Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/12/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCXCVI - Nº 255
CORDOBA, R.A. LUNES 26 DE DICIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

27 de Julio de 2022, por la que se dispuso en su artículo primero:
CONVÓCASE a Audiencia Pública para el día 16 de Agosto de 2022, según lo detallado en el Anexo I, a los fines del tratamiento de las solicitudes de revisión tarifaria de las prestadoras de los Servicios de Agua Potable y Desages Cloacales de la Provincia de Córdoba, a saber: . 24 Cooperativa de Servicios San Antonio Limitada .
Que en las presentes actuaciones, la prestadora presenta solicitud de incremento tarifario en un 70% sobre los valores tarifarios actuales desde el último incremento otorgado.
El período de costos analizado para el análisis retrospectivo, comprende los meses desde diciembre de 2021 a junio de 2022, atento a que la última revisión tarifaria consideró la variación de costos para el período diciembre de 2020 a diciembre de 2021
Que continúa el informe del Área de Costos afirmando que: A la estructura de costos definida, se le aplica la evolución de una determinada variable nominal a cada rubro de la misma, obteniendo de esa forma el incremento de costos real por variación de precios
Como se aprecia en la última fila del Cuadro N 1, el incremento de costos determinado del servicio de Agua Potable de la Cooperativa de Servicios San Antonio Ltda., alcanza 33,92% para el período diciembre 2021
/ Junio 2022 . Que luego del análisis realizado, el Informe Técnico N 144/2022 concluye que: 6.1.
En base al estudio presentado, es sugerencia se aplique un incremento que asciende al 33,92 %, sobre el Cuadro Tarifario vigente de la Cooperativa Servicios San Antonio Ltda. sobre los consumos registrados desde la publicación en el Boletín Oficial Ahora a bien, como esta Vocalía viene sosteniendo, aún con las rectificaciones técnicas efectuadas y las sugerencias técnicas realizadas, dicho ajuste es imposible de acompañar en un tiempo de crisis económica y social extraordinaria, donde además de cuestionar el valor del ajuste que plantea un incremento importante, este Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP, actúa con una doble vara y no vela de igual manera por los intereses de ambos extremos de la ecuación: la prestadora del servicio y el usuario.
Por un lado, si el objetivo para concretar la recaudación es, no sólo tener en cuenta el valor del incremento sino plantear estrategias para evitar que el impacto del mismo ponga en riesgo la capacidad de pago de los usuarios y la cobrabilidad del prestador, un incremento del orden del 99,65%, aún con la propuesta de hacerlo por tramos será siempre un nuevo tarifazo de fuerte impacto para el bolsillo del usuario.
Este ente regulador ERSePejerciendo su competencia y responsabilidad como agente de control.y conciliador de los intereses de la prestataria del servicio y del usuario, debería limitar y por vía de excepción
dadas las circunstancias extraordinarias que vivimos desde la emergencia sanitaria pero también económica que planteó la pandemia por Covid 19-, regular con un contenido social, resolviendo con equilibrio y ecuanimidad para ese universo de usuarios de agua potable, que deben afrontar al aumento generalizado de tarifas de todos los servicios e impuestos, con recursos cada vez más limitados o inexistentes, agotando sus ahorros, si es que acaso los tuvieren Por tal motivo, más allá de las razones técnicas y de costos conside-

esta Vocalía es mantener con coherencia mi voto negativo a los aumentos, priorizando el contexto crítico planteado y del cual no puede permanecer indiferente, habida cuenta que, continuar autorizando las tarifas de los servicios públicos provinciales, sólo retroalimenta la espiral inflacionaria.
Habrá que afinar con inteligencia las estrategias para que la gestión, calidad de servicio y facturación de la prestadora sean coherentes con una realidad más que dura y marque con responsabilidad una proyección posible y viable.
Por todo lo expuesto, mi voto es negativo.
Así voto
radas en los informes pertinentes y sin perjuicio de ellos, la decisión de
ANEXO

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Voto del Vocal Facundo C. Cortes Viene a consideración del suscripto las presentes actuaciones vinculadas con la presentación promovida por la prestadora del Servicio de Agua Cooperativa de Servicios San Antonio Limitada, por la cual solicita incrementar en un 70% la tarifa actual, aduciendo un incremento en los costos del servicio. Que coincido con la necesidad de actualizar la tarifa, sin perjuicio de lo cual entiendo prudente atento a las circunstancias de la crisis social y económica, que dicho porcentaje debe escalonarse en dos 2 etapas y no en una 1 tal como se propone.
Así, el aumento debe aplicarse sobre los valores tarifarios vigentes a la fecha de la presente, de la siguiente forma: a 16.96% a partir de su publicación en el Boletín Oficial; b 16,96% a partir del primer día del mes inmediato posterior a la publicación en el Boletín Oficial.Así voto Que por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los arts. 21 y siguientes de la Ley N 8835 Carta del Ciudadano, y lo dictaminado por el Servicio Jurídico de la Gerencia de Agua y Saneamiento bajo el N 349/2022, el Honorable Directorio del ENTE REGULADOR DE
LOS SERVICIOS PÚBLICOS ERSeP por mayoría voto del Presidente, Mario A. Blanco, y de los vocales José Luis Scarlatto y Luis A. Sánchez:
RESUELVE:
Artículo 1º: APRUÉBASE un incremento global del 33,92% sobre los valores tarifarios correspondiente a la prestadora del Servicio de Agua Potable Cooperativa de Servicios San Antonio Limitada a aplicarse a partir de su publicación en el Boletín Oficial en los términos propuestos en el Informe Técnico N 144/2022 del Área de Costos y Tarifas, resultando de aplicación el cuadro tarifario que se agrega como Anexo I. Artículo 2: PÓNGASE EN CONOCIMIENTO del Poder Concedente con copia.

Artículo 3: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, y dese copias.-

FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - JOSÉ LUIS SCARLATTO, VICEPRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VOCAL - FACUNDO CARLOS CORTES, VOCAL - DANIEL ALEJANDRO JUEZ, VOCAL

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/12/2022 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date26/12/2022

Page count7

Edition count4154

First edition01/02/2006

Last issue05/06/2024

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