Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/11/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Las Malvinas son argentinas
LUNES 7 DE NOVIEMBRE DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCXCV - Nº 224
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
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a SECCION

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 359

Córdoba, 03 de noviembre de 2022
Expediente Nº 0045-023776/2022/A5.VISTO: este expediente por el cual se gestiona la sustitución anticipada de los Fondos de Reparo de la obra: PAVIMENTACIÓN RUTA PROVINCIAL
N 10 TRAMO: PUNTA DEL AGUA LAS PERDICES LONGITUD:
17,95 KM. DEPARTAMENTO: TERCERO ARRIBA.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico, mediante la aplicación Portal de Obras Públicas POP, de conformidad a lo prescripto por la Ley Nº 10.618, su Decreto Reglamentario Nº 750/2019, la Resolución Nº 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Modernización, la Resolución Nº 20/2019 de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación complementaria de aplicación en la especie.
Que la Dirección General de Asuntos Legales advierte sobre la existencia de un archivo titulado Índice de Anexo, haciendo plena fe de su contenido.

Que la obra de referencia fue adjudicada al Consorcio Caminero Único creado por Ley N 10.546 y su Decreto Reglamentario N 1.053/2018, por Resolución Ministerial Nº 226/2022, suscribiéndose el pertinente contrato el día 19 de septiembre del mismo año, con un plazo de ejecución de obra de 360 días contados a partir de la fecha de suscripción del Acta de Replanteo de fecha 23 de septiembre de 2022.

Que el Legajo Único de contratación de la obra, en su punto II.2.3 establece un Fondo de Reparos del 5% del importe total de cada certificado de obra mensual ejecutada, y en su punto II.2.6 que La inspección, medición y certificación de las obras estará a cargo de la DPV .
Que la Ley de Obras Públicas Nº 8.614 en su Artículo 59 dispone que En todo certificado de pago de obra de construcción se descontará del cinco por ciento 5% al diez por ciento 10% de su importe para formar el fondo de reparos según se determinen en los pliegos respectivos. En los casos de pago diferido, la autoridad competente determinará la necesidad de formarlo y el monto del mismo. Este depósito podrá ser sustituido por los demás medios y modos previstos en el Artículo 22, previa aceptación de la autoridad competente.
Que el Presidente del Consorcio Caminero Único solicita la sustitución anticipada del fondo de reparo con fecha 20 de septiembre del 2022, acompañando en autos PÓLIZA DE SEGURO DE CAUCIÓN EN GARANTÍA
SUSTITUCIÓN FONDO DE REPARO OBRA PÚBLICA N 964.502,
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 359 Pag. 1
Resolución N 360 Pag. 2
Resolución N 362 Pag. 3
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
Y ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N 73 Pag. 3
Resolución N 74 Pag. 4
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - ERSEP
Resolución General N 92 Pag. 6

Cláusula 73 y Anexo N 99, con vigencia desde las 0 horas del día 19 de septiembre del 2022, hasta la extinción de las obligaciones del Tomador cuyo cumplimiento cubre, emitida por ALBA COMPAÑÍA ARGENTINA DE
SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT N 33-50005703-9 por un monto de Pesos Cincuenta Millones $ 50.000.000,00, en relación a la obra de referencia, constituyendo el asegurador domicilio legal en la Ciudad de Córdoba y sometiendo cualquier litigio a la jurisdicción del domicilio del asegurado. Asimismo, se consigna que el asegurado es el GOBIERNO
DE CÓRDOBA MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN DE
VIALIDAD - CONSORCIO CAMINERO ÚNICO.
Que según constancias del Portal de Obras Públicas POP la obra de que se trata registra un avance acumulado del 5,70%, conforme MEDICIÓN
MENSUAL Nº 001-0 CORRESPONDIENTE AL PERÍODO SEP-2022.
Que obra Dictamen Nº 376/2022 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, atento a la constancias de autos, lo establecido en los artículos 22 y 59 de la Ley de Obras Públicas N 8.614, artículo 107 del Pliego General de Condiciones Decreto N 4.758/77 puede aprobarse la sustitución de que se trata para aquellos certificados que a la fecha del presente instrumento legal se hubieran emitido en caso de así correspondery para los que se emitan en el futuro, hasta el monto propuesto.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N 376/2022 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRÚEBASE la sustitución anticipada del Fondo de Reparo mediante PÓLIZA DE SEGURO DE CAUCIÓN EN GARANTÍA
SUSTITUCIÓN FONDO DE REPARO OBRA PÚBLICA N 964.502, Cláusula 73 y Anexo N 99, para aquellos certificados que a la fecha de la presente Resolución se hubieran emitido y para los que se emitan en el futuro para el Contrato Original de la obra: PAVIMENTACIÓN RUTA PROVINCIAL N 10 TRAMO: PUNTA DEL AGUA LAS PERDICES LON-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/11/2022 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date07/11/2022

Page count9

Edition count4127

First edition01/02/2006

Last issue29/04/2024

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