Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/01/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CVIII - TOMO DCLXXIII - Nº 8
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 13 DE ENERO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

tración para la implementación de Microsoft Dynamics 365 como plataforma de gestión de trámites y casos cuyo destinatario principal es en virtud de la magnitud y volumen de gestión, la Secretaría de Ingresos Públicos, dependiente del Ministerio de Finanzas y las dependencias que de ella dependen Dirección General de Rentas, Dirección General de Catastro, Dirección de Inteligencia Fiscal y Fiscalía Tributaria Adjunta, siendo también destinatarios del servicio la Secretaría de Ambiente, Secretaría de Capital Humano, Ministerio de Obras Públicas, Ministerio de la Mujer, Ministerio de Justicia, Fiscalía de Estado y Ministerio de Trabajo, a un valor unitario por hora de pesos tres mil cien $ 3.100.-, lo que hace un total por catorce mil cuatrocientas 14.400 horas de pesos cuarenta y cuatro millones seiscientos cuarenta mil $ 44.640.000,00.- y por el Renglón N 2: Servicios de horas para asistencia, administración, soporte, desarrollo, personalización y configuración para la implementación herramienta Microsoft Dynamics 365 como plataforma de relación con el ciudadano considerando principalmente el módulo de gestión de campañas salientes/entrantes y vinculación a call centers, a un valor unitario por hora de pesos tres mil novecientos cincuenta $ 3.950.-, lo que hace un total por tres mil trescientas sesenta 3.360 horas de pesos trece millones doscientos setenta y dos mil $
13.272.000.00-, lo que hace un total general de pesos cincuenta y siete millones novecientos doce mil $ 57.912.000,00.- IVA incluido, de conformidad con las Condiciones de Contratación Generales y Particularesy Pliego de Especificaciones Técnicas, los que como Anexos I y II, con cinco
5 y siete 7 fojas útiles respectivamente, forman parte integrante de la presente Resolución, con fecha probable de inicio a partir del 1 de diciembre de 2020, hasta el día 31 de agosto de 2021 o hasta agotar la cantidad total de horas contratadas, lo que ocurra primero.

MINISTERIO DE FINANZAS

control interno de la hacienda pública del Sector Público no financiero y en este sentido, el artículo 75 del mismo texto legal enuncia sus competencias, entre las que se cuenta, administrar el sistema de información financiera, que permita conocer permanentemente la gestión presupuestaria, de caja, financiera y patrimonial, así como los resultados operativos, económico y financiero de la administración central, de cada entidad descentralizada y del sector público no financiero en su conjunto y entender en la compilación, análisis y evaluación de la información económica y financiera de la hacienda pública del Sector Público Provincial no financiero.

CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA
Resolución N 1
Córdoba, 12 de enero de 2021
VISTO:
La Ley N 9086, texto reglamentado por Decreto N 150/2004, el Cuerpo Normativo Unificado del Sistema Integrado de Administración Financiera, aprobado por Resolución N 03/2018 de la Secretaría de Administración Financiera y el Decreto Nº 1615/2019 y su similar modificatorio N 93/2020, ambos ratificados por la Ley N 10.726.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 9086 establece y regula la administración financiera y el control de la administración general del Estado Provincial, previendo, entre otros, los subsistemas de Crédito Público y Contabilidad.
Que se entiende como subsistema de Crédito Público al conjunto de principios, órganos, normas y procedimientos que regulan las acciones y operaciones tendiente a la obtención y cancelación de financiamiento interno y externo, incluido el proceso previo de evaluación y dictamen de factibilidad para la concreción y aplicación de la toma de créditos internos y externos.
Que el subsistema de Contabilidad refiere al conjunto de principios, órganos, normas y procedimientos técnicos utilizados para recopilar, valuar, procesar y exponer los hechos y actos económicos y financieros que afecten o puedan afectar patrimonialmente a las entidades públicas, y que permitan medir el cumplimiento de los objetivos y metas de la administración.
Que, el artículo 74 de la Ley N 9086, establece a la Contaduría General de la Provincia como la unidad rectora central del subsistema Contabilidad y BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 2º IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, por la suma total de PESOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL $ 57.912.000,00.-, a Jurisdicción 1.15 Ministerio de Finanzas-, como sigue: por el mes de diciembre de 2020, $ 9.652.000.-, al Programa 151-000, Partida: 3.05.07.00 Servicios de Informática y Sistemas Computarizados del P.V., de acuerdo al siguiente detalle: para el Renglón N 1 $ 7.440.000,00 por 2.400 horas y para el Renglón N 2, $ 2.212.000,00 por 560 horas y por el periodo enero a agosto de 2021, $ 48.260.000,00.-, como Importe Futuro, de acuerdo al siguiente detalle: para el Renglón N 1, $ 37.200.000.- por 12.000 horas y para el Renglón N 2, $ 11.060.000.- por 2.800 horas.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO

Que, el artículo 74 del Cuerpo Normativo Unificado del Sistema Integrado de Administración Financiera, aprobado por Resolución N 03/2018 de la Secretaría de Administración Financiera, reglamenta el procedimiento administrativo para la emisión del Documento de Ingreso Egreso Transitorio DIET y la intervención DAC Documento de Ajuste Contable.
Que el Capítulo XI del Título III del citado Cuerpo Normativo establece los procedimientos para el registro contable en el marco del Régimen Patrimonial de los Bienes del Estado Provincial.
Que, la Contaduría General de la Provincia está a cargo de un Contador General y dos Sub Contadores Generales, de Contabilidad y de Auditoría.
Que, en la actualidad, el cargo Sub Contador General de Contabilidad, reemplazante natural de esta Contadora General y el cargo Sub Contador General de Auditoría se encuentran vacantes.
Que el artículo 3 de la Ley N 5350 T.O. Ley N 6658 sustituido por la Ley N 10.618 prevé que los titulares de los órganos administrativos, en materias de su competencia legal o delegada, pueden facultar a los titulares de órganos o unidades administrativas que de él dependan, para que suscriban en su nombre sus actos o resoluciones, sin que ello altere o menoscabe su competencia o responsabilidad en la decisión.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/01/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date13/01/2021

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First edition01/02/2006

Last issue04/05/2024

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