Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/12/2022 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
Las Malvinas son argentinas LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

como Autoridad de Aplicación del PROGRAMA MÁS VIDA SEGUNDA
EDICIÓN y, en consecuencia, FACÚLTASE a la titular de dicha Jurisdicción para dictar las normas reglamentarias y complementarias necesarias para su implementación y ejecución, como asimismo para suscribir los Convenios Marco y Convenios Particulares que fueren menester, con el Estado Nacional, Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba, organizaciones sociales vinculadas a la problemática del hábitat social y/o de la economía popular, y/u otras Entidades Públicas o Privadas.
FACÚLTASE a la Autoridad de Aplicación a modificar el monto de la asistencia económica, la cantidad de cuotas, requisitos, condiciones, plazos de devolución del beneficio y las tasas de interés aplicables.
La Autoridad de Aplicación podrá contar con la asistencia de la Subsecretaría de Regularización Dominial y Recupero de la Vivienda Social, dependiente del Ministerio de Obras Públicas.
Artículo 6.- El PROGRAMA MÁS VIDA SEGUNDA EDICIÓN
será financiado con aportes de la Provincia, del FONAVI y los fondos provenientes del recupero de este Programa, con excepción de los procedentes del FONAVI, cuyo recupero se efectuará conforme a la normativa vigente. También podrán sumarse al Programa recursos provenientes de las Municipalidades, Comunas, Organizaciones No Gubernamentales y demás organismos provinciales, nacionales e internacionales, públicos o privados, de acuerdo a las condiciones y en los términos que establezca la Autoridad de Aplicación.

AÑO CIX - TOMO DCXCVI - Nº 245
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 7 DE DICIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Artículo 7.- FACÚLTASE al titular del Ministerio de Finanzas a realizar todas las adecuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en este acto.
Artículo 8.- AUTORÍZASE a la Autoridad de Aplicación y/o al Ministerio de Coordinación a realizar solicitudes de intercambio de información con la Dirección Nacional del Sistema de Identificación Tributario y Social SINTyS, en relación a las bases de datos del referido Programa.
Artículo 9.- AUTORÍZASE a la Autoridad de Aplicación y/o al Ministerio de Coordinación a enviar la base de datos de Postulantes y/o Titulares del PROGRAMA MÁS VIDA SEGUNDA EDICIÓN, integrarla al sistema y recibir los resultados de los servicios de intercambio, en el marco del Plan de Trabajo presentado a la Dirección Nacional del Sistema de Identificación Tributario y Social SINTyS, a tal efecto.
Artículo 10.- El presente Decreto será refrendado por las señoras Ministra de Coordinación y Ministra de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar, los señores Ministro de Obras Públicas, Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 11.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LAURA JUDITH JURE, MINISTRA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y DE LA ECONOMÍA FAMILIAR RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS SILVINA
RIVERO, MINISTRA DE COORDINACIÓN OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE
FINANZAS JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO.

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 328

Y CONSIDERANDO:

Que luce agregado Convenio celebrado con fecha 18 de julio de 2022, entre el Director de la Dirección de Vialidad y el Presidente la Comunidad Regional San Javier, del cual surge el compromiso asumido por ambas partes de llevar adelante la obra de que se trata.

al avance de obra hasta completar el monto total del convenio Cláusula Quinta, y que el plazo de ejecución de la misma se prevé en doscientos cuarenta 240 días computados a partir del replanteo de la obra Cláusula Sexta, constando que el Régimen de Redeterminación de Precios establecido es el previsto en el Decreto Nº 800/2016.
Que el Departamento I Conservación de Pavimentos de la citada Dirección ha incorporado en autos el proyecto de la obra de referencia, compuesto por: Memoria Descriptiva, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, Pliego Particular de Condiciones, Análisis de Precios, Plan de Trabajo e Inversiones, Pliego Complementario del Pliego Particular de Condiciones, Fórmula Polinómica - Pliego Complementario del Pliego Particular de Condiciones - Art. 2 - Redeterminación de Precios, Participación de Factores de Costo por Ítem, Participación de Factores de Costo por Obra, Pliego Complementario del Pliego Particular de Condiciones - Presupuesto Oficial actualizado con valores, mano de obra y equipos correspondiente al mes de junio con TV DPV de mayo de 2022 por la suma de $ 284.411.661,03, todo lo cual cuenta con el visto bueno de la mencionada
Que mediante el referido Convenio se establece que la Dirección de Vialidad será la encargada de elaborar el correspondiente proyecto y demás documentación para la concreción de los trabajos de que se trata Cláusula Segunda, como también que realizará un aporte económico a la citada Comunidad Regional de $ 284.411.661,03, según la siguiente modalidad: Anticipo Financiero del 20% al momento del replanteo de los trabajos, contra certificación mensual por unidad de medida, de acuerdo
área, expidiéndose también en relación a la conveniencia de adjudicar los trabajos a la Comunidad Regional de San Javier.
Que consta en autos Acta de fecha 8 de diciembre de 2020, que da cuenta de la designación de las autoridades de la referida Comunidad Regional y Acta de fecha 8 de abril de 2022 de aprobación del Convenio de que se trata, suscripta por los intendentes y representantes que conforman dicha Comunidad. Asimismo, se ha incorporado Nota del señor Intendente
Córdoba, 29 de septiembre de 2022
Expediente Nº 0045-023733/2022.VISTO: este Expediente en el que la Dirección de Vialidad propicia por Resolución Nº 01067/2022 se contrate en forma directa la ejecución de los trabajos de la obra: PAVIMENTACIÓN DE RUTA PROVINCIAL Nº S-409
TRAMO: PROGRESIVA 3700,00 HACIA LA LOCALIDAD DE SAN JOSÉ, con la Comunidad Regional San Javier, por la suma de $ 284.411.661,03.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

2

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/12/2022 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date07/12/2022

Page count25

Edition count4130

First edition01/02/2006

Last issue03/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2022>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031