenta y Un Mil Setecientos Catorce con 00/100 Soles desagregado en ISC a S/ 37,728.00;
IGV a S/ 30,209.00 e IPM a S/ 3,777.00; más los intereses correspondientes; acción a Cargo de la Sección de Procedimientos No Contenciosos; de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Regístrese y Comuníquese.




SE RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Declarar el COMISO de la mercancía contenida en el Acta de Retención N 16-2007, por 01 bulto con 25.00 Kg., en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, siendo el encargado de su ejecución la Sección de Procedimientos No Contenciosos de la División de Importaciones.
Regístrese y Comuníquese.




SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: ANULAR la serie 15 de la DSI Nro. 118-19-18-001255 numerada en fecha 25.10.2019 y RECTIFICAR los pesos, cantidades y valores totales declarados, acción que deberá ser ejecutada por la Sección de Procedimientos No Contenciosos de la División de Importaciones, conforme al Cuadro Nro. 01.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que el importador ORTEGA JARA MANUEL ALVERTO, efectúe por cuenta y riesgo propio el REEMBARQUE de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nro.
118-0101-2019-000634 de fecha 31.10.2019, concediéndole el plazo de treinta 30 días calendario para numerar la declaración de reembarque, contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación de la presente Resolución, vencido el cual y en caso de incumplimiento, las mercancías caerán en Abandono Legal.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER el levantamiento automático de la inmovilización de las mercancías consignadas en el Acta de Inmovilización Nro. 118-0101-2019-000634 de fecha 31.10.2019, una vez numerada la declaración de reembarque conforme a lo dispuesto en el artículo precedente.
ARTÍCULO CUARTO: REMITIR copia de la presente Resolución a la División de Manifiestos a fin que se proceda al DESDATADO del Manifiesto de Carga Nro. 118-2019-2330 respecto del Conocimiento de Embarque Nro. HLCUHAM190782250 detalle: F97 relacionado a la DSI Nro. 118-19-18-001255, y posteriormente, se efectúe el DATADO correspondiente a la DSI Nro. 118-19-18-001255, conforme al Cuadro N 01.
Cuadro N 01
Bultos Peso Bruto kg
Dice 37
716.00

MINISTERIO DE EDUCACIÓN - DIRECCIÓN
REGIONAL DE EDUCACIÓN APURÍMAC
Se pone en conocimiento para fines de ley que;
El Ministerio de Educación - Dirección Regional de Educación Apurímac - DREA, mediante D.S.
130-2001-EF y D. LEG. 1358, está realizando el procedimiento de saneamiento físico legal del predio de Nombre I.E. SECUNDARIA
DE HUAYO GRANDE, ubicado en la trocha carrozable antigua de la Comunidad Campesina de Huayo Grande, del distrito de Curpahuasi, provincia de Grau, región Apurímac, de un área de 19749.70 m2 y perímetro 550.60
ml., mediante el acto de desmembración e independización de la P.E. N 02031680, oficina registral de Abancay.
Abancay, 20 de enero del 2020.

Debe decir 221
2654
Regístrese y Comuníquese.

Resolución Jefatural de División N 118 3D5100/2020-000012

075-1848522-1

Debe decir 35
531.50
Regístrese y Comuníquese.
005-1849190-1

GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC
Dirección Regional de Educación Apurímac Mag. TITO MEDINA WARTHON
Director Regional de Educación de Apurímac 052-1848805-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PROGRESO - GRAU
Se pone en conocimiento para fines de ley que; La Municipalidad Distrital de Progreso Grau, mediante D.S. 130-2001-EF y D. LEG.
1358, está realizando el procedimiento de saneamiento físico legal del predio de Nombre Planta de Tratamiento de Aguas Residuales - Escohorno, ubicado en la Comunidad Campesina de Escohorno, del distrito de Progreso, provincia de Grau, región Apurímac, de un área de 0.6600 Has. y perímetro 340.00
ml., mediante el acto de desmembración e independización de la P.E. N03000742 Oficina Registral de Abancay.
Progreso, 16 de enero del 2020.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PROGRESO - GRAU
Manuel Johnny Ccoyure Contreras DNI 43534783
ALCALDE
052-1848806-1

CONVOCATORIA
El directorio de la Empresa De Transportes Turismo San Juanito S.A. de conformidad a lo previsto en el art. 113 y 115 de la ley general de sociedades y del estatuto social, convoca a la junta General de Accionistas que se realizará el día 31
de enero del año 2020, en el local ubicado en la Av. Alameda Sur N 125, Los Cedros, Distrito de Chorrillos a horas 9.AM. a fin de tratar lo siguiente:
AGENDA:
1.- Informe sobre inactividad de socios por más de 10 años consecutivos a la empresa.
2.- Absorción de sus acciones por los socios activos y concurrentes permanentes.
3.- Separación de socios inactivos por más de 10
años continuos por inactividad.
4.- Publicación del acuerdo de separación.
De no existir el quórum reglamentario, se cita a los socios accionistas para el día 07 de febrero de 2020, a la misma hora, en el mismo lugar para tratar la misma agenda.
Lima, 23 de enero de 2020
EL DIRECTORIO
002-1848925-1

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Diario Oficial El Peruano del 27/1/2020

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date27/01/2020

Page count32

Edition count2741

First edition01/01/2016

Last issue13/05/2024

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