Boletin Judicial de Costa Rica del 21/4/2023

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Viernes 21 de abril del 2023
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N20, del 29de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Igualmente, se les invita a utilizar El Sistema de Gestión en Línea que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a lugar de trabajo, b sexo, c fecha de nacimiento, d profesión u oficio, e si cuenta con algún tipo de discapacidad, f estado civil, g número de cédula, h lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución al Patronato Nacional de la Infancia en sus oficinas en esta ciudad por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Grecia, indicándoles que la misma podrá ser localizada en: Grecia, Carbonal, 100 metros norte de la escuela, casa amarilla. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso de no localizarse la progenitora en la dirección que se indica en la cuenta cedular, y de previo a nombrarle curador procesal a la misma, deberá el ente promotor apersonar a dos testigos para que declaren sobre la ausencia de la demandada. Msc.
Francinni Campos León. Jueza. Nota: De conformidad con la circular N 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una única vez.Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.1 vez.O. C. N 364-12-2021C.
Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2023746346 .
Licenciada Tatiana Sánchez Sánchez, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas, a Sherling Tatiana Mongrillo Arroyo, en su carácter personal, quien es mayor, cédula 0207580099, de demás calidades desconocidas, se le hace saber que en demanda proceso especial de declaratoria judicial de estado de abandono de persona menor de edad, establecida por
BOLETÍN JUDICIAL Nº 69 Pág 35

Patronato Nacional de la Infancia contra Sherling Tatiana Mongrillo Arroyo, Expediente 22-000080-1146-FA, se ordena notificarle por edicto a Sherling Tatiana Mongrillo Arroyo, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas. A las catorce horas cuarenta y ocho minutos del veinticinco de enero de dos mil veintidós.- Se tiene por establecido el presente proceso de declaratoria judicial de estado de abandono con fines de adopción, extinción de la responsabilidad parental y solicitud de depósito judicial, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia contra Sherling Tatiana Mongrillo Arroyo. A quien se le concede el plazo de cinco días hábiles para que se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca pruebas de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia.
Asimismo, se otorga el depósito judicial provisional de las personas menores de edad de interés Valentina y Verónica Sofía ambas de apellidos Mongrillo Arroyo, a cargo de Iliana de los Ángeles Mongrillo Arroyo. A quien se le previene que se apersone al despacho a la mayor brevedad posible a aceptar el cargo conferido. Asimismo, se le previene a la parte demandada, de conformidad con los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley de Notificaciones número 8687, el señalamiento de correo electrónico, fax, casillero, en estrado o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, como medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones posteriores le quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. Notifíquese esta resolución a la demandada Sherling Tatiana Mongrillo Arroyo, mediante la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Cóbano, por ser habida la misma en Puntarenas, Cóbano, detrás y Juzgado de Familia de Puntarenas. A las once horas diecinueve minutos del veintidós de diciembre de dos mil veintidós. Juzgado de Familia de Puntarenas. A las catorce horas veintidós minutos del dieciséis de enero de dos mil veintitrés. Conforme el documento aportado a la carpeta electrónica en fecha trece de enero de dos mil veintitrés, se tiene por aceptado el cargo como curador procesal por parte del licenciado Roy Gordon Hyman. Asimismo, y por haberse omitido en la resolución de las ocho horas cuarenta y siete minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós, se indica que se confeccionará un edicto con la finalidad de notificar la resolución inicial de este asunto de las catorce horas cuarenta y ocho minutos del veinticinco de enero de dos mil veintidós, a la parte demandada señora Sherling Tatiana Mongrillo Arroyo, dicho documento se publicará en el Boletín Judicial. Licda. Tatiana Sánchez Sánchez. Jueza. Nota: De conformidad con la circular N 6709 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.Juzgado de Familia de Puntarenas.Licda.
Tatiana Sánchez Sánchez, Jueza.1 vez.O. C. N 364-122021C.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2023747790 .

Edictos Matrimoniales
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Andrea Schlager Zúñiga, mayor, Soltera, actualizadora de datos, cédula de identidad número 0114940943, vecina Frente al Colegio Las Américas, casa con portón negro, hija de Laura Zúñiga Casal y José Schlager Acuña, nacida en Carmen, Central, San Joven, el 23/03/1992, con 30 años de edad, y José Pablo Ramírez Madden, mayor, Soltero, Bartender, cédula de identidad número 0115900693, vecino Frente al Colegio Las Américas, casa con portón negro, hijo de Jackeline Maden Barrientos y Ernesto Ramírez Porras, nacido en Carmen, Central, San José, el 30/11/1994, actualmente con 28 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este

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Boletin Judicial de Costa Rica del 21/4/2023

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date21/04/2023

Page count36

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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