Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 03/02/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

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Núm. 027 mércores, 3 de febreiro de 2021

BOP Lugo
- 1 educador/a infantil PAI
- 1 orientador/a laboral - 8 auxiliares de axuda a domicilio Sober, 29 de xaneiro de 2021.- O Alcalde, Luis Fernández Guitián.
R. 0243

ADMINISTRACIÓN DE XUSTIZA
XULGADO DO SOCIAL N.º 3 LUGO
Anuncio DOÑA MARÍA DE LOS ÁNGELES LÓPEZ CARBALLO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 3 de LUGO, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 14/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON IVÁN TEIJEIRO PRIETO contra la EMPRESA LUTYSMA, S.L., sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, se ha dictado AUTO Y DECRETO de fecha 27/01/2021 cuyas partes dispositivas son, respectivamente, del tenor literal siguiente:

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado , prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 3 abierta en BANCO SANTANDER, cuenta nº 2324/0000/30/0014/21 debiendo indicar en el campo concepto, "Recurso" seguida del código "30 SocialReposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 SocialReposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
ACUERDO: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte ejecutante para que en el plazo de quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de embargo, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar Decreto declarando la insolvencia provisional en la presente ejecución.
Tráigase a la presente ejecución testimonio del Decreto de fecha 15-10-2018 dictado por este Juzgado en la ejecución nº 33/2018 declarando en situación de insolvencia legal a la empresa ejecutada LUTYSMA, S.L..
Notifíquese a las partes esta resolución.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 2324/0000/30/0014/21 abierta en BANESTO, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 SocialRevisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la
Anuncio publicado en: Num BOP 27 año 2021 03/02/2021
02/02/2021 08:00:00
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Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia firme dictada en los autos nº 217/2018 de este Juzgado, a favor de la parte ejecutante, DON IVÁN TEIJEIRO PRIETO, frente a la EMP. LUTYSMA, S.L., parte ejecutada, por importe de 10.971,24 EUROS más el interés del 10%, en concepto de principal, así como 2.194,25 EUROS presupuestados prudencialmente para intereses y costas de ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación.

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Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 03/02/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

CountrySpain

Date03/02/2021

Page count20

Edition count3289

First edition01/03/2013

Last issue29/04/2024

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