Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/7/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 125

En los supuestos de ausencia del/la Presidente/a titular o suplente o del/
la Secretario/a titular o suplente, las funciones de ambos serán ejercidas por los/as Vocales designados/as.

5. Los miembros del órgano deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia de la Diputación Provincial, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas durante los cinco años inmediatamente anteriores a la publicación de esta convocatoria. Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a los miembros del órgano cuando concurran dichas circunstancias, a tenor de lo establecido en el artículo 24 de la misma ley.

El órgano de selección resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de la convocatoria, quedando facultado para adoptar todas aquellas determinaciones que estime pertinentes para el correcto desarrollo de los ejercicios, tanto en lo que se refiere, si fuera necesario, a fijación de distintas sedes para su realización, como cualquier otra contingencia de carácter organizativo que pudiera surgir en el desarrollo del proceso selectivo.

6. La composición del órgano de selección se hará pública en el BOP de Cádiz y en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz, a efectos de posibles recusaciones, a tenor de lo establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

7. El órgano de selección que actúe en estas pruebas, a efectos del abono de asistencia a sus miembros, tendrá la categoría 2, de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

8. El órgano de selección no podrá proponer la promoción del personal de un número superior al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, con el fin de asegurar la cobertura de las plazas, cuando se produzcan renuncias de las personas aspirantes seleccionadas, antes de su nombramiento o toma de posesión, la Presidencia podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los/as aspirantes que sigan a las personas propuestas, para su posible promoción.

Los acuerdos del órgano de selección se harán públicos en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz.

SÉPTIMA.- SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DE LAS
PRUEBAS.

1. Sistema de selección
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.

2. Fase de Oposición
Podrán concurrir a la fase de oposición las personas aspirantes que hubieran sido admitidas definitivamente al proceso selectivo.

La oposición consistirá en la realización de los dos ejercicios obligatorios que a continuación se indican, siendo todos ellos de carácter eliminatorio, de modo que la no superación de un ejercicio comportará la imposibilidad de concurrir a los siguientes.

2.1. Primer ejercicio: consistirá en la realización de un examen teórico, consistente en un cuestionario tipo test de 50 preguntas, más 10 de reserva, con 4
respuestas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta, que versarán sobre el temario previsto en el Anexo I que se adjunta en las bases específicas.

Las preguntas adicionales de reserva del cuestionario tipo test, sustituirán por su orden correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de los ejercicios.

Este ejercicio, de carácter eliminatorio, se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos para superarlo. Quienes no lo superen, serán calificados como No Aptos/as.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor. Se valorará con 0,20 puntos cada una de las preguntas contestadas correctamente, penalizando cada contestación errónea un cuarto del valor de una respuesta correcta 0,05 puntos. Las respuestas en blanco no penalizan. En caso de señalar más de una opción se considerará como respuesta en blanco.

El tiempo máximo para la realización del primer ejercicio será de 60
minutos.

Durante la realización de este ejercicio las personas aspirantes no podrán hacer uso de ningún texto o material de consulta.

2.2. Segundo ejercicio: consistirá en la realización de un ejercicio práctico sobre las funciones propias de la plaza, que consistirá en contestar por escrito a preguntas relacionadas con el programa que figura como Anexo I, que planteará el órgano de selección inmediatamente antes de su comienzo. Posteriormente, el ejercicio se leerá, por cada participante, ante el propio órgano de selección, públicamente. Los criterios y sistema de puntuación serán comunicados por el tribunal antes de la realización del ejercicio.

El tiempo concedido para la realización de este ejercicio será un máximo de una hora.

Se valorará la preparación y correcta aplicación de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados.

2.3. El día, hora y lugar del comienzo del primer ejercicio, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, con 15 días de antelación como mínimo.

El día, hora y lugar de los restantes ejercicios se publicará en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz, con una antelación de al menos 12 horas si se trata del mismo ejercicio o de 24 horas si se trata de uno nuevo.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

2.4. El órgano de selección tomará las medidas necesarias para que las personas con discapacidad que lo hayan solicitado puedan realizar los ejercicios contando con las adaptaciones que les permitan gozar de condiciones similares a las del resto de participantes.

2 de julio de 2021

2.5. El orden de llamamiento y la actuación de las personas aspirantes en la lectura de los ejercicios se establecerá de acuerdo con el orden resultante del sorteo realizado el día 21 de enero de 2021 en las dependencias de la Secretaría General de la Diputación Provincial de Cádiz y con la presencia de dos funcionarios de la Diputación Provincial de Cádiz designados por la Secretaria General. Efectuado el sorteo, resulta insaculada la letra S, procediéndose a su publicación en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz.

La lectura de los ejercicios se realizará en llamamiento único y se efectuará públicamente. Únicamente será posible un segundo llamamiento cuando la causa de incomparecencia sea comunicada antes de la realización del siguiente ejercicio y esté motivada por fuerza mayor, debidamente justificada.

2.6. Cada uno de los ejercicios de la fase de oposición será eliminatorio, siendo calificados separada e independientemente hasta un máximo de diez puntos 10.00, quedando eliminadas las personas aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos 5.00 en cada uno de ellos.

2.7. El resultado de cada uno de los ejercicios será publicado en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Corporación y en la web corporativa.

2.8. La nota final de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios superados.

3. Fase de Concurso
Finalizada la fase de oposición, el órgano de selección requerirá a las personas aspirantes que la hayan superado, para que en el plazo máximo de diez días hábiles presenten la documentación acreditativa de los méritos que posean, debiendo hacerlo mediante documentación con firma electrónica.

Los méritos a valorar en la fase de concurso habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. No se valorarán méritos presentados con posterioridad a la fecha de finalización del plazo indicado. Los méritos en los que no quede suficientemente acreditado el extremo que el/la aspirante pretende que se le valore o que no estén debidamente compulsados, no serán valorados.

La valoración de los méritos se ajustará a los siguientes criterios:

3.1. Servicios Prestados: Máximo 6 puntos.

En el caso que se hayan estado prestando estos servicios de manera provisional, solo se valorará cuando se haya accedido a los mismos de forma reglamentaria.
- Servicios prestados en la Administración Pública, en igual categoría y denominación:
0,05 puntos por mes. Máximo 3 puntos.
- Servicios prestados en la Administración Pública, en el Subgrupo/Grupo o equivalente de laborales fijos, inmediatamente inferior al establecido en la convocatoria y con funciones de la plaza que se convoca: 0,05 puntos por mes. Máximo 3 puntos.
- Servicios prestados en la Administración Pública, en el Subgrupo/Grupo o equivalente de laborales fijos, inmediatamente inferior al establecido en la convocatoria y con funciones distintas de la plaza que se convoca: 0,02 puntos por mes. Máximo 1 punto.

Cuando fuese necesario el cómputo por días, los meses se entenderán de treinta días. Los periodos inferiores al mes o de horario inferior al ordinario se valorarán proporcionalmente al trabajo efectivo realizado sobre la jornada ordinaria en la Administración Pública.

Los servicios prestados en la Administración Pública deberán ser justificados mediante certificado oficial.

Los servicios prestados en la Diputación Provincial de Cádiz, excluidos todos sus organismos y sociedades, no requerirán la presentación del certificado oficial a que se alude en el párrafo anterior, si bien deberán ser consignados en la instancia que se formule a efectos de su toma en consideración. Desde la propia Diputación Provincial, a través del Área de Función Pública, se comprobarán los datos y se corregirán los errores materiales que se adviertan.

En todo caso, la puntuación máxima total a alcanzar por Servicios Prestados no podrá ser superior a 6 puntos.

3.2. Formación: Máximo 4 puntos.

Se valorará la Formación Académica, los cursos de Formación, los cursos de Prevención en Riesgos Laborales y en materia de Igualdad, así como la superación de ejercicios y pruebas selectivas de las Administraciones Públicas. En todo caso, la suma de la puntuación de los apartados siguientes no podrá ser superior a 4 puntos.

Se puntuarán y valorarán según los siguientes criterios:

3.2.1.- Formación Académica.
a Por estar en posesión de un título universitario superior, en la misma Rama de Conocimientos y relacionado directamente con la plaza: 1,50 puntos.
b Por estar en posesión de un título académico del mismo nivel docente al que se requiere en la convocatoria y en la misma Rama de Conocimientos, distinto al exigido en la convocatoria: 1 punto.

Solo se valorarán las titulaciones académicas reconocidas por el Ministerio competente en la materia como título académico de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

3.2.2.- Cursos de Formación.

Los cursos que no aporten número de horas serán considerados de tres horas. Aquellos otros que expresen el número de días y no indiquen número de horas se valorarán a razón de tres horas por día de formación.

La participación a título de docente en alguna de las acciones formativas indicadas en los números siguientes, otorgará el doble de la puntuación que corresponda en cada caso. No obstante no se podrá superar la puntuación máxima indicada de 4
puntos.

Para su admisión a efectos de valoración, las acciones formativas deberán haber sido impartidas, avaladas o autorizadas por una Administración Pública, Universidad, Colegio Profesional, Cámara de Comercio, Organización Sindical o Confederación de Empresarios.

Las acciones formativas se valorarán siempre que se encuentren relacionadas de manera sustancial con las funciones y con el temario específico del puesto a que se opta.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/7/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date02/07/2021

Page count31

Edition count6015

First edition02/01/2001

Last issue13/05/2024

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