Diario Oficial El Peruano del 10/1/2020
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Source: Diario Oficial El Peruano
BOLETIN OFICIAL
Lima, viernes 10 de enero de 2020 I EL PERUANO
Documento de Identidad
CED
N05005896
CED
N80113432
DNI
N70660091
DIE
N1002217205
CEX
N0954926366
Infractor
Acta de incautación
Resolución de División
3
Liquidación de Monto en Cobranza Soles
Determinación
ARTICULO PRIMERO: ACUMULAR los actuados de las actas de Inmovilización - Incautación descritas en el anexo del informe que parte de la presente, para ser resueltas 019-0202-2015- 019-3J0500/2019- mediante un solo acto administrativo, de conformidad a la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General LPAG en sus artículos 4.4, 6.4.3 y 149.
000606
001476
ARTICULO SEGUNDO: REGISTRAR en el SIGEDA la situación legal del acta de Incautación 019-0202-2015-000606, según el artículo primero como COMISO, al ser entregada al Ministerio Público entidad competente y no constituir una devolución a su propietario intervenido.
ARTICULO PRIMERO: ACUMULAR los actuados de las actas de Inmovilización - Incautación descritas en el anexo del informe que parte de la presente, para ser resueltas 019-0202-2015- 019-3J0500/2019- mediante un solo acto administrativo, de conformidad a la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General LPAG en sus artículos 4.4, 6.4.3 y 149.
000844
001476
ARTICULO SEGUNDO: REGISTRAR en el SIGEDA la situación legal del acta de Incautación 019-0202-2015-000844, según el artículo primero como COMISO, al ser entregada al Ministerio Público entidad competente y no constituir una devolución a su propietario intervenido.
ARTICULO PRIMERO: ACUMULAR los actuados de las actas de Inmovilización - Incautación descritas en el anexo del informe que parte de la presente, para ser resueltas 019-0202-2015- 019-3J0500/2019- mediante un solo acto administrativo, de conformidad a la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General LPAG en sus artículos 4.4, 6.4.3 y 149.
001060
001476
ARTICULO SEGUNDO: REGISTRAR en el SIGEDA la situación legal del acta de Incautación 019-0202-2015-001060, según el artículo primero como COMISO, al ser entregada al Ministerio Público entidad competente y no constituir una devolución a su propietario intervenido.
ARTICULO PRIMERO: ACUMULAR los actuados de las actas de Inmovilización - Incautación descritas en el anexo del informe que parte de la presente, para ser resueltas 019-0202-2019- 019-3J0500/2019- mediante un solo acto administrativo, de conformidad a la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General LPAG en sus artículos 4.4, 6.4.3 y 149.
000183
001476
ARTICULO SEGUNDO: REGISTRAR en el SIGEDA la situación legal del acta de Incautación 019-0202-2019-000183, según el artículo primero como COMISO, al ser entregada al Ministerio Público entidad competente y no constituir una devolución a su propietario intervenido.
ARTICULO PRIMERO: ACUMULAR los actuados de las actas de Inmovilización - Incautación descritas en el anexo del informe que parte de la presente, para ser resueltas 019-0202-2019- 019-3J0500/2019- mediante un solo acto administrativo, de conformidad a la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General LPAG en sus artículos 4.4, 6.4.3 y 149.
000230
001476
ARTICULO SEGUNDO: REGISTRAR en el SIGEDA la situación legal del acta de Incautación 019-0202-2019-000230, según el artículo primero como COMISO, al ser entregada al Ministerio Público entidad competente y no constituir una devolución a su propietario intervenido.
ARTICULO PRIMERO: ACUMULAR los actuados de las actas de Inmovilización - Incautación descritas en el anexo del informe que parte de la presente, para ser resueltas 019-0202-2019- 019-3J0500/2019- mediante un solo acto administrativo, de conformidad a la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General LPAG en sus artículos 4.4, 6.4.3 y 149.
000552
001476
ARTICULO SEGUNDO: REGISTRAR en el SIGEDA la situación legal del acta de Incautación 019-0202-2019-000552, según el artículo primero como COMISO, al ser entregada al Ministerio Público entidad competente y no constituir una devolución a su propietario intervenido.
ARTICULO PRIMERO: ACUMULAR los actuados de las actas de Inmovilización - Incautación descritas en el anexo del informe que parte de la presente, para ser resueltas 019-0202-2019- 019-3J0500/2019- mediante un solo acto administrativo, de conformidad a la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General LPAG en sus artículos 4.4, 6.4.3 y 149.
000666
001476
ARTICULO SEGUNDO: REGISTRAR en el SIGEDA la situación legal del acta de Incautación 019-0202-2019-000666, según el artículo primero como COMISO, al ser entregada al Ministerio Público entidad competente y no constituir una devolución a su propietario intervenido.
ARTICULO PRIMERO: Acumular, para resolver en un solo acto, las siete 07 actas de incautación detalladas en el informe que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad a los artículos 4.4, 6.4.3 y 149 de la ley 27444, Ley del procedimiento administrativo general, .
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a las mercancía descritas en el Acta de incautación N.º 019-0202-2019-001319, de conformidad con el artículo 38 de TOAPANTA 019-0202-2019- 019-3J0500/2019la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros CASA LAURA
001319
1392
ARTICULO TERCERO: Sancionar con MULTA a TOAPANTA CASA LAURA identificado con CED N05005896, por un monto ascendente a USA$ 132.60, equivalente a S/ 446.00 Cuatrocientos cuarenta y seis con 00/100 Soles, por tener la remitente la condición de responsable infractora de la mercancía intervenida, de conformidad con el artículo 36 de la ley 28008-Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO: Acumular, para resolver en un solo acto, las siete 07 actas de incautación detalladas en el informe que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad a los artículos 4.4, 6.4.3 y 149 de la ley 27444, Ley del procedimiento administrativo general, .
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a las mercancía descritas en el Acta de incautación N.º 019-0202-2019-001301, de conformidad con el artículo 38 de SIERRA
019-0202-2019- 019-3J0500/2019la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros CONTRERAS
001301
1392
ARNOLD
ARTICULO TERCERO: Sancionar con MULTA a SIERRA CONTRERAS ARNOLD identificado con CED N80113432, por un monto ascendente a USA$ 552.02, equivalente a S/ 1,876.00 Un mil ochocientos setenta y seis con 00/100 Soles, por tener el remitente la condición de responsable infractor de la mercancía intervenida, de conformidad con el artículo 36 de la ley 28008-Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO: Acumular, para resolver en un solo acto, las seis 06 actas de incautación detalladas en el informe que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad a los artículos 4.4, 6.4.3 y 149 de la ley 27444, Ley del procedimiento administrativo general.
IPANAQUE
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a las mercancías descritas en el Acta de incautación N.º 019-0202-2018-000340, de conformidad con el artículo 38 de 019-0202-2018- 019-3J0500/2019VILLEGAS
la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros 000340
1388
JUNIOR
ARTICULO TERCERO: Sancionar con MULTA a IPANAQUE VILLEGAS JUNIOR ARANDU identificado con DNI N70660091, por un monto ascendente a USA$ 220.18, ARANDU
equivalente a S/ 711.00 Setecientos once con 00/100 Soles, por tener el remitente la condición de responsable infractor de la mercancía intervenida, de conformidad con el artículo 36 de la ley 28008-Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO: Acumular, para resolver en un solo acto, las dieciocho 18 actas de incautación detalladas en el rubro 3.3 del informe que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad a los artículos 4.4, 6.4.3 y 149 de la ley 27444, Ley del procedimiento administrativo general, .
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a las mercancías descritas en el Acta de incautación N.º 019-0202-2019-000601, de conformidad con el artículo 38 de ALBERTO
019-0202-2019- 019-3J0500/2019la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros CAMUENDO
000601
001375
LECHON
ARTICULO TERCERO: Sancionar con MULTA a ALBERTO CAMUENDO LECHON identificado con DIE N1002217205, por un monto ascendente a USA$ 319.38, equivalente a S/ 1,064.00 Un mil sesenta y cuatro con 00/100 Soles, por tener el remitente la condición de responsable infractor de la mercancía intervenida, de conformidad con el artículo 36 de la ley 28008-Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO: Acumular, para resolver en un solo acto, las dieciocho 18 actas de incautación detalladas en el rubro 3.3 del informe que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad a los artículos 4.4, 6.4.3 y 149 de la ley 27444, Ley del procedimiento administrativo general, .
HERRERA
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a las mercancías descritas en el Acta de incautación N.º 019-0202-2019-000603, de conformidad con el artículo 38 de 019-0202-2019- 019-3J0500/2019QUINTO
la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros 000603
001375
SHIRLEY
ARTICULO TERCERO: Sancionar con MULTA a HERRERA QUINTO SHIRLEY ISABEL identificado con CEX N0954926366, por un monto ascendente a USA$ 713.22, ISABEL
equivalente a S/ 2,376.00 Dos trecientos setenta y seis con 00/100 Soles, por tener la remitente la condición de responsable infractora de la mercancía intervenida, de conformidad con el artículo 36 de la ley 28008-Ley de los Delitos Aduaneros.
2019-007497
446.00
2019-007500
1,876.00
2019-007481
711.00
2019-007423
S/1,064.00
2019-007440
2,376.00
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR la Resolución de División N 0193J0400/2019-00258 del 02.01.2020 a los ciudadanos extranjeros detallados a continuación que se ha declarado sanción de COMISO establecida en el último párrafo del artículo 197º del Decreto Legislativo Nº 1053, Ley General de Aduanas al haber vencido el plazo autorizado de permanencia en el Perú conforme al certificado de internamiento temporal correspondiente.
Se precisa que los usuarios deben apersonarse a recabar copia del documento notificado, en la Intendencia de Aduana Tumbes ubicada en CEBAF - Altura del Km. 1293 Eje Vial 01 Aguas Verdes - Zarumilla Tumbes.
Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá ser impugnado dentro del término de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación.
NUMERO
REGISTRO
15-019-02052017-000013
15-019-02052017-000598
15-019-02052017-001454
15-019-02052018-000893
15-019-02052018-001755
15-019-02052018-002235
15-019-02052018-002253
15-019-02052018-002466
15-019-02052018-002467
15-019-02052018-002725
15-019-02052018-002760
15-019-02052018-002786
15-019-02052018-002848
15-019-02052018-003015
15-019-02052018-003355
PLACA
PAIS PLACA
FECHA
INGRESO
FECHA
VENCIMIENTO
AC7F83U
VENEZUELA
27/06/2017
26/06/2018
PROPIETARIO
Tipo Documento
LUIS ENRIQUE DEL
Cédula de Identidad 84490941
POZO POMASONCO
LUIS ALBERTO LOPEZ
Pasaporte AT629550
DIAZ
RICHARD RAE
Pasaporte HP406365
GALLAGHER
JESUS ESNEIDER
Cedula de identifi1036630079
CARDONA LOPEZ
cación CHRISTIAN ADONAY
Cedula de identifi8359579
BETANCURT RUIZ
cación MARTA LUZ SANCHEZ
Cédula de Identidad 43270270
ACOSTA
OTROS
VERDE
2007
9FJDB1Z5BAB01289
JEGBTJ4733
BAJAJ
MOTOCICLETA
PULSAR 135
NEGRO
2011
9FLA18AZ0GD00468
DUZWFM15318
BAJAJ
MOTOCICLETA
CT 100
NEGRO
2016
1HGFA15808L500821
R18A13530175
HONDA
SEDAN
CIVIC
AZUL
2008
C3J1L3GYG
9F2A81802GA003075
163FMKNQ121205
AKT
MOTOCICLETA
AK200TT
BLANCO
2016
Pasaporte
NMRK771L2
9FLA18AZ9KDB27047
DUZWHC40431
BAJAJ
MOTOCICLETA
BOXER
NEGRO
2018
Pasaporte
NSHK45K12
9FLA18AZ8KDB25953
DUZWHD49300
BAJAJ
MOTOCICLETA
BOXER
NEGRO
2018
Pasaporte
C5YP28P55
2FTRF17272CA56628
-
FORD
PICK UP
F150
BLANCO
2002
DNI
7559491
9GAJM52367B072472
T18SED183960
CHEVROLET
SEDAN
OPTRA
GRIS
2007
9BFZB55N8H8635148
MVJAH8635148
FORD
SUV
ECOSPORT
ROJO
2017
8ZNSKCE06DG316565
6DG316565
CHEVROLET
SUV
TAHOE
AZUL
2013
SJNFBAJ11GA549429
MR20389485W
NISSAN
SUV
QASHQAI
VIOLETA
2017
LC6PCJG95D0021914
157FMI3A2T76622
SUZUKI
MOTOCICLETA
GN125H
NEGRO
2013
COLOMBIA
30/01/2018
29/01/2019
YCT19D
COLOMBIA
10/03/2018
07/06/2018
FGZ465
COLOMBIA
01/04/2018
27/09/2018
ZOS40D
COLOMBIA
02/04/2018
30/06/2018
MIRKO HANS
Pasaporte
SRT74E
COLOMBIA
22/04/2018
20/07/2018
THOM WENSINK
SRT75E
COLOMBIA
22/04/2018
20/07/2018
LJ4886
CANADA
13/05/2018
10/08/2018
AC534CF
VENEZUELA
17/05/2018
14/08/2018
13/11/2018
JCRK15
CHILE
08/06/2018
07/07/2018
512JRA
ARGENTINA
03/07/2018
30/09/2018
2014
MOTOCICLETA
KVP36C
25/05/2018
AMARILLO
KAWASAKI
18/10/2018
VENEZUELA
2013
SKYGO
JKALXMH197DA19708
19/10/2017
AB841BN
GRIS
2V49FMMD1229864
JKALXMH197DA19708
CANADA
16/08/2018
SG250ST-2
S/N
MOTOCICLETA
W04116
19/05/2018
MOTOCICLETA
TIPO
BAJAJ
17/08/2018
CHILE
AÑO
FABR.
MARCA
JLZCDK58888
18/08/2017
JUAN WONG KUANG
COLOR
MOTOR
9FLA36FZXEBE12864
COLOMBIA
MARKUS HUBERTUS
JOHANNES
JONAS HANNES PAUL
EICHINGER
MODELO
CHASIS
PULSAR 220
NAKED
AZC13D
JKSG906
Nº. DOC
IDENTIDAD
MARIO MIGUEL FLORES
Cédula de Identidad 122525244
CORRO
SEBASTIAN RICARDO
Pasaporte 147847108
URRUTIA VARGAS
EFRAIN NAPOLEON
Cédula de Identidad 234040693
VACA
MATEO LUIS MONTES
Pasaporte 38254949
DE OCA .