Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/12/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Las Malvinas son argentinas
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCXCVI - Nº 256
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 1533
Córdoba, 2 de diciembre 2022
VISTO: el Expediente N 0110-120118/2011 del registro de la ex Dirección General de Educación Media, Especial y Superior, dependiente del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con las gestiones realizadas por el Ministerio de Educación, a efectos del recupero de haberes indebidamente liquidados a la señora María Laura CISNEROS.
Que luce informe de la Jefatura de Sección Sueldos DEMES de la Dirección de Recursos Humanos de fecha 3 de mayo de 2018, del que surge una deuda de la señora María Laura CISNEROS de Pesos Dos Mil Doscientos Cincuenta y Dos con Un Centavos $2.252,01, por haberes indebidamente percibidos en el periodo comprendido entre el 3 de mayo de 2010 al 30 de junio de 2010, con motivo del exceso de carpetas médicas;
habiendo la citada ex agente presentado su renuncia por razones particulares a partir del día 17 de febrero de 2011.
Que a los fines de la restitución de los emolumentos indebidos, se intimó a la encartada mediante Plataforma Ci.Di. con fecha 18 de mayo de 2018, y Carta Documento OCA CDD00103384, debidamente recepcionada el día 28 de mayo de 2018.

Que luce presentación de la progenitora de la señora María Laura CISNEROS quien, además de acompañar el certificado de discapacidad de la docente, denuncia la prescripción de la deuda.
Que la Dirección General de Coordinación y Gestión de Recursos Humanos ministerial emite informe pormenorizado de las gestiones llevadas a cabo para obtener el reintegro de la deuda y da cuenta de que se han agotado las gestiones administrativas en orden al reintegro del dinero debido.

Que atento a lo relacionado la deuda se encuentra prescripta en razón de lo dispuesto por el artículo 4023 del entonces vigente Código Civil y artículos 2537 y 2560 del Código Civil y Comercial de la Nación, resultando inconveniente, por tanto, el inicio de las acciones judiciales de recupero.
Que en virtud de lo expuesto y a tenor de las previsiones del artículo 76, segundo párrafo, de la Ley N 9086, corresponde declarar la incobrabilidad de la acreencia en cuestión.

Que dictado el presente acto, la Jurisdicción de origen deberá dar continuidad al trámite de la renuncia presentada por la señora María Laura CISNEROS, en caso de corresponder.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por Fiscalía de Estado bajo el N 907/2022 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1533 Pag. 1
Decreto N 1543 Pag. 2
Decreto N 1557 Pag. 2
Decreto N 1558 Pag. 3
Decreto N 1559 Pag. 4
Decreto N 1604 Pag. 5
Decreto N 1622 Pag. 5
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 320 - Letra:D Pag. 6
Resolución N 321 - Letra:D Pag. 7
Resolución N 322 - Letra:D Pag. 7
Resolución N 324 - Letra:D Pag. 8
Resolución N 325 - Letra:D Pag. 8
Resolución N 335 - Letra:D Pag. 9
Resolución N 336 - Letra:D Pag. 9
Resolución N 342 - Letra:D Pag. 10
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 1597 Pag. 10
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 390 Pag. 11
Resolución N 391 Pag. 12
Resolución N 392 Pag. 13
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Cronograma de Pagos Pag. 14
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución N 12 - Letra:D Pag. 14
DIRECCIÓN SEGURO DE VIDA Y RESGUARDO DEL AUTOMOTOR
Resolución N 3620 Pag. 16
TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución N 182 Pag. 17
Resolución N 183 Pag. 17
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo N 1465 - Serie:A Pag. 18
Acuerdo N 1466 - Serie:A Pag. 18
Acuerdo N 1470 - Serie:A Pag. 19

Artículo 1.- DECLÁRASE la incobrabilidad del crédito a favor de la Provincia de Córdoba, respecto de los haberes indebidamente liquidados a la señora María Laura CISNEROS, D.N.I. N 28.049.111, por la suma de Pesos Dos Mil Doscientos Cincuenta y Dos con Un Centavos $ 2.252,01, en los términos del artículo 76, segundo párrafo, de la Ley Nº 9086, por las razones expresadas en los fundamentos de este instrumento legal.
Artículo 2.- REMÍTANSE copias certificadas de las presentes a la Oficina de Investigaciones Administrativas de Fiscalía de Estado, para la continuidad de la investigación oportunamente ordenada, a fin de determi-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/12/2022 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date27/12/2022

Page count19

Edition count4127

First edition01/02/2006

Last issue29/04/2024

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