Diario Oficial El Peruano del 31/1/2020

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Source: Diario Oficial El Peruano

Firmado Digitalmente por:
EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS
EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU
Fecha: 31/01/2020 05:13:05

Gerente de Publicaciones Oficiales:

VIERNES 31

RICARDO MONTERO REYES

DE ENERO DE 2020
AÑO DE LA UNIVERSALIZACIÓN
DE LA SALUD

BOLETÍN OFICIAL
SUMARIO
AVISOS DE CURSO LEGAL

A. Avisos Diversos B. Edictos Matrimoniales C. Patentes y Registros de Marca D. Concesiones, Servidumbres y E.I.A.

1
24
24
25

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Lima y Callao A. Edictos Judiciales
B. Edictos Clasificados 30

Juzgados Especializados Juzgados de Paz Letrados
30

Inscripción y Rectificación de Partidas Ineficacia de Título Valor Patrimonio Familiar Prescripción Adquisitiva Rectificación de Areas o Linderos Sucesión Intestada Curatela Especial
C. Edictos Penales
34

Provincias
34

AVISOS DE CURSO LEGAL
A.AContrataciones del Estado A.
visos Diversos Ministerio de Energía y Minas
Viceministerio de Minas
Dirección General de Minería
EDICTO
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR POR EL INCUMPLIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN
ANUAL CONSOLIDADA DAC CORRESPONDIENTE AL AÑO 2016
El Ministerio de Energía y Minas MEM a través de la Dirección General de Minería, de conformidad a lo establecido en el numeral 20.1.3 del artículo 20, y numeral 23.1.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en vía subsidiaria a la notificación realizada en forma infructuosa en los procedimientos administrativos sancionadores, procede a NOTIFICAR a las personas naturales y jurídicas que se detallan a continuación en el Anexo1:

ANEXO I

EXP / I

TITULAR MINERO

DOCUMENTO A NOTIFICAR:

I-6243-2019

ALFARO CASAS JOSE ENRIQUE

Auto Directoral N 245-2019-MINEM-DGM/DGES de fecha 10/04/2019
de conformidad con Informe N 077-2019-MEM-DGM/DAC

I-8001-2019

MACHACA FERNÁNDEZ DANITZA SONIA

Oficio N 2212-2019-MINEM/DGM de fecha 11/11/2019 e Informe N 1811-2019-MINEM-DGM-DGE/DAC

I-8544-2019

S.M.R.L. OSO POLAR JJ 2005

Oficio N 1714-2019-MINEM/DGM de fecha 09/10/2019 e Informe N 1274-2019-MINEM-DGM-DGES/DAC

ASUNTO A NOTIFICAR:
Auto Directoral N 245-2019-MINEM-DGM/DGES de fecha 10/04/2019 de conformidad con Informe N 077-2019-MEM-DGM/DAC
1. INICIESE Procedimiento Administrativo Sancionador en contra de ALFARO CASAS JOSE ENRIQUE, imputándosele a título de cargo lo siguiente:
002-1847218-1

PRESUNTA CONDUCTA INFRACTORA

NORMA QUE ESTABLECE LA OBLIGACIÓN Y LA EVENTUAL SANCIÓN

Incumplimiento de la presentación de la Declaración Anual Artículo 50 del Texto único Ordenado de la ley General de Minería, aprobado Consolidada correspondiente al año 2016
por D.S. N 014-92-EM, Resolución Ministerial N 483-2018-MEM/DM

EVENTUAL SANCIÓN

AVISO CONJUNTO DE FUSION
65% de 15 UIT

2. NOTIFÍQUESE el presente Auto Directoral e Informe que lo sustenta a ALFARO CASAS JOSE ENRIQUE, otorgándosele un plazo de cinco 05= días hábiles contados a partir del día siguiente de recibida la notificación, a efectos de que formule los descargos que corresponda respecto a la infracción imputada, de conformidad con el numeral 4 del artículo 252 del TUO de la Ley N 27444.

Oficio N 2212-2019-MINEM/DGM: Se remite el Informe N 1811-2019-MINEM-DGM-DGES/DAC, en el cual se analiza el hecho imputado mediante Auto Directoral N 601-2019-MEM-DGM/DGES de fecha 07/05/2019.
La formulación de los descargos a lo expuesto en el referido informe y/o presentación de medios probatorios estimados convenientes, deberán ser dirigidos a la Dirección General de Minería, en un plazo de cinco 05 días hábiles de notificada la presente.
En caso corresponda, dentro del plazo referido en el párrafo anterior, se podrá acoger a la reducción de multa por reconocimiento de responsabilidad, conforme a lo previsto en el inciso 2 del artículo 257 del TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Informe N 1811-2019-MINEM-DGM-DGES/DAC

Por acuerdo de Juntas Generales de Accionistas de lco Logística S.A.C e Ico Inmobiliaria S.A.C., ambas de fecha 15 de enero de 2020, dichas empresas han aprobado el Proyecto de Fusión presentado por sus Gerencias respectivamente y han decidido fusionarse bajo la forma de fusión por absorción según lo dispuesto en el Inciso 2, del artículo 344 de la Ley General de Sociedades.
Fecha de entrada de vigencia de la Fusión 15 de febrero de 2020. En virtud a tal fusión Ico Inmobiliaria S.A.C., es absorbida por Ico Logística S.A.C., la cual asume la totalidad del patrimonio de dicha empresa la misma que se extingue sin necesidad de liquidarse.
Se publica el presente aviso en cumplimiento con lo establecido por el artículo 355 de la Ley General de Sociedades.
Lima, 15 de enero de 2019.

PRESUNTA CONDUCTA INFRACTORA

NORMA QUE ESTABLECE LA OBLIGACIÓN Y LA EVENTUAL SANCIÓN

EVENTUAL SANCIÓN

Incumplimiento de la presentación de la Declaración Anual Consolidada correspondiente al año 2016

Artículo 50 del Texto único Ordenado de la ley General de Minería, aprobado por D.S. N 014-92-EM, Resolución Ministerial N 483-2018-MEM/DM literal a del numeral 2 del artículo 257 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444

50% de 1 UIT =
S/2,100.00

Las Gerencias Generales de:
Ico Logística S.A.C.
RUC N 20509422444
Ico Inmobiliaria S.A.C.
RUC N 20544171799
002-1846687-1

Oficio N 1714-2019-MINEM/DGM: Se remite el Informe N 1274-2019-MINEM-DGM-DGES/DAC, en el cual se analiza el hecho imputado mediante Auto Directoral N 797-2019-MEM-DGM/DGES de fecha 14/05/2019.
La formulación de los descargos a lo expuesto en el referido informe y/o presentación de medios probatorios estimados convenientes, deberán ser dirigidos a la Dirección General de Minería, en un plazo de cinco 05 días hábiles de notificada la presente.
En caso corresponda, dentro del plazo referido en el párrafo anterior, se podrá acoger a la reducción de multa por reconocimiento de responsabilidad, conforme a lo previsto en el inciso 2 del artículo 257 del TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Informe N 1274-2019-MINEM-DGM-DGES/DAC
PRESUNTA CONDUCTA INFRACTORA

NORMA QUE ESTABLECE LA OBLIGACIÓN Y LA EVENTUAL SANCIÓN

EVENTUAL SANCIÓN

Incumplimiento de la presentación de la Declaración Anual Consolidada correspondiente al año 2016

Artículo 50 del Texto único Ordenado de la ley General de Minería, aprobado por D.S.
N 014-92-EM, Resolución Ministerial N 483-2018-MEM/DM

65% de 15 UIT

005-1850572-1

DIRECCIÓN GENERAL DE MINERÍA
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
DIARIO: EL PERUANO

AVISO
En cumplimiento y para los fines establecidos en la Ley N26702 Ley General del Sistema Financiero y de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros
informamos, para todos los efectos a que se refiere el artículo 245 de la citada ley, se ha constituido un Patrimonio Fideicometido en Administración conforme a la minuta de fecha 10 de enero de 2020, suscrita por Consorcio Geohidráulica S.A.C. en calidad de Fideicomitente, Sigma Safi S.A. como Representante de Fideicomisarios y el Banco Internacional del Perú S.A.A. en calidad de Fiduciario.
Interbank Negocios Fiduciarios 002-1849357-1

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Diario Oficial El Peruano del 31/1/2020

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date31/01/2020

Page count44

Edition count2726

First edition01/01/2016

Last issue28/04/2024

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