Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/11/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIII - Nº 228
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 3 DE NOVIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

3 Sala Laboral 3.a Culminar, a julio de 2021, con la totalidad de los recursos pendientes del año 2017 y con los que restan del año 2018.
3.b Avanzar, a mayo de 2022, con las causas ingresadas en el año 2019.
3.c Proyectar las causas ingresadas en los años 2020 y 2021, según las prioridades i. e.: grave enfermedad, suspensión de ejecución, cesación de pagos, y supuestos que requieren de determinación de criterios v. gr. decretos de necesidad y urgencia; comisiones médicas, aplicación y vigencia de leyes nuevas, etc.-.
4 Sala Penal 4.a Proyectar las causas ingresadas a la Relatoría antes del año 2020 5,29
% de las causas ingresadas en 2018 y 23,22 % de las ingresadas en 2019;
y avanzar lo más posible con los proyectos de las causas ingresadas durante el año 2020 50,25 % de las causas ingresadas. Respecto de las ingresadas desde 2021, avanzar en las que tengan prioridades de juzgamiento, de conformidad al Acuerdo Reglamentario n 668, Serie A, de 3/6/2003.
4.b Mantener la tendencia de productividad no inferior a la del período anterior en las demás causas con prioridad i. e.: medidas de coerción, incidentes de la ejecución de penas, recursos en contra de resoluciones que disponen archivo, suspensiones de juicio a prueba, sobreseimiento o absoluciones, como también respecto de la resolución de los recursos extraordinarios interpuestos.
En particular, se propone mantener una pendencia no superior a tres meses en las prisiones preventivas sin sentencia con condena; lo mismo en causas de ejecución de pena privativa de la libertad prisiones domiciliarias, libertades condicionales y libertades asistidas, suspensión del juicio a prueba y elevaciones a juicio de imputados con posibilidad de suspensión de matrícula o destitución. Y sin pendencia, o mínima pendencia, en los recursos extraordinarios federales.
5 Relatoría y Secretaría Electoral y de Competencia Originaria 5.a Mantener sin pendencia todos aquellos planteos y recursos en causas que demanden atención preferente.
5.b Culminar los proyectos correspondientes a las causas ingresadas hasta el 31 de junio de 2021, como así también con los correspondientes a las ingresadas en los años 2021 y 2022 que tengan implicancias institucionales, trascendencia pública o urgencia.

que el mismo sea completado conforme las previsiones de los anteriores acuerdos reglamentarios y las que se fijen en el presente acuerdo.
En una etapa posterior, deberá avanzarse hacia la informatización del procedimiento de relevamiento, recolección, carga y procesamiento de datos por las diferentes secretarías y relatorías de salas y del pleno de este Tribunal, como así también, en el diseño de una interfaz de consulta pública que facilite la accesibilidad y difusión de su actividad jurisdiccional y de la evolución de su productividad jurisdiccional.
Con la mira puesta en dicho propósito, el área u oficina encargada de la recolección y procesamiento de los datos estadísticos de la actividad jurisdiccional y de la generación de los informes anuales de productividad de este TSJ, de manera articulada y conjunta con el Área de Modernización, y con aquellas otras que el TSJ estime conveniente y adecuado involucrar, comenzarán a trabajar en el diseño e implementación del formulario correspondiente a la Planilla de registración de la actividad jurisdiccional y de las proyecciones de productividad del TSJ, y en un sistema de carga y procesamiento informático de dicha información, en procura de generar una interfaz digital de acceso y consulta pública de la misma.
Por todo ello y en virtud de las atribuciones de Superintendencia previstas por los arts. 166, inc. 2. de la Constitución Provincial y 12, inc. 1. de la Ley Orgánica del Poder Judicial n 8435;
SE RESUELVE:
Art. 1..- DIFUNDIR la actividad en la función jurisdiccional desplegada por las diferentes secretarías y relatorías de salas y del pleno del Tribunal Superior entre el 1 de mayo del año 2019 y el 30 de abril de 2020, como así también la comprendida entre el 1 de mayo del año 2020 y el 30 de abril del año en curso, y asumir como compromiso de productividad para el corriente año y primer cuatrimestre de 2022 el explicitado en el presente Acuerdo.
Art. 2..- DISPONER que en situaciones excepcionales y/o contextos de emergencia, las distintas secretarías y relatorías de salas y del pleno de este Tribunal Superior, deberán producir sus respectivos informes de productividad, proporcionando la información atinente a dicho ciclo con arreglo a los estándares de productividad consignados en el último acuerdo de productividad vigente.

V. Dado el particular contexto de pandemia, que ha impactado directamente en los aspectos funcionales del Poder Judicial, y conforme la experiencia adquirida a lo largo del mismo, resulta imperioso adaptar los procedimientos actuales a las nuevas exigencias de funcionamiento institucional y de ejercicio de la función jurisdiccional. En virtud de ello, a partir del presente, en situaciones excepcionales y/o contextos de emergencia, si no se hubieren determinado y/o explicitado pautas específicas para el próximo período de productividad, las distintas secretarías y relatorías de salas y del pleno de este Tribunal Superior, deberán producir sus respectivos informes, proporcionando la información atinente a dicho ciclo con arreglo a los estándares fijados en el último acuerdo de productividad vigente, conforme el grado de avance que corresponda reportar replicando tales objetivos.

Art. 3..- INSTRUIR a la Relatoría Electoral y de Competencia Originaria, al Área de Modernización, y a aquellas otras que se estime conveniente y adecuado involucrar, para que trabajen en el diseño e implementación de una Planilla de registración de la actividad jurisdiccional y de las proyecciones de productividad del TSJ, y en un sistema de carga, procesamiento informático, consulta pública y difusión de dicha información.

VI. Por otra parte, y en virtud de la consolidación de esta práctica destinada a intensificar la transparencia institucional, resulta conveniente evaluar alternativas de sistematización de los procedimientos de recolección y procesamiento de datos, como así también la facilitación de la accesibilidad a los mismos.
Para ello, en una primera etapa, es necesario sincronizar el período de productividad con el año calendario, y diseñar un formulario que facilite un adecuado y uniforme procedimiento de recolección de datos, de modo
Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Art. 4.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia. Incorpórese en la página WEB del Poder Judicial, y dese la más amplia difusión periodística.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el señor Presidente y los señores Vocales, con la asistencia del
FDO.: SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, PRESIDENTE - DOMINGO JUAN SESIN, VOCAL - AIDA L. TARDITTI, VOCAL - LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL - M. DE LAS
MERCEDES BLANC DE ARABEL, VOCAL - MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VOCAL - LUIS EUGENIO ANGULO, VOCAL - RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/11/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date03/11/2021

Page count11

Edition count4152

First edition01/02/2006

Last issue31/05/2024

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