Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/06/2023 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

4

1

a
1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCII - Nº 110
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Uruguay, entre los días 22 y 27 de mayo de 2023, inclusive, para participar de 57 Asamblea General del Centro Interamericano de Administración Tributaria CIAT, evento que se desarrollará entre los días 23 y 26 de mayo del corriente.
Artículo 2º: CONTRÁTASE en forma directa con la firma TODOMUNDO
S.A. Viajes TDH, C.U.I.T. N 33-71237583-9, para la adquisición del servicio de pasajes aéreos y alojamiento, durante el viaje en cuestión, por un costo total de Pesos Doscientos Cuarenta y Tres Mil Quinientos $
243.500,00, en los términos de su oferta.
Artículo 3º: AUTORÍZASE al Servicio Administrativo del Ministerio de Finanzas a librar fondos de rigor en concepto de viáticos, por la suma de Dólares Estadounidenses Quinientos Treinta y Cinco con Cincuenta Centavos U$S 535,50, equivalente a Pesos Ciento Veinte Mil Setecientos Cincuenta y Cinco con Veinticinco centavos $ 120.755,25, con oportuna rendición de cuentas, en caso de corresponder; y FACÚLTASE a dicho Servicio Administrativo a efectuar los ajustes contables que fueren menester, en virtud de la eventual diferencia de cotización de la moneda extranjera al momento del efectivo pago.

Decreto N 814

Artículo 4: IMPÚTASE el egreso que implica lo dispuesto en este acto, por la suma total de Pesos Trescientos Sesenta y Cuatro Mil Doscientos Cincuenta y Cinco con Veinticinco Centavos $ 364.255,25, a Jurisdicción 1.15, Programa 151-000, conforme al siguiente detalle: a la suma de Pesos Ciento Cuarenta y Nueve Mil $ 149.000,00 a Partida: 3.08.01.00 -Pasajes-; b la suma de Pesos Noventa y Cuatro Mil Quinientos $ 94.500,00, a Partida: 3.08.04.00 -Gastos de Alojamiento y Comida-; y c la suma de Pesos Ciento Veinte Mil Setecientos Cincuenta y Cinco con Veinticinco centavos $ 120.755,25, a Partida: 3.08.02.00 -Viáticos-; todos del P.V., Ejercicio Año 2023, según lo indican los Documentos Contables, Órdenes de Compra Nros. 2023/0000047 y 2023/0000048.
Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 6º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése a la Dirección General de Coordinación Operativa del Ministerio de Finanzas, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE
FINANZAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la aceptación y agradecimiento de la donación con cargo, efectuada por la Municipalidad de Corral de Bustos - Ifflinger, a favor de la Provincia de Córdoba, de un inmueble de su propiedad ubicado en la citada localidad, Pedanía Liniers, Departamento Marcos Juárez, inscripto en el Registro General de la Provincia en la Matrícula N 1.679.554, con una superficie total de 6.832,17 m2; para ser destinado a la construcción de un establecimiento escolar del Programa Avanzado de Educación Secundaria -PROA-, con énfasis en Tecnologías de la Información y la Comunicación.
Que insta la gestión el Intendente Municipal de la ciudad de Corral de Bustos - Ifflinger, señor Roberto Luis Pacheco, acompañando Formulario Oferta de Donación de Inmueble a favor de la Provincia de Córdoba -P07-, debidamente suscripto. Además, se incorpora copia de la Ordenanza N
1575/2022, modificatoria de su similar N 1440/2019, promulgada por Decreto Municipal N 23/2022, mediante la cual se autorizó al Poder Ejecutivo local a donar a favor del Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba un terreno de 6.832,17 m2 de superficie, con el cargo de ser destinada a la construcción del edificio del establecimiento educacional de que se trata;
siendo efectivizada a través de Decreto Municipal N 39/2022, cuya copia luce agregada.
Que se adjunta documental que acredita la titularidad dominial del bien
parcelario; reporte fotográfico y croquis del predio; copia del Primer Testimonio de la Escritura N 78 de fecha 21 de junio de 2019, labrada por la titular del Registro Notarial N 107, con asiento en la ciudad de Corral de Bustos-Ifflinger, por la cual se realiza la declaración de dominio a favor de la mentada municipalidad por prescripción adquisitiva; Reporte parcelario, informe de deuda, reproducción de Matrícula Nº 1.679.554 19, de la cual surge el dominio inscripto a nombre de la Municipalidad de Corral de Bustos; y certificado negativo de inhibición.
Que toma intervención de su competencia la Dirección de Patrimonial de la Secretaría de Gestión de Inmuebles, Seguros y Asuntos Legales de la Secretaría General de la Gobernación, a través del Informe N 18/2021, reseñando los antecedentes de la gestión y propiciando la continuidad del trámite.
Que la Dirección General de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación elabora informe ambiental relativo a la aptitud del inmueble ofrecido en donación para la construcción del establecimiento escolar.
Que luce el Visto Bueno del señor Ministro de Educación al trámite de marras.
Que atento a lo relacionado, los informes emitidos por las áreas técnicas competentes, lo dispuesto por los artículos 1542, 1545, concordantes y correlativos del Código Civil y Comercial de la Nación, así como el artículo 11 de la Ley N 10.580 y su Decreto Reglamentario N 927/2019, y habiéndose respetado el procedimiento establecido mediante la Resolución N 1130/2019 de la Secretaría General de la Gobernación, corresponde proceder a la aceptación de la donación de que se trata.
Que la Escribanía General de Gobierno procederá a la inscripción del inmueble donado, en los términos del artículo 1553 del Código Civil y Comercial de la Nación, ingresando el mismo al dominio privado de la Provincia de Córdoba, según el artículo 236, inciso e, del referido Código; mientras
en cuestión, tal como: copia del Decreto Municipal N 35/2019, que declara la prescripción adquisitiva por parte de la Municipalidad de Corral de Bustos-Ifflinger, conforme a la Ley N 24.320, con su respectiva mensura aprobada mediante Expte. N 0033-33212/99; copia del trámite de Verificación de la Subsistencia del Estado Parcelario para la actualización de mensura para prescripción adquisitiva, Ley 24320, presentado ante la Dirección General de Catastro, que da cuenta de la subsistencia del estado
que la Dirección General de Rentas, en caso de corresponder, cancelará las deudas que existieran por períodos anteriores y de titularidad del donante, en concepto de Impuesto Inmobiliario, incluidos recargos, intereses y multas, conforme lo establecido en el artículo 200 del Código Tributario Provincial -Ley N 6006 T.O. 2021-.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de la Secretaría General de la Gober-

Córdoba, 7 de junio de 2023
VISTO: el Expediente Nº 0620-000527/2018 del registro de la Dirección General de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

2

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/06/2023 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date14/06/2023

Page count11

Edition count4140

First edition01/02/2006

Last issue15/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2023>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930