Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/7/2020
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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz
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B.O.P. DE CADIZ NUM. 132
en cuyo expediente sea necesaria la aportación de Proyecto Técnico Obras mayores
E Ordenar la instrucción de expedientes disciplinarios y apercibir y suspender preventivamente a toda clase de personal.
F Premiar y sancionar a todo el personal al servicio de la corporación, salvo que la sanción consista en la separación del servicio o el despido de personal laboral, y la declaración de situaciones administrativas así como la jubilación de todo el personal.
G Aprobar las facturas que correspondan al desarrollo normal del presupuesto y que hubieran sido recibidas por los servicios de Intervención.
Cuarto.- Reanudar las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local que tendrán carácter semanal y se celebrarán los lunes a las 9:00 horas en el Salón de Plenos de este Ayuntamiento. Si es festivo se celebrará al día siguiente.
Quinto.- Esta delegación no quedará revocada por el mero hecho de producirse un cambio en la titularidad de la Alcaldía o en la composición de la Junta de Gobierno Local. La revocación o modificación de la delegación habrá de adoptarse con las mismas formalidades que las exigidas para su otorgamiento.
Sexto.- Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, Tablón de Edictos y Portal de la Transparencia, debiendo dar cuenta del mismo al Pleno en la primera sesión que se celebre.
Séptimo.- Publicar este Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el tablón electrónico anuncios www.losbarrios.es para general conocimiento y dar traslado a todos los Servicios, Departamentos y Unidades administrativas de este Ayuntamiento.
Octavo.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión ordinaria que se celebre de la presente Resolución en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.
Así lo dispone y firma el Sr. Alcalde, de lo que como Secretario, certifico.24/06/2020. El Secretario General.Fdo: Jorge Jiménez Oliva. El Alcalde Fdo:
Miguel Fermín Alconchel Jiménez.
Nº 34.299
AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE LOS GAZULES
ANUNCIO
Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 03 de julio de 2020 del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules se ha aprobado la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos de la convocatoria de una plaza de Oficial del Cuerpo de la Policía Local del Municipio de Alcalá de los Gazules, por promoción interna, y a través del sistema de selección de concurso de méritos.
CIF
758.
529.
757
RELACIÓN DE ASPIRANTES ADMITIDOS:
Nombre
DAVID VALERO CUESTA
DOLORES CARRASCO ALONSO
MARTIN MUÑOZ BENÍTEZ
RELACIÓN DE ASPIRANTES EXCLUIDOS: Ninguno
Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y en el artículo 7 del Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía, a los efectos de que durante el plazo de diez días hábiles los aspirantes excluidos puedan formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.
Asimismo, mediante la citada Resolución, se ha aprobado la composición del Tribunal que ha de juzgar las correspondientes pruebas:
Miembro
Identidad
Suplente
SEBASTIÁN AMARO FUERTES
Presidente Vocal
Suplente Vocal
Suplente Vocal
Suplente Vocal
Suplente
Secretaria Suplente
ANTONIO HERRERA BERMEJO
MARIA DEL MAR MOTA SÁNCHEZ
ANA MATEO BERMÚDEZ
MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ORTEGA
EVA MOTA SÁNCHEZ
ANTONIO MORENO GRIMALDI
SEBASTIÁN RIDER PÉREZ
JOSE MARÍA GÓMEZ REYES
JUAN CARLOS CASTRO NÚÑEZ
NATALIA GARCÍA GALLEGO
MARIA LUZ RODRIGUEZ DIAZ
Toda esta información estará a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento http alcaladelosgazules.sedelectronica.es.
En Alcalá de los Gazules, a 6/7/2020. El Alcalde, Firmado: Javier Pizarro Ruiz.
Nº 34.407
14 de julio de 2020
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
EDICTO
D OSA MARÍA ADAME BARBETA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA SALA DE LO SOCIAL DE SEVILLA DEL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA.
HACE SABER: Que en el Recurso de Suplicación nº 3547/18 IN, se ha dictado Sentencia por esta Sala, con fecha 04/06/20, resolviendo recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Jerez de La Frontera, en Procedimiento nº 1213/15.
Del contenido de la sentencia y de todo lo actuado, podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra la misma podrá preparar Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente notificación. Y para que conste y sirva de NOTIFICACIÓN
a PUERTO LUCERO CONTRATAS SLU,cuyo actual paradero es desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
SEVILLA a 4 de junio de 2020. LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA. Fdo: D Rosa María Adame Barbeta.
"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 34.269
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
EDICTO
D. ALONSO SEVILLANO ZAMUDIO, LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DE LA SALA DE LO SOCIAL DE SEVILLA DEL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA.
HACE SABER: Que en el Recurso de Suplicación nº 3521/18-J-, se ha dictado Sentencia por esta Sala, con fecha 25-06-20, resolviendo recurso de suplicación contra la resolución dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Algeciras, en Procedimiento nº 1185/13.
Del contenido de la sentencia podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndole saber que contra la misma podrá preparar Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente notificación. Y para que conste y sirva de NOTIFICACIÓN
a MANTENIMIENTO ALMACENES Y TRANSPORTE, cuyo actual paradero es desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
SEVILLA a veinticinco de junio de dos mil veinte. EL LETRADO DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA SALA. FIRMADO.
Nº 34.273
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
EDICTO
N.I.G.: 1101244S20150001751. Negociado: I. Recurso: Recursos de Suplicación 4317/2018. Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE CADIZ.
Procedimiento origen: Seguridad Social en materia prestacional 606/2015. Recurrente:
MUTUA GALLEGA. Representante: ALFONSO JIMENEZ MATEO. Recurrido:
MIGUEL ANGEL HUERTA VERA, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, CHICLANERA
DE MARMOL Y GRANITO S.L, MUTUA FRATERNIDAD, MARMOLISTAS
EL PILAR S.L, MARMOLES Y GRANITOS SAN ROQUE S.L, MARMOLES Y
SERVICIOS DESTAMP BENALUP S.L.U, SALCEDO RUIZ JUANA, MUTUA
ASEPEYO y MARMOLES Y GRANITO LA BARROSA S.L. Representante: JOSE
LUIS LECHUGA SANCHO, EMILIO ALVAREZ TIRADO, MARIA DEL CARMEN
ANDRADES BEJARANOy ANA MARTINEZ SANCHEZ.
D. ALONSO SEVILLANO ZAMUDIO, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA SALA DE LO SOCIAL DE SEVILLA DEL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA.
HACE SABER: Que en el Recurso de Suplicación Nº 4317/18, se ha dictado Sentencia por esta Sala, con fecha 30/06/20, resolviendo recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de CADIZ, en Procedimiento nº 606/15.
Del contenido de la sentencia podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra la misma podrá preparar Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente notificación.
Y para que conste y sirva de NOTIFICACIÓN a la entidad CHICLANERA
DE MARMOL Y GRANITO SL y MARMOLES Y GRANITO LA BARROSA SL cuyo actual paradero es desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
30/06/2020. EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA/