Boletin Judicial de Costa Rica del 11/10/2019

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 26 BOLETÍN JUDICIAL Nº 193

Viernes 11 de octubre del 2019

de Niñez y Adolescencia. A las nueve horas y cincuenta y uno minutos del cuatro de setiembre de dos mil diecinueve. Resultando:
I., II., III., Considerando: I.Hechos probados:
II.Sobre el fondo: Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 117, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad Yenifer Fabiola Rivera Álvarez. Se extingue a su padre Melvin Santiago Rivera el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito judicial de la niña Yenifer Fabiola Rivera Álvarez en la señora Hilda Quirós Álvarez debiendo apersonarse a este despacho dentro de tercer día a aceptar el cargo conferido. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil.
Sin especial condenatoria en costas. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil. Tome nota el registro de nacimientos de la provincia de: San José, tomo: quinientos setenta y dos folio: nueve, asiento:
dieciocho sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.
Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 25 de setiembre del 2019.Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.1 vez.O. C. N
364-12-2017.Solicitud N 68-2017-JA. IN2019391597 .
Se avisa, a la señora Marina Chekhova, mayor, de domicilio desconocido, misma representada por la curador a procesal Licenciada Hiram Estella Ardon Sánchez, se le hace saber que existe proceso N 18-000139-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Alisa Giusepovna Chekhova establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Marina Chekhova, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las once horas y veintitrés minutos del treinta y uno de mayo de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licenciada. Eugenia Bolaños Rodríguez.
Notifíquese.Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de setiembre de 2019.Licda.
Nelda Jiménez Rojas, Jueza.1 vez.O. C. N 364-12-2017.
Solicitud N 68-2017-JA. IN2019391598 .
Se avisa, al señor José Roberto Hernández Vargas, mayor, de demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal Licenciado Juan Carlos Solano García, hace saber que existe proceso N 18-000267-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Anthony Hernández Porras establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de José Roberto Hernández Vargas, que en este despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia 521-2019. Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia. A las catorce horas y treinta y cuatro minutos del cinco de setiembre de dos mil diecinueve. Resultando: I, II, III, Considerando: I. Hechos Probados: II. Sobre El Fondo:
Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 117, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad Anthony Hernández Porras. Se extingue a su padre José Roberto Hernández Vargas el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito judicial de la niña Anthony Hernández Porras en los señores Hilda María Lizano Angulo y José Alex Porras Salazar debiendo apersonarse a este despacho dentro de tercer día a aceptar el cargo conferido. Sin especial condenatoria en costas. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil. Tome nota el registro de nacimientos de la provincia de:
San José, tomo: mil ochocientos veinticuatro, folio: setenta, asiento: ciento treinta y nueve, sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.Juzgado de Niñez y Adolescencia.Licda.
Nelda Jiménez Rojas, teléfono 2295-3115, Juez.1 vez.O. C.
Nº.364-12-2017.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2019391599 .

Se avisa, a la señora Karla Yesenia Muñoz Campos, mayor, de demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal Lic. Randall Alberto Quirós Herrera, hace saber que existe proceso N 18-000288-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad: Aaron Geovanni Vargas Muñoz establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Karla Yesenia Muñoz Campos, que en este despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N 370-2019.Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, a las doce horas y treinta y uno minutos del once de julio del dos mil diecinueve. Resultando: I., II.
, III.; Considerando: I.Hechos probados:, II.Sobre el fondo:; Por tanto: Por lo expuesto, la doctrina y normas legales citadas, se declara con lugar el presente proceso de suspensión de patria potestad de la persona menor de edad: Aaron Giovanni Vargas Muñoz respecto a su madre Karla Yesenia Muñoz Campos y su padre Giovanni Andrés Vargas Martínez, por un período de dieciocho meses a partir de la firmeza de esta sentencia, cumplido este plazo sin haber los padres demostrado su interés por asumir a su hijo deberá el ente actor presentar el proceso que corresponda.
Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, en la provincia de San José al tomo: dos mil ciento cuarenta y cinco, página: trescientos cincuenta, asiento: seiscientos noventa y ocho. Se otorgue el depósito en los señores: Marianela Martínez Cabezas abuela paterna y el señor: Manuel Enrique Vargas Padilla.
Se resuelve sin especial condena en costas. Notifíquese.Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 23 de setiembre del 2019.
Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.1 vez.O. C. Nº 364-122017.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2019391600 .
Se avisa, a la señora Vanessa de Los Ángeles Molina Segura, mayor, de demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal Licenciado Luis Alberto Sáenz Zumbado, hace saber que existe proceso N 18-000326-0673-NA de suspensión de la patria potestad de la persona menor de edad María Paula Newcombe Molina establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Vanessa de Los Ángeles Molina Segura, que en este despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice:
Sentencia 267-2019. Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia.
A las dieciséis horas y treinta y siete minutos del veintisiete de mayo de dos mil diecinueve. Resultando: I, II, III, Considerando:
I. Hechos Probados: II. Sobre El Fondo: Por tanto: Por lo expuesto, la doctrina y normas legales citadas, se declara con lugar la presente demanda de suspensión de patria potestad contra Vanessa Molina Segura a favor de María Paula Newcombe Molina.
Se suspende a la señora Vanessa Molina Segura en el ejercicio de la patria potestad. Se confiere el depósito de la niña María Paula en el hogar de María Estrella Segura Segura. Dentro de los ocho días posteriores a la firmeza de este fallo deberá la señora María Estrella Segura Segura comparecer a este Juzgado a aceptar el cargo que aquí se le confiere. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, para María Paula al tomo mil ochocientos noventa y cuatro, folio ciento treinta y seis, asiento doscientos setenta y dos de la provincia de San José.
Se resuelve sin especial condena en costas. Notifíquese.Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 23 de setiembre de 2019.
Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.1 vez.O. C. N 364-122017.Solicitud N 68-2017-JA. IN2019391601.
Se avisa, a la señora Tifany Juliana Molina Murillo, mayor, de demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal licenciado Alvis González Garita, hace saber que existe proceso N 18-000350-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Ryan Caleb Molina Murillo establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Tifany Juliana Molina Murillo, que en este despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia 135-2019. Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, a las trece horas y cincuenta y nueve minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. Resultando: I, II, III, Considerando: I. Hechos probados: II. Sobre el fondo:
por tanto: con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la convención sobre los derechos del niño, artículo 30 y siguientes del código de la niñez y la adolescencia, 117, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la

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Boletin Judicial de Costa Rica del 11/10/2019

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date11/10/2019

Page count28

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First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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