Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 17/11/2022

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 220
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE EMPLEO, EMPRESAS
Y TRABAJADORES AUTONOMOS
CADIZ
CONVENIO O ACUERDO: CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL DE
LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE LAS PLAYAS DE ALGECIRAS
Expediente: 11/01/0230/2022
Fecha: 08/11/2022
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: JUAN JOSE DOMINGO ALBEROLA
Código 11003992012006.

Visto el texto del Convenio Colectivo relativo al PERSONAL DE
LA EMPRESA DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTOS DE LAS PLAYAS DE
ALGECIRAS , con vigencia desde el 1 de enero 2022 a 31 de diciembre 2023, suscrito por la representación de la empresa y la de los trabajadores el 1-06-2022, presentado a través de medios electrónicos en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo el 9-08-2022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 713/2010, de 28
de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de Trabajo; Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de trabajo; Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, así como el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.
RESUELVE:

Primero: Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo relativo al PERSONAL DE LA EMPRESA DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTOS DE LAS
PLAYAS DE ALGECIRAS , en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cádiz, a 8 de noviembre de 2022. Delegado Territorial, Fdo.: DANIEL
SÁNCHEZ ROMÁN.
ACTA DE SUBSANACIÓN DE LA COMISION NEGOCIADORA
CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL DEL SERVICIO DE PLAYAS EN
ALGECIRAS - URBASER S.A.
ASISTEN:
Por parte social Delegados de Personal:
Por la empresa:
D. Patricia Campos Jiménez.
D. Miguel Angel González Alba D. Christian Losada Villegas D. Juan J. Domingo Alberola.
D. Manuel Glauder Pérez.
D. Daniel López Pérez.

Se inicia la reunión, que tiene lugar en instalaciones de la empresa, siendo las 10.00 horas del 4 de noviembre de 2022, con los asistentes relacionados, partes legitimadas, reconociéndose mutuamente capacidad, con el siguiente orden del día:

PRIMERO: SUBSANACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO

Se reúne la comisión negociadora del convenio colectivo señalado, tras haberse recibido notificación de la Delegación Territorial de Cádiz de la Consejería de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, de 18 de octubre de 2022, al objeto de tratar y dar respuesta al contenido de la misma subsanación de deficiencias localizador FO34BF71 11003992012006.
A tal efecto, la Comisión resuelve:

En relación con el apartado a
Sobre las medidas concretas para hacer efectivos los principios generales sobre igualdad y no discriminación:

Como la propia resolución intuye, remitirse al Plan de Igualdad de aplicación Plan de Igualdad de Urbaser, SAU, donde vienen contenidas y desarrolladas las medidas señaladas.

Sobre los permisos retribuidos art. 14:

Se hace constar que el citado artículo contemplaba: Cualquier otro permiso, distinto a los señalados en el presente artículo, venga establecido por la legislación vigente, dando cabida la normativa señalada en la resolución de subsanación, - reciente R.D.-ley 6/2019, de 1 de marzo.- , no obstante, reconociendo el carácter obsoleto del permiso por alumbramiento y al objeto de dar mayor claridad a la remisión normativa, se da una nueva redacción al señalado art. 14, que quedaría con la siguiente redacción literal sustituyendo a la anterior redacción:

ARTICULO 14º PERMISOS RETRIBUIDOS.

Todos los trabajadores afectados por el presente convenio tendrán derecho a disfrutar de las licencias en las formas y condiciones que a continuación se expresan, sin perjuicio de todo aquel otro permiso o situación de suspensión legalmente contempladas, queriendo señalar expresamente los contemplados en los actuales arts. 34 y 48 del Estatuto de los Trabajadores:
Por matrimonio o unión de hecho, debidamente inscrita en el registro habilitada al efecto, 16 días naturales.

17 de noviembre de 2022

Fallecimiento de familiar en primer grado, por consanguinidad o afinidad 4 días laborables y Fallecimiento de familiar en segundo grado, por consanguinidad o afinidad, dos días laborables Accidente o enfermedad graves, hospitalización, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, 3 días naturales. En el caso de hospitalización, los días podrán disfrutarse dentro de los 7 días siguientes al hecho causante y mientras se mantenga el mismo. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, se ampliará en 3 días naturales más. En caso de intervención quirúrgica, sin hospitalización pero que requiera reposo domiciliario, 2 días naturales, y cuatro días naturales, si el trabajador necesite hacer desplazamiento a tal efecto.
El tiempo necesario para la asistencia a los exámenes, para la obtención de un título académico o profesional.
Traslado de domicilio habitual 2 días naturales.
El tiempo necesario para asistencia al médico, con posterior justificación.
Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal.
1 día natural o 2 días si es fuera de la provincia por matrimonio de padres, hijos, nietos y hermanos, de uno u otro cónyuge, pareja de hecho o persona con la que conviva Tendrá la misma consideración que cónyuge la persona que conviva de manera estable con el trabajador/a, debidamente inscrita en registro habilitado al efecto.

Cualquier otro permiso, distinto a los señalados en el presente artículo, venga establecido por la legislación vigente.

Todos los permisos serán remunerados con todos los conceptos establecidos en la Tabla Salarial Anexo I.

Sobre el protocolo:

Conforme a la disposición adicional segunda del convenio colectivo, se hace constar el alcance del señalado Protocolo de Acoso Laboral y Código de Actuación del Grupo Urbaser S.A.U., cuyo objeto, literalmente, es:
i adoptar las medidas necesarias para evitar cualquier situación de acoso ii facilitar que los empleados puedan identificar cualquier situación de acoso moral, sexual, por razón de sexo y de trato discriminatorio.
iii establecer un procedimiento de actuación protocolo que permita investigar y, en su caso, sancionar las posible conductas de acoso.

Sobre el apartado B

Adjuntas a la presente, se remiten las tablas aparte, en formato Excel.

Sobre el apartado C

Se reconoce el carácter excesivamente extensivo del contenido dicha cláusula, debiendo limitarse y referenciarse debidamente, para lo cual, se modifica la redacción del mismo, que quedaría con la siguiente redacción literal sustituyendo a la anterior redacción:

DISPOSICIÓN FINAL

El presente convenio colectivo, de carácter estatutario, tiene eficacia general y conforme lo dispuesto en el art. 82 ET obliga a todos los empresarios y trabajadores incluidos dentro de su ámbito de aplicación y durante todo el tiempo de su vigencia, debiendo ser presentado ante la autoridad laboral a los efectos de registro.

SEGUNDO: RESOLUCIÓN Y REMISIÓN

En virtud de lo expuesto, la presente Comisión considera y manifiesta tener resueltas las deficiencias comunicadas, resolviendo su remisión a la citada Consejería, para la continuación del trámite de registro, inscripción y publicación.

En prueba de conformidad, suscriben el presente los asistentes relacionados una vez leído y aprobado, firmándolo en el lugar y fechas indicados CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL DEL
SERVICIO DE PLAYAS EN ALGECIRAS - URBASER S.A.
CAPITULO I.
CONDICIONES GENERALES.

ARTÍCULO 1º. ÁMBITO TERRITORIAL, FUNCIONAL Y PERSONAL.
A. Ámbito Territorial: El presente convenio colectivo rige y regula las relaciones laborales de la empresa y sus trabajadores/as, afectando territorialmente al término municipal de Algeciras.
B. Ámbito Funcional: Las actividades que comprenden el presente convenio, son las propias de la limpieza, retirada de residuos y mantenimiento de las playas del término municipal de Algeciras como, La playa del Rinconcillo, la playa de Getares, la playa del Chinarral y la playa de Cala-Arena, según contrato con el Ayuntamiento de Algeciras.
La Empresa deberá realizar todos los servicios de la limpieza y mantenimiento de las playas del término municipal de Algeciras con el Personal adscrito a su plantilla.
C. Ámbito Personal: El presente Convenio Colectivo será de aplicación a todo el Personal Fijo, Fijos Discontinuos o tiempo parcial, y/o de nueva contratación D. Prelación de Normas: En lo no previsto expresamente en el presente Convenio Colectivo, será de aplicación el estatuto de los trabajadores o norma convencional de superior rango a este convenio.

ARTICULO 2º. ENTRADA EN VIGOR.

El presente Convenio entrará en vigor el día siguiente de su firma por cada una de las partes, es decir, por la Empresa y por la Representantes de los Trabajadores, siendo sus efectos económicos aplicables con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2022.

ARTÍCULO 3º. AMBITO TEMPORAL.

El convenio colectivo tendrá una duración de 2 años, finalizando su vigencia el 31 de diciembre de 2023.

Llegada la finalización de la vigencia señalada, se entenderá prorrogado si no media denuncia del mismo por alguna de las partes con dos meses de antelación a su vencimiento. En caso de no mediar denuncia continuará vigente hasta la firma del nuevo Convenio que lo sustituya.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 17/11/2022

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date17/11/2022

Page count11

Edition count6003

First edition02/01/2001

Last issue24/04/2024

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