Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/11/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Las Malvinas son argentinas LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

AÑO CIX - TOMO DCXCV - Nº 237
CORDOBA, R.A. VIERNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LA CONTADORA GENERAL DE LA PROVINCIA
RESUELVE:

N 10.510 y del Fondo de Asistencia Financiera a Municipios y Comunas Ley N 10.562.

Artículo 1º.- MODIFÍCASE el artículo 73 del Cuerpo Normativo Unificado del Sistema Integrado de Administración Financiera el que quedará redactado de la siguiente manera:

6. Las transferencias de fondos para atender el pago de servicios públicos domiciliarios de Energía Eléctrica, Agua y Saneamiento, Gas Natural, Básico Telefónico Fijo, Radiodifusión Televisiva por Suscripción Cable e Internet.

ARTÍCULO 73- DEL DOCUMENTO DE INGRESO EGRESO TRANSITORIO DIET
Mediante este documento de respaldo, la Contaduría General de la Provincia registrará en forma transitoria todo egreso respecto del cual no se hayan concretado los registros en las distintas etapas de la ejecución presupuestaria, reflejando en las categorías programáticas correspondientes dicha ejecución.
Esta situación se produce atento a que su imputación se encuentra en proceso de definición, o no se cuenta con la debida documentación para su registro definitivo, conforme a lo dispuesto por el artículo 73, concordantes y subsiguientes, de la Ley N 9.086 y su Decreto Reglamentario N 150/04.
Los egresos referidos son los que se concretan a través de débitos bancarios, retenciones de la coparticipación impositiva, retenciones sobre otros ingresos y otros de estas características. Asimismo, se incluyen los siguientes casos:
1. La distribución de Fondos por Cuenta de Terceros contemplados en la Ley Anual de Presupuesto vigente, hecho que deberá certificarse mediante extracto bancario que refleje la recepción de los Fondos de Terceros a distribuir.
2. Las transferencias al Sistema de Transporte Público Provincial por las asistencias enviadas por el Ministerio de Transporte de la Nación.
3. La puesta en disponibilidad de los fondos destinados para atender a los servicios de la Deuda Pública amortización, interés y cualquier otro gasto y comisión para su mantenimiento - que resulte de las operaciones de Uso del Crédito, formalizadas de conformidad al artículo 51 concordantes y subsiguientes de la Ley N 9086.
4. La distribución de fondos a municipios y comunas del territorio provincial, conforme a lo dispuesto por la Ley N 8.663, a excepción de la distribución prevista en el art. 4 inc. c de la citada norma.
5. La distribución de fondos a municipios y comunas del territorio provincial -dispuesta por el Estado Provincial con acuerdo o adhesión de los gobiernos locales en el marco del Plan de Federalización de la Gestión de Comedores PA.I.COR. del Interior Provincial Decreto N 474/2016, del Fondo para la Descentralización del Mantenimiento de Edificios Escolares Provinciales Ley N 9835, del Fondo Compensación Consenso Fiscal Ley
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

7. Las transferencias del Fondo Solidario de Cobertura y Financiación para Desequilibrios de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, creado por artículo 8 de la Ley N 10.724, hacia la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Córdoba, con el objetivo de financiar los desequilibrios del sistema previsional provincial, en el marco de la Ley N
98.024 y sus modificatorias.
8. Las transferencias realizadas para atender los gastos relacionados al Fondo Para El Programa De Inclusión Digital Educativa creado por Decretos N 106/2021 y N 379/2021.
9. Las erogaciones efectuadas en Moneda Extranjera por la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Público para afrontar los gastos eventuales que pudieran surgir en las misiones oficiales al exterior autorizadas por el Poder Ejecutivo.
10. Las transferencias realizadas para atender los gastos relacionados a las asistencias financieras, tanto del PROGRAMA VIVIENDA SEMILLA
-Decreto N 993/2021-, como de la LÍNEA VIVIENDA SEMILLA MUNICIPIOS -Decreto N 373/2022, modificado por su similar N822/2022-, y Decreto N 1455/2022, en el marco del PROGRAMA 10.000 VIVIENDAS
Decreto N 100/2022.
La Contaduría General de la Provincia podrá autorizar el registro mediante el DIET de otros egresos no contemplados en los puntos precedentes, previa solicitud fundada de los Servicios Administrativos. Cualquiera sea el caso, el DIET tendrá siempre carácter transitorio, ya que una vez emitido se reversa mediante la generación de una Intervención DAC por parte de Servicio Administrativo que lo solicite.
Artículo 2º.- DISPÓNESE que la presente Resolución comenzará a regir a partir de la fecha de su dictado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a los Servicios Administrativos, a la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Público, a la Subsecretaría de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas y al Tribunal de Cuentas de la Provincia; publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
RESOLUCIÓN DIGITAL N 2022/D-00000020
FDO.: DANIELA RODOLFI TUZINKEVICZ, CONTADORA GENERAL DE LA PROVINCIA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/11/2022 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date25/11/2022

Page count7

Edition count4145

First edition01/02/2006

Last issue22/05/2024

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