Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/01/2021 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
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AÑO CVIII - TOMO DCLXXIII - Nº 11
CORDOBA, R.A. LUNES 18 DE ENERO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
Resolución General N 35
Córdoba, 30 de diciembre del 2020
Quioscos en el Dique Río Tercero hasta 12 m2
$8.922
Quioscos en el Dique Cruz del Eje, La Falda y La Quebrada hasta 12 m2
$5.351
Quioscos en el Dique La Viña y Los Molinos hasta 12 m2
$4.461
VISTO el Expediente Nº 0416-022127/1998 en el que se tramita la fijación de la tasa y la determinación de las fechas de vencimiento correspondientes al rubro OCUPACIÓN DE CAUCE - QUIOSCOS para el AÑO 2021.
Quioscos en otros lugares que no sean los especificados hasta 12 m2
$4.906
Por cada m2 de superficie cubierta que exceda los 12 m2, un adicional de $
$364
Y CONSIDERANDO:
Que a fojas 171/173 obra agregado informe técnico expedido por la Subdirección de Jurisdicción Administración y Recursos Humanos, en el que se propone fijar el Canon para el Rubro OCUPACION DE CAUCE - QUIOSCOS correspondiente al AÑO 2021 y establecer la fecha de vencimiento para abonar dichas obligaciones según el cronograma agregado a fojas 171. Del mismo surge que los montos serán incrementados en relación a los valores del año 2020 y se ha previsto que el pago del Canon se efectivice en seis 6 cuotas. Asimismo, se ha procedido a realizar una nueva descripción del hecho imponible, a los fines de lograr mayor precisión a la hora de determinar el Canon correspondiente.
Que según lo prescripto por el Artículo 6 inc. i de la Ley N 9.867 APRHI, es atribución de esta Administración Provincial de Recursos Hídricos establecer el canon de agua y los precios o tarifas de los servicios a su cargo.
POR ELLO, constancias de autos, dictamen de la Jefatura de Área de Asuntos Legales Nº 281/2020 obrante a fojas 174 de autos y facultades conferidas por Ley Nº 9.867; el
En esta categoría se incluyen los negocios sin receptáculo para el público, fijos o desmontables.
Tercera categoría Quioscos hasta 6 m2 cubiertos
$1.983
Quioscos hasta 9 m2 cubiertos
$2.478
Quioscos hasta 12 m2 cubiertos
$3.590
Por cada m2 que supere los 12 m2, abonarán
$396
En esta categoría quedan incluidos los quioscos y/o instalaciones que tienen las características de la segunda categoría en lo que respecta a la recepción y atención al público, pero que no están enclavados al lugar de su emplazamiento y revisten el carácter de ser desmontables, careciendo de construcciones que los inmovilicen al suelo o lugar.
B INSTALACIONES MÓVILES:
TASA 2021
Heladeras, caballetes, vitrinas auto transportables o impulsadas por motocicletas, triciclos, bicicletas
$667
Instalaciones móviles con venta de bebidas alcohólicas
$10.702
Instalaciones móviles montadas sobre camiones, automóviles o impulsadas por este tipo de vehículos
$5.351
Directorio de la ADMINISTRACION PROVINCIAL
DE RECURSOS HIDRICOS APRHI en pleno R E S U E LV E
En aquellos casos en los que el permiso sea destinado a superficies susceptibles de ser individualizadas como unidades de medida tales como cocheras, rampas, etc., se abonara la suma de $12.132 por cada una.
Artículo 1: FIJAR para el AÑO 2021 los siguientes derechos y cánones anuales por los Permisos de Uso Precario que se concedan para la ocupación de fracciones de terrenos ubicados en las márgenes de los cursos de agua pertenecientes al dominio público de jurisdicción provincial, con destino a la explotación comercial, de servicios, deportivas y recreativas, los que se determinaran en función de la superficie del terreno cedido en uso, a razón de $ 6.066 por cada 5 hectáreas o fracción, más un cargo que varía en función del tipo de construcción a instalar según el siguiente esquema:
Artículo 2: ESTABLECER, como fecha de vencimiento para abonar las tasas y derechos establecidos en el artículo precedente, el siguiente cronograma. En caso de caer día inhábil, el vencimiento operará el primer día hábil posterior.
A INSTALACIONES FIJAS:
Primera categoría
0,4
$47.621
Más de 50 m2 y hasta 80 m2
$66.671
$226
Segunda categoría Quioscos en el Dique San Roque hasta 12 m2
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
1 Cuota
2 Cuota
3 Cuota
4 Cuota
5 Cuota
6 Cuota
10 - m a r 2021
12-abr2021
10 - j u n 2021
10-ago2021
11 - o c t 2021
10 - d i c 2021
TASA 2021
Construcciones de material, ladrillos, madera, con salones y sanitarios para la recepción del público hasta 50 m2
Por cada m2 que exceda los 80 m2, un adicional de $
Subrubro Ocupación de Cauce Quioscos
Artículo 3: PROTOCOLÍCESE. Publíquese en el Boletín Oficial. Pase a la Subdirección de Jurisdicción Administración y Recursos Humanos para su conocimiento. Archívese.
FDO: JUAN PABLO BRARDA, PRESIDENTE - HORACIO SEBASTIAN HERRERO, VOCAL - PABLO JAVIER WIERZBICKY, VOCAL - GONZALO E. PLENCOVICH, VO-
$15.617
CAL - CESAR DARIO SUAYA, VOCAL
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