Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/5/2019

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 99

haciendo ejecutar lo juzgado, en todo tipo de recursos, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las Leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan de conformidad con lo dispuesto en el art 117.3 de la C.E. y 2 de la L.O.P.J..

SEGUNDO.- Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 237 dela LRJS, 549 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, siempre que sea firme una sentencia se procederá a su ejecución transcurrido el plazo de espera del art 548
de la LEC, únicamente a instancia de parte, por el Magistrado que hubiese conocido del asunto en primera instancia, y , una vez solicitada, se llevará a efecto por todos sus trámites, dictándose de oficio todos los proveídos necesarios en virtud del art 237 de la LOPJ, asimismo lo acordado en conciliación ante el Centro de Mediación, Arbitraje, y Conciliación, tendrá fuerza ejecutiva para las partes intervinientes, sin necesidad de ratificación ante el Juzgado de lo Social, tendrá fuerza ejecutiva lo acordado en conciliación ante este Juzgado art 86.4 de la LRJS.

TERCERO.- Si la Sentencia condenare al pago de cantidad determinada líquida, se procederá siempre, y sin necesidad de previo requerimiento personal al condenado, al embargo de sus bienes en la forma y por el orden prevenido en el art 592 de la LEC, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el art 584 del mismo cuerpo legal, así mismo el ejecutado está obligado a efectuar, a requerimiento del Órgano Judicial, manifestación sobre sus bienes o derechos, con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, indicando a su vez las personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre sus bienes y de estar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de éste que puedan interesar a la ejecución, todo ello de conformidad con el artículo 249.1 de la LRJS.

CUARTO.- De conformidad con los artículos 583 y 585 de la LEC, el ejecutado podrá evitar el embargo pagando o consignando la cantidad por la que se hubiere despachado ejecución.

PARTE DISPOSITIVA

S.S. Iltma. DIJO: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 28.000 euros en concepto de principal, más la de 5.600 euros calculadas para y gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario .

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña.
FRANCISCO DE BORJA DERQUI - TOGORES DE BENITO, MAGISTRADO
JUEZ TITULAR del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CADIZ. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado TETIANA KHRUSHCHOVA
actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En CADIZ, a diez de mayo de dos mil diecinueve. EL/LA LETRADO/A DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. MARIA DOLORES MORENO ROMERO.
Firmado.
Nº 38.566


Juzgado de lo Social Nº 1
Algeciras EDICTO

D/D JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 109/2017 a instancia de la parte actora D/D. ALBERTO MORENO TOLEDO contra GOHISA FISH
ESPAÑA SL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado SENTENCIA
de fecha 13/05/19, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por D. Alberto Moreno Toledo contra la empresa GOHISA FISH ESPAÑA S.L., condenándola al pago de cifra total bruta de 1.56243 euros 1.43117 euros líquidos , más el 10% de interés de mora procesal.
El FOGASA responderá con carácter subsidiario, en su caso, en los términos previstos en el artículo 33 del ET y concordantes.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Esta sentencia es FIRME, y contra la misma no cabe interponer recurso alguno artículo 191.2.g, párrafo segundo de la LRJS.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado GOHISA FISH ESPAÑA
SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a catorce de mayo de dos mil diecinueve. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Fdo.: JESUS MARIA SEDEÑO
MARTINEZ.
Nº 38.827

28 de mayo de 2019

Juzgado de lo Social Nº 1
Algeciras EDICTO

Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 577/2017
Negociado: T N.I.G.: 1100444S20170000565 De: D/D. ILIE DANIEL LAZAR
Abogado: TOMAS MORENO SANCHEZ Contra: D/ D. IONUT DIMA

D/D. JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS

HACE SABER:

Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 577/2017 se ha acordado citar a IONUT DIMA como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día CUATRO DE JUNIO DE 2019, A LAS
11.00 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en AVDA VIRGEN DEL CARMEN Nº 55
EDIFICIO AUDIENCIA PROVINCIAL 11202 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.
Y para que sirva de citación a IONUT DIMA.

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En Algeciras, a veinte de mayo de dos mil diecinueve. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 40.693

VARIOS
Camara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Jerez de la Frontera Convocatoria de ayudas economicas destinadas al fomento del empleo de 2019
PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO
PLAN DE CAPACITACIÓN

La Cámara de Comercio de Jerez de la Frontera hace pública una convocatoria de ayudas a empresas para la contratación de personas sin empleo y a emprendedores que decidan iniciar una actividad empresarial y/o profesional, y que hayan finalizado, en el marco del Programa Integral de Cualificación y Empleo, la fase de orientación vocacional del Plan de Capacitación. Estas ayudas estarán cofinanciadas por el Fondo Social Europeo FSE dentro del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020
y por el Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico de la Diputación provincial de Cádiz.

El plazo para la presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de este anuncio y finalizará, según lo establecido en la convocatoria, el 31 de diciembre de 2019.

El texto completo de la convocatoria se encuentra disponible en la web www.camarajerez.es y en la sede de la Cámara de Comercio de Jerez de la Frontera, sita en calle Fermín Aranda s/n 11407 Jerez de la Frontera. Asimismo, se puede solicitar información al respecto a través de las siguientes vías:
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Correo electrónico: formacion@camarajerez.com Nº 37.543

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/5/2019

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date28/05/2019

Page count7

Edition count6005

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Last issue26/04/2024

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