Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/9/2023

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 176
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE POLITICA INDUSTRIAL Y ENERGIA
CADIZ

RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS EN
CÁDIZ POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA
Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN
ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN.

Expediente: AT-15394/22

Visto el expediente AT-15394/22, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:

- Peticionario: EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES S.L.U.

Domicilio: C/ Ronda del Pelirón, 5 - 11405 Jerez de la Frontera Cadiz
- Lugar donde se va a establecer la instalación: CARRETERA N-340,
Término municipal afectado: Algeciras
- Finalidad: Mejorar la calidad de suministro de la zona
Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación Territorial es competente para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimiento de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como en la Resolución de 11 de marzo de 2022 de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Servicio de Energía, RESUELVE

CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y
AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a EDISTRIBUCIÓN
REDES DIGITALES S.L.U. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

PROYECTO DE DESVÍO Y SOTERRAMIENTO DE LÍNEAS AÉREAS
DE MEDIA TENSIÓN "LA_CANTERA" Y "TARIFA1"
L.A.M.T.
- Desmontaje , junto con dos apoyos existentes, del tramo de línea aérea D/C, "LA_CANTERA" y "TARIFA1", entre el apoyo existente A160233 y la S.E.
"GETARES", longitud de 105 m.
- Instalación de nuevo apoyo de celosía.
- Instalación en el nuevo apoyo AP1 de dos conversiones aéreo-subterránea con dos juegos de seccionadores y antiescalo.
L.S.M.T.
- Desmontaje de línea subterránea en doble circuito comprendido entre el apoyo A160231 a desmontar y la entrada 165 y 265 de la S.E. "GETARES", longitud 92 m.
1

2

Origen
Final
HUSO 30 HUSO 30
1 LAMT X=7278532 X=278607
Y=3998965 Y=3998912

Tipo
3 4

5

Apoyos
Aérea
20 0,105

LA-78

Metálicos en celosía
RH5Z1
HUSO 30 HUSO 30
18/30 KV
2 LSMT X=278607 X=278854 Subterránea 20 0,42 3x1x240
Y=3998912 Y=3998904
mm2 Al + H16
1 Línea 2 Descripción 3 Tensión kV 4 Longitud km 5 Conductores
La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

14 de septiembre de 2023

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

6. Esta Resolución podrá quedar sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Veintiséis de agosto de dos mil veintitrés. LA DELEGADA TERRITORIAL.
MARIA INMACULADA OLIVERO CORRAL. Firamdo.
Nº 116.415


CONSEJERIA DE EMPLEO, EMPRESAS
Y TRABAJADORES AUTONOMOS
CADIZ
CONVENIO O ACUERDO:
TRANSPORTES URBANOS DE VIAJEROS DE LA PROVINCIA DE CADIZ

Expediente: 11/01/0203/2023

Fecha: 22/08/2023

Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN

Destinatario: JAIME SUAREZ OCAÑA

Código 11100025012013.

Visto el texto del Convenio Colectivo relativo al sector TRANSPORTES
URBANOS DE VIAJEROS DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ, con vigencia desde el 1
de enero 2020 a 31 de diciembre 2025, suscrito por la representación de la empresa y la de los trabajadores el 22 de mayo de 2023, presentado a través de medios electrónicos en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo el 29 de junio de 2023, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores;
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de Trabajo; Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de trabajo; Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, así como el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.
RESUELVE:

Primero: Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo relativo al sector TRANSPORTES URBANOS DE VIAJEROS DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ, en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cádiz, a 22 de agosto de 2023. DELEGADO TERRITORIAL DE LA
DELEGACIÓN DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTONOMO, DANIEL
SANCHEZ ROMAN. Firmado.
CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTES URBANOS
DE VIAJEROS DE LA PROVINCIA DE CADIZ, PARA LOS AÑOS 2020, 2021, 2022, 2023, 2024 Y 2025.
CAPITULO I

CONDICIONES GENERALES

ARTICULO 1.- AMBITO FUNCIONAL.

El presente Convenio Colectivo se aplicará a las empresas y cooperativas con trabajadores por cuenta ajena, dedicadas al Servicio de transporte urbano de viajeros con autobuses y microbuses.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/9/2023

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date14/09/2023

Page count19

Edition count6005

First edition02/01/2001

Last issue26/04/2024

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