Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 18/11/2022

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

18 de noviembre de 2022

B.O.P. DE CADIZ NUM. 221

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

6. Esta Resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cinco de octubre de dos ml veintidós. LA DELEGADA TERRITORIAL.
MARIA INMACULADA OLIVERO CORRAL. Firmado.
Nº 116.951


CONSEJERIA DE POLITICA INDUSTRIAL Y ENERGIA
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y DE POLÍTICA INDUSTRIALY ENERGÍA EN
CÁDIZ POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA
Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN
ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN. Expediente: AT-15184/22.

Visto el expediente AT-15184/22, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Peticionario: EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES S.L.
Domicilio: C/ Ronda del Pelirón, 5 - 11405 Jerez de la Frontera Cadiz Lugar donde se va a establecer la instalación: EL ZABAL
Término municipal afectado: La Línea de la Concepción Finalidad: Mejoras
Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación Territorial de la Junta de Andalucía en Cádiz es competente para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimiento de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 163/2022, de 9
de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como en la Resolución de 11 de marzo de 2022
de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Servicio de Energía, RESUELVE

CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y
AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a EDISTRIBUCIÓN
REDES DIGITALES S.L. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

SOTERRAMIENTO DE LA L.A.M.T. A 15 KV DENOMINADA
CAMPAMEN_2 ENTRE EL CD-28497 ZABAL Y ELAPOYO A166251 EXISTENTE, Y NUEVOS CENTROS DE TRANSFORMACIÓN

L.A.M.T.
Desmontaje del tramo de línea aérea, junto con los 8 apoyos intermedios y aparamenta incluida, entre el CD-28497 ZABAL y el CD-28472 ZABAL_1, longitud conductor 800 m.
Desmontaje del tramo de línea aérea, junto con los 8 apoyos intermedios y aparamenta incluida, entre el CD-28472 ZABAL_1 y el apoyo A166247 , longitud 1080 m, Desmontaje del tramo de línea aérea, entre el apoyo A166251 y el PT 28415 FINCA.
PEREZ longitud de 20 m.
Instalación en los apoyos A166243 y A166251, de una conversión aérea-subterránea, equipados con un juego de tres autoválvulas, y antiescalos.

L.S.M.T.

Desmontaje:
Tramo de línea subterránea denominada CAMPAMEN_2, entre el apoyo A166242
y el CD-28341 ZABAL_2,longitud 10 m.

Página 3

Tramo de línea subterránea denominada VT_MERCHOR, entre las arquetas A2nº12
y A2nº13 a instalar interceptando la canalización existente, para su empalme con nuevo conductor, longitud 2,5 m.
Tramo de línea subterránea denominada VT_MERCHOR, entre las arquetas A2nº16
y A2nº17 a instalar interceptando la canalización para empalme con nuevo conductor, longitud 2,5 m.
Instalación:
Tipo de conductor: RH5Z1 18/30 kV 3x1x240 mm2 Al XLPE
Tensión de servicio: 20 kV.
Línea subterránea de media tensión S/C, entre la celda de línea 17 del nuevo CD28341 ZABAL_2 y la conversión aérea-subterránea a instalar en el apoyo A166243
existente, con una longitud 105 m.
Línea subterránea de media tensión S/C, , entre la celda de línea 37 del nuevo CD-28341
ZABAL_2 y la arqueta A2nº12 a instalar interceptando la canalización existente para empalme con LSMT existente denominada VT_MERCHOR procedente de la celda de línea 17 del CD-60368 EUROPLAYA_1, longitud 330 m.
Línea subterránea de media tensión S/C , entre la celda de línea 47 del nuevo CD-28341
ZABAL_2 y la arqueta A2nº13 a instalar interceptando la canalización existente, para empalme con LSMT existente denominada VT_MERCHOR procedente de la celda de línea 27 del CD-80648 SECC.MONTE.CALPE, una longitud 330 m.
Línea subterránea de media tensión S/C, entre la celda de línea 47 del nuevo CD-28415
FINCA.PEREZ y la conversión aérea-subterránea a instalar en el apoyo A166251
existente, con una longitud 30 m.
Línea subterránea de media tensión S/C , entre la celda de línea 17 del nuevo CD-28415
FINCA.PEREZ y la arqueta A2nº16 a instalar interceptando la canalización existente, para empalme con LSMT existentedenominada VT_MERCHOR procedente de la celda de línea 17 del CD-67384 SOBREVELA, una longitud 5 m.
Línea subterránea de media tensión S/C , entre la celda de línea 37 del nuevo CD-28415
FINCA.PEREZ y la arqueta A2nº17 a instalar interceptando la canalización existente, para empalme con LSMT existente denominada VT_MERCHOR procedente de la celda de línea 037 del CD-71048 TRILLO, longitud 5 m.

C.T.

Desmontaje:
Centro de transformación CD-28472 ZABAL_1
Centro de transformación CD-28472 ZABAL_2, Centro de transformación PT-28415 "FINCA.PEREZ"

Instalación:
COORDENADAS UTM ETRS89 HUSO: 30
Nuevo CD-28341 ZABAL_2: Xm: 289669; Ym: 4007690
Nuevo CD-28415 FINCA.PEREZ: Xm: 289444; Ym: 4008097
Centro de transformación Nuevo CD-28341 ZABAL_2
Tipo: de obra civil en edificio integrado Relación: 24-20/0,4 kV.
Composición: 3L+1P; siendo 2L+1P compactas y 1L modular Transformador : 250 kVA.
Nuevo centro de transformación Nuevo CD-28415 FINCA.PEREZ
Tipo: de obra civil en edificio integrado Relación: 24-20/0,4 kV.
Composición: 3L+1P; siendo 2L+1P compactas y 1L modular Transformador: 50 kVA.

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

6. Esta Resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 18/11/2022

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date18/11/2022

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Last issue02/05/2024

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