Boletin Judicial de Costa Rica del 1/10/2021

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

RICARDO
SALAS
ALVAREZ
FIRMA

AÑO CXXVII

La 1º de de febrero octubredel del 2016
2021
LaUruca, Uruca,San SanJosé, José,Costa CostaRica, Rica,viernes lunes 1

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
CIRCULAR Nº 211-2021
ASUNTO: Reforma al Reglamento de Reconocimientos Otorgados por el Poder Judicial A TODAS LAS PERSONAS
SERVIDORAS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
La Corte Plena, en sesión N 35-21 celebrada el 23
de agosto del 2021, artículo XXIII, aprobó la reforma al Reglamento de Reconocimientos Otorgados por el Poder Judicial, y estableció un premio denominado: La justicia con rostro de mujer, en los siguientes términos:
Artículo 6: Integración. El Tribunal de Reconocimientos estará integrado por las siguientes personas:
a.La persona Presidenta del Consejo de la Judicatura.
b.El Presidente del Consejo Directivo de la Escuela Judicial.
c. El Presidente del Consejo de Personal.
d. El Coordinador de la Comisión de Rescate de Ética y Valores del Poder Judicial.
e. Un integrante del Consejo Superior del Poder Judicial.
f. Un representante de las organizaciones gremiales del Poder Judicial.
g. La Coordinadora de la Comisión de Género del Poder Judicial.
En caso de ausencia de alguno de ellos, lo sustituirá quien corresponda hacerlo en el órgano respectivo. Sin embargo, en el caso de la persona integrante del Consejo Superior, lo suplirá otro de los titulares de ese órgano. Preside el funcionario o funcionaria de mayor antigedad en la Corte.
Artículo 10.De la votación. El Tribunal podrá tomar decisiones válidas por simple mayoría y sesionar con la presencia de por lo menos cuatro de sus integrantes, previa convocatoria con cuatro días hábiles de antelación, salvo casos de urgencia. Cuando haya número par de miembros presentes en la sesión convocada y se produzca un empate en cualquier votación, quien preside decidirá con doble voto.
Artículo 13.Requisitos mínimos para la nominación. Sin perjuicio de los que se establezcan para cada reconocimiento en particular, la persona nominada deberá ser de reconocida solvencia moral.
Artículo 19.Los reconocimientos. Los reconocimientos que el Poder Judicial podrá otorgar, sin perjuicio que posteriormente se creen otros, son:
a. Fernando Coto Albán, b.Ulises Odio Santos, c. Al buen profesional, premio Luis Paulino Mora Mora, d.Miguel Blanco Quirós, e. A la excelencia judicial o buenas prácticas de gestión judicial f. La justicia con rostro de mujer.
CAPÍTULO VII
Reconocimiento La justicia con rostro de mujer Artículo 34.Reconocimiento La justicia con rostro de mujer. El Reconocimiento La justicia con rostro de mujer.
estará destinado a las mujeres empleadas o exempleadas
Firmado digitalmente por RICARDO SALAS
ALVAREZ FIRMA
Fecha: 2021.09.30
16:53:06 -0600

Nº 189 44 Páginas
judiciales, administradoras de justicia o no, que en el desempeño de sus labores se hayan destacado por su honradez, mística, transparencia, excelencia y dedicación al trabajo; quienes con sus acciones, ejemplo y actitud hayan resaltado el aporte de las mujeres en las funciones encomendadas al Poder Judicial e influido o influyan en la erradicación de la violencia y de cualquier otra forma de discriminación en detrimento de los derechos humanos de las mujeres.
Artículo 35.Requisitos para ser nominada. Los requisitos para que una mujer pueda ser nominada, además de los generales contemplados en este Reglamento, son:
aLaborar o haber laborado en el Poder Judicial.
bContar con una trayectoria de relevancia en procura del respeto de los derechos humanos de las mujeres.
cQue su obra hubiese contribuido a enaltecer el trabajo de las mujeres en el Poder Judicial.
Artículo 36.El Tribunal de Reconocimientos del Poder Judicial tomará en cuenta los aportes realizados que reflejan el valor de las mujeres trabajadoras en el Poder Judicial, así como aquellos para favorecer la erradicación de la violencia y de cualquier otra forma de discriminación en detrimento de los derechos humanos de las mujeres.
Artículo 37.Acerca del reconocimiento. El galardón consistirá en una medalla de oro de diez quilates, con un tamaño de cuatro centímetros de diámetro y veinticinco y medio gramos de peso, que llevará la leyenda RECONOCIMIENTO
La justicia con rostro de mujer, el logo de la Diosa de la Justicia y las demás indicaciones estipuladas por la Corte Plena.
CAPÍTULO VIII
Disposiciones finales Artículo 38.Quedan derogadas todas las disposiciones anteriores que se contrapongan a este Reglamento.
Rige a partir de su publicación en el Boletín Judicial.
Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 21 de setiembre de 2021.

Lic. Silvia Navarro Romanini,
Secretaria General 1 vez.O.C. Nº 364-12-2021.Solicitud Nº 68-2017-JA.
IN2021588292 .
SALA CONSTITUCIONAL
ASUNTO:Acción de Inconstitucionalidad A Los Tribunales y Autoridades de la República HACE SABER:
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 21-017328-0007-CO que promueve Federación Costarricense para la Conservación del Ambiente, se ha dictado la resolución que literalmente dice: Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las doce horas once minutos del dieciséis de setiembre de dos mil veintiuno. /Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Álvaro Sagot Rodríguez, cédula de identidad N203650227, Carlos Eduardo Wong Bonilla, cédula de identidad N113650832, y Dany Alberto Villalobos Villalobos, cédula de identidad N 206430273, en su condición de presidente con representación judicial y extrajudicial de la Federación Costarricense para la

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Boletin Judicial de Costa Rica del 1/10/2021

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date01/10/2021

Page count44

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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