Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/03/2020 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXIII - Nº 65
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 25 DE MARZO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

públicos, todo ello con el fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19 y la consiguiente afectación a la salud pública y los demás derechos subjetivos derivados, tales como la vida y la integridad física de las personas artículo 2.

Que la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular dispuesta por DNU N 297/2020, supone excepciones, como la prevista por el artículo 6, inc. 3, para el Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
Que, como consecuencia, es obligación del Tribunal Superior de Justicia TSJ, en la órbita de sus atribuciones constitucionales, adoptar las medidas imprescindibles con la urgencia que demanda la coyunturapara preservar la salud y la vida de las personas en general y de quienes prestan funciones en el Poder Judicial de Córdoba en particular. Que en consecuencia es necesario reducir la circulación y agrupamiento de personas mientras dure el aislamiento para reducir la propagación de la pandemia de COVID-19, en el ámbito judicial provincial.

Que, por Acuerdo Reglamentario N 1620 del 16 de marzo de 2020, se estableció un receso judicial extraordinario por razones sanitarias para la segunda quincena del mes de marzo, en toda la jurisdicción de la Provincia de Córdoba, que dispuso entre otras cuestiones la declaración de inhábiles a los fines procesales y administrativos de los días comprendidos entre el 17 y el 31 de marzo inclusive del corriente año.
II. Que, en el marco de la emergencia sanitaria de que se trata, resulta imperioso garantizar el acceso a la justicia de personas vulnerables en los términos recomendados por las Reglas de Brasilia, todo lo cual supone la adopción por parte de las autoridades públicas de medidas de acción positiva, en particular de las víctimas de violencia familiar y/o de género, que requieren medidas de protección para hacer cesar o evitar una situación de riesgo en el contexto de aislamiento social, preventivo y obligatorio imperante.
III. Que lo proyectado, atiende entonces, a las graves circunstancias de carácter sanitario que requiere de la adopción de medidas preventivas que reduzca los riesgos de contagio y a la exigencia de la Constitución de la Provincia, que en su diseño institucional requiere de la Administración Pública lo que resulta aplicable a la Administración de Justiciaque se encuentre dirigida a satisfacer las necesidades de la comunidad con eficacia, eficiencia, economicidad y oportunidad, conforme lo dispuesto por el artículo 178 de la Constitución Provincial.
Atento a todo ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas;

LA SEÑORA PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
RESUELVE:
1. PRORROGAR automáticamente las medidas cautelares a vencerse durante el receso judicial extraordinario, por el término de noventa 90
días, desde el día de su vencimiento.
2. PRORROGAR automáticamente, las medidas cautelares que se hayan vencido durante el receso judicial extraordinario, por el término de noventa 90 días desde la fecha de emisión de la presente.
3. HACER SABER a la Policía Federal y de la Provincia de Córdoba que respecto de las medidas cautelares judicialmente dispuestas en los términos de la Ley N 9283 -exclusión del hogar, prohibición de acercamiento y contacto, otorgamiento de botón antipánico o tobillera, o cualquier otra que haga a la protección de la persona con carácter general - aun las vencidas durante la emergencia sanitaria, deberán prestar la asistencia que les sea requerida, considerándolas al efecto prorrogadas por el plazo de noventa días 90 a partir de la fecha de emisión de la presente.
4. COMUNÍQUESE a todos los jueces de la provincia con competencia en violencia familiar, a los lugares de alojamiento de las víctimas, a todos los organismos que intervienen con responsabilidad orgánica y funcional en la ejecución de las medidas dispuestas en materia de violencia familiar y/o de género en la provincia, a la Fiscalía General, a la Dirección General de Policía Judicial, a la Asociación de Magistrados y funcionarios del Poder Judicial, a la Federación de Colegio de Abogados, a los Colegios de Abogados, a la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial, a la Oficina de Asistencia y Coordinación de los Centros Judiciales del Interior de la Provincia.
5. DIFÚNDASE por medio de la comunicación radial y en diarios de circulación local, por el termino de tres 3 días, a través de su publicación en el sitio web oficial del Poder Judicial de Córdoba y en el Portal de Aplicaciones Intranet, al mismo tiempo instrúyase a la Oficina de Prensa y Proyección Socioinstitucional a que se dé la más amplia difusión del presente.
FDO: MARÍA MARTA CÁCERES DE BOLLATI. PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA.-

Centro Cívico del Bicentenario Rosario de Santa Fe 650

Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.

Tel. 0351 5243000 int. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA

Secretario Legal y Técnico: Fernando Pesci Jefe de Área Boletín Oficial Electrónico: Octavio Elías
http boletinoficial.cba.gov.ar
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

boe@cba.gov.ar
@boecba
8

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/03/2020 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date25/03/2020

Page count8

Edition count4131

First edition01/02/2006

Last issue04/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2020>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031