Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/03/2020 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXIII - Nº 65
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 25 DE MARZO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE SALUD
Resolución N 260
Córdoba, 11 de marzo de 2020
VISTO: La necesidad de ordenar el dictado del Instrumento Legal pertinente, delegando en la persona de los Señores Secretario de Coordinación y Gestión Administrativa y Subsecretario de Gestión Administrativa, asuntos relativos al régimen económico y administrativo de esta Jurisdicción Ministerial.
Y CONSIDERANDO:
Que lo precedentemente expuesto, responde a la necesidad de dar ágil cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Nro. 1966/09.
Que el Instrumento Legal precitado, faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central, a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción, adecuando montos, fuentes de financiamiento, plazos, alcance y toda otra gestión que corresponda en los Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los fines de reflejar las modificaciones que se dispongan durante su ejecución.
Que el objeto de la delegación que se propicia se encuadra en el ordenamiento legal vigente, pudiendo el suscripto conceder tal autorización, atento a la factibilidad de precisar expresamente la materia, funciones y
término de vigencia de la misma.
Que lo planteado se encuadra en lo contemplado en las disposiciones del Capítulo 60 - Delegación de Facultades, Artículo 15 del Anexo 1 al Decreto Nro. 1615/19.
Por ello, en uso sus atribuciones y lo informado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales, EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
1- -DELÉGASE a partir del 02 de enero y hasta el 31 de Diciembre de 2020, en los Señores Secretario de Coordinación y Gestión Administrativa y Subsecretario de Gestión Administrativa, ambos de esta Jurisdicción Ministerial, la facultad de autorizar las modificaciones en las asignaciones de los Recursos Financieros y las Adecuaciones al Plan de Inversiones Públicas del Presupuesto General de la Administración Pública Provincial.
2- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: DIEGO HERNÁN CARDOZO, MINISTRO DE SALUD

RESOLUCIÓN Nº 270
Córdoba, 17 de marzo de 2020
VISTO: el Expediente N 0425-394357/2020 del registro de esta Cartera de Salud.
Y CONSIDERANDO:
Que en los presentes obrados se tramita la implementación del Fondo para la Atención del Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémicas creado mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N 156/2020, y amplaido por su similar N 196/2020.
Que mediante nota incorporada por el Secretario de Coordinación y Gestión Administrativa y el Director General de Administración se pone en conocimiento que mediante lo reglado por artículo N 4 y 5 del Decreto 156/2020 y su ampliatorio N 196/2020 mediante el cual se establece El Fondo para la Atención del Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémicas se regirá por las previsiones de los art. 2, 3 y 4 de la Ley N 10.336, con las adecuaciones que resulten pertinentes, debiendo la autoridad competente confeccionar la documentación que se requiera para la remisión al Tribunal de Cuentas.
Que a tal fin se acompaña Orden de Compra Nro. 2020/000395 por la suma de $810.000.000,00 del Presupuesto Vigente 2020.
Que la mencionada Ley N 10.336, establece en su artículo 2: A
efectos del cumplimiento de la intervención establecida en el artículo 127
inciso 2 de la Constitución Provincial y en el marco de la presente Ley, resulta instrumento suficiente la remisión que haga la Autoridad de Aplicación del Fondo Permanente para Atención de Situaciones de Desastre al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Córdoba del Compromiso DefinitiBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

vo Global de los créditos presupuestarios previstos para el ejercicio fiscal, para afrontar los gastos que demande la aplicación de dicho fondo, sin perjuicio de las rendiciones que correspondan posteriormente
Que lo instado se enmarca en las previsiones de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N 10.336, del Decreto N 156/2020 y su ampliatorio N 196/2020.

Que corresponde aprobar la Orden de Compra Global Nro. 2020/000395
por la suma de $810.000.000,00 e imputar a efectos de afrontar los gastos que demande la aplicación del Fondo para la Atención del Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémicas.
Por ello, en uso de sus atribuciones, y lo dictaminado por la Dirección General Legal y Técnica bajo Nro. 294/2020, EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
1.- APRUÉBASE la Orden de Compra Global Nro. 2020/000395 para la implementación del Fondo para la Atención del ESTADO DE ALERTA, PREVENCIÓN Y ACCIÓN SANITARIA POR ENFERMEDADES EPIDÉMICAS
dispuesto por Decreto Nro. 156/2020, ampliado por su similar Nro. 196/2020. 2.- IMPUTASE la suma de PESOS OCHOCIENTOS DIEZ MILLONES
$810.000.000,00 que demandará lo dispuesto en el Apartado Primero del presente Instrumento Legal a Jurisdicción 1.45, Programa 472-000, discriminado de la siguiente manera: a la suma de PESOS CUATROCIENTOS
CINCUENTA MIL $ 450.000,00, a Partida Principal 2, Parcial 01, Subparcial 02 Alimentos Elaborados ; b la suma de PESOS DOS MILLONES

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/03/2020 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date25/03/2020

Page count8

Edition count4131

First edition01/02/2006

Last issue04/05/2024

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