Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 20/3/2019

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 53

ADMINISTRACION DEL ESTADO
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social Servicio Publico de Empleo Estatal Cadiz RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE LA AYUDA ECONÓMICA REGULADA
EN EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL
El Real Decreto-ley 14/2017, de 6 de octubre, por el que se aprueba la reactivación extraordinaria y por tiempo limitado del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, establece en su artículo 1.12, que la forma y plazos de presentación de solicitudes y tramitación de las ayudas económicas de acompañamiento se harán de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 1 de agosto de 2013 del Servicio Público de Empleo Estatal, dictada al amparo del Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero, dicha resolución ha sido modificada por la Resolución de 9 de octubre de 2017, del Servicio Público de Empleo Estatal, conforme a lo dispuesto en la Disposición final tercera del Real Decreto-ley 14/2017, de 6 de octubre, por la que se faculta al Gobierno para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en el real decreto-ley, y a la persona titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas resoluciones sean precisas para el desarrollo de este real decreto-ley.
Vistas las solicitudes presentadas, habiéndose observado todos los trámites del procedimiento y verificado el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, esta Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal por delegación del Director General de este Organismo de conformidad con lo establecido en el artículo octavo, número 5, de la citada Resolución y asimismo, vista la propuesta de concesión y con la fiscalización favorable de la Intervención Delegada competente ACUERDA conceder a las personas solicitantes que se relacionan en el ANEXO I de la presente resolución, las ayudas que en el mismo se especifican, con expresión individualizada de su cuantía, ascendiendo el importe total de las ayudas a 4.840,56 euros.
Según lo previsto en el artículo segundo, número 3, de la citada Resolución, estas ayudas pueden ser objeto de justificación para su cofinanciación por el Fondo Social Europeo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa nacional y comunitaria.
Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 482.26 del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en la que existe crédito adecuado y suficiente retenido por el mismo importe antes mencionado.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Ministra de Empleo y Seguridad Social, en el plazo y términos establecidos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cádiz a 8 de marzo de 2019. DIRECTORA PROVINCIAL. M Ángeles Álvarez Fidalgo. Firmado.
ANEXO I de la resolución de concesión correspondiente al mes de FEBRERO de 2019
Beneficiario Importe GARCIA RECHE, JESICA 2420,28
MHAOUL , KARIMA 2420,28
TOTAL BENEFICIARIOS: 2 TOTAL: 4.840,56
Nº 17.451

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
Area de Funcion Publica y Recursos Humanos Servicio de Funcion Publica y Recursos Humanos EDICTO
La Presidenta, mediante Decreto de fecha 5 de marzo de 2019, ha resuelto lo siguiente:
Por el Área de Función Pública se ha formulado con fecha 19 de febrero de 2019, propuesta de resolución relativa al procedimiento seguido para la ampliación de la Oferta de Empleo Público de la Diputación Provincial de Cádiz para el año 2018, en virtud de lo establecido en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
CONSIDERACIONES
Primera.- El artículo 70.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal
A tales efectos, mediante resolución de 23 de mayo de 2018, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 103, de 31 de mayo de 2018, se dispuso la aprobación de la Oferta de Empleo Público de la Diputación Provincial de Cádiz para el año 2018, integrada por 37 plazas vacantes en la plantilla de personal, reservadas para personal funcionario de carrera, de conformidad con los límites previstos en el artículo 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, publicado en el BOE núm. 153, de 28 de junio de 2017.
Segunda.- La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, regula en su artículo 19, con carácter de legislación básica y bajo la rúbrica Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de gestión de
20 de marzo de 2019

la provisión de necesidades de personal, los términos a los que deben ajustarse las ofertas de empleo público que se aprueben a lo largo del año en curso.
En concreto se sujeta la incorporación de nuevo personal en las ofertas de empleo público a los límites de la tasa de reposición fijada en dicho articulado y que se concreta en un máximo del 100% que, según enumera el apartado Uno.2 del citado artículo 19, para el caso de las Administraciones Públicas que en el ejercicio anterior hayan cumplido los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública y la regla de gasto, adicionalmente, podrán ofertar un número de plazas equivalente al 8
por ciento del total de su tasa de reposición, que irán destinadas a aquellos sectores o ámbitos que consideren que requieren un refuerzo adicional de efectivos. Este porcentaje adicional se utilizará preferentemente cuando se dé, entre otras, alguna de las siguientes circunstancias: establecimiento de nuevos servicios públicos, incremento de actividad estacional por la actividad turística o alto volumen de jubilaciones esperadas. En el caso de esta Administración la reposición adicional encuentra su justificación en el alto volumen de jubilaciones esperadas, teniendo en cuenta la media de edad de la plantilla de personal.
El mismo artículo establece, en su apartado séptimo, las reglas a las que ha de ajustarse el cálculo de la citada tasa de reposición, disponiendo expresamente que no computará dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna y las correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial.
Tercera.- Finalmente, el citado artículo contempla los supuestos en los que, además de la tasa de reposición ya citada, podrá disponerse de una tasa adicional para estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017
en los siguientes sectores y colectivos: personal de los servicios de administración y servicios generales, de investigación, de salud pública e inspección médica así como otros servicios públicos.
En este contexto, dentro del marco general de planificación de recursos humanos, se adoptaron diferentes acuerdos en aquellos aspectos relacionados con la oferta de empleo aprobada para el año 2018, previa negociación de la Mesa General celebrada el día 28 de enero de 2018 con los órganos de representación de personal de la Diputación Provincial de Cádiz, donde se conoce el informe emitido por el Área de Función Pública de fecha 12 de noviembre de 2018, relativo a la ampliación de la tasa de reposición de efectivos.
Esta posibilidad de modificar la oferta de empleo público debe estar sujeta, en todo caso, tanto a los límites previstos del artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando establece que las Administraciones Públicas podrán revocar sus acuerdos, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, siempre que la revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico. Y además, debe estar motivada, pues la discrecionalidad no puede amparar decisiones arbitrarias arts. 9.3
de la Constitución y 35.1.i LPAC.
Por último, corresponde a la Presidenta de la Corporación la competencia para aprobar la ampliación de la Oferta de Empleo Público para el año 2018 de acuerdo con los criterios anteriores y, una vez cumplidos los trámites previstos en el Acuerdo de Negociación Colectiva del personal empleado público de la Diputación Provincial de Cádiz en cuanto a la participación de los órganos de representación de personal.
En base a los antecedentes y fundamentos jurídicos expuestos, vengo en disponer lo siguiente:
PRIMERO: Aprobar la ampliación de la Oferta de Empleo Público de la Diputación Provincial de Cádiz para el año 2018, aprobada mediante resolución de 23
de mayo de 2018 publicada en el BOP de Cádiz núm. 103, de 31 de mayo de 2018, conforme a lo dispuesto en el artículo 19.Uno.2 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, en los términos que se establecen en el presente acuerdo.
Grupo: A. Subgrupo: A1. Escala: Administración Especial. Subescala:
Técnica Superior. Número de plazas: 2. Denominación: Arquitecto/a. Titulación exigida:
Arquitecto/a Superior o título de Grado equivalente. Sistema de selección: Concursooposición libre.
Grupo: A. Subgrupo: A1. Escala: Administración Especial. Subescala:
Técnica Superior. Número de plazas: 1. Denominación: Médico/a Drogodependencias.
Titulación exigida: Licenciado/a en Medicina o título de Grado equivalente. Sistema de selección: Concurso-oposición libre.
Grupo: A. Subgrupo: A2. Escala: Administración Especial. Subescala:
Técnica Media. Número de plazas: 1. Denominación: Ingeniero/a Técnico/a Industrial Técnico/a de Ruidos. Titulación exigida: Ingeniero/a Técnico/a Industrial o título de Grado equivalente. Sistema de selección: Concurso-oposición libre.
Grupo: A. Subgrupo: A2. Escala: Administración Especial. Subescala:
Técnica Media. Número de plazas: 5. Denominación: Trabajador/a Social. Titulación exigida: Diplomado/a en Trabajo Social o título de Grado equivalente. Sistema de selección: Oposición libre.
Grupo: C. Subgrupo: C2. Escala: Administración General. Subescala:
Auxiliar. Número de plazas: 5. Denominación: Auxiliar Administrativo/a. Titulación exigida: Graduado/a Escolar, Enseñanza Secundaria Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente. Sistema de selección: Oposición libre.
Grupo: C. Subgrupo: C2. Escala: Administración Especial. Subescala:
Servicios Especiales. Clase: Cometidos Especiales, Oficiales y Asimilados. Número de plazas: 1. Denominación: Oficial/a 1 Vídeo. Titulación exigida: Graduado/a Escolar, Enseñanza Secundaria Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente. Sistema de selección: Concurso-oposición libre.
Grupo: C. Subgrupo: C2. Escala: Administración Especial. Subescala:

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 20/3/2019

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date20/03/2019

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Last issue03/05/2024

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