Diario Oficial El Peruano del 22/12/2020
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Source: Diario Oficial El Peruano
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BOLETIN OFICIAL
EL PERUANO I Lima, martes 22 de diciembre de 2020
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE PUNO
NOTIFICACION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
De conformidad con lo dispuesto en el inciso e del Artículo 104 del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N 133-2013-EF y de conformidad con el Artículo 20 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley 27444, aprobado por el Decreto Supremo N 004-2019-JUS, según corresponda; se cumple con notificar a las personas naturales y/o jurídicas del cuadro integrante a la presente, los siguientes actos administrativos que no han podido ser notificadas y/o resultaron infructuosas. Deudas originadas en aplicación de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008 y/o la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N 1053 y/o la Ley N 27444. El deudor tributario aduanero o su representante podrá solicitar la documentación que se detalla, a través de la Mesa de Partes Virtal - MPV SUNAT: https www.sunat.gob.pe/ol-atittramitedoc/registro/iniciar; o, en su defecto puede acercarse a la Intendencia de Aduana de Puno, ubicada en la Av. Santa Rosa N 475, Barrio Santa Rosa - PunoPuno.
RESOLUCIÓN
COACTIVA
181-2020-000001
DEUDOR TRIBUTARIO
EXP. COACTIVO
CHRISTIAN JUAQUIN ARCE
FLORES, C.I. N4955027
181-2017-000040
181-2020-000001
MACHACA VDA DE
SALINAS VICENTA , RUC N
10015070876
181-2001-000058
181-2020-000001
VARGAS NOA GERONIMO, RUC N 10062926398
181-2004-000070
181-2020-000001
CHIARELLA ROJAS
JENY CRISTINA, RUC N
10044086668
181-2007-000284
181-2020-000001
CALLA QUISPE CIRILO, RUC
N 10428203122
181-2007-000571
181-2020-000001 CHARCA LUPACA MARIA, RUC
N 10017952256
181-2008-000333
181-2020-000001
CALLA QUISPE ELIZABETH , RUC N 10401769256
181-2008-000348
181-2020-000001
CALLA QUISPE CIRILO, RUC
N 10428203122
181-2009-000234
181-2020-000001
CONDORI NINA YONY, DNI N
01861316
181-2009-000300
181-2020-000001 CCALLATA QUISPE LISANDRO, DNI N 01889308
181-2013-000083
181-2020-000001
LARIJO LARIJO PORFIRIO , DNI N 80006440
181-2013-000170
181-2020-000001
MAQUERA CONTRERAS
EDWIN ANTONIO, DNI N
01872603
181-2014-000083
181-2020-000001
MACHACA AGUILAR RAUL, RUC N 10012926389
181-2015-000080
181-2020-000001
MAMANI CUTIPA EDWIN, DNI
N 41616388
181-2015-000228
181-2020-000001
YAURI CARAHUA ANDRES
JUSTINO, DNI N 30763118
181-2015-000274
181-2020-000001
ARCAYA PACCO EDGAR, DNI
N 46324325
181-2016-000329
181-2020-000001
CORIMAYHUA CORIMAYHUA
MARIA ELENA, RUC N
10101636033
181-2016-000350
181-2020-000001
MENDOZA MAMANI WILBER
ALFONSO, DNI N 41902640
181-2016-000351
181-2020-000001
APAZA CRUZ RICHARD, RUC
N 10805062741
181-2017-000035
181-2020-000001
CAMA RIVA OTILIA, DNI N
43050246
181-2017-000038
181-2020-000001
LUPACA MARCA NAPOLEON, RUC N 10800066609
181-2017-000047
LIQUIDACIÓN DE
DETERMINACION
COBRANZA
181-2016-001809 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2017-000040 Liquidaciones de Cobranza N181-2016-001809, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2001-000217 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2001-000058 Liquidaciones de Cobranza N181-2001-000217, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
262-2000-000051 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2004-000070 Liquidaciones de Cobranza N 262-2000-000051, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2007-000025 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2007-000284 Liquidaciones de Cobranza N 181-2007-000025, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2007-000552 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2007-571 Liquidaciones de Cobranza N 181-2007-000552, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2007-000612 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2008-000333 Liquidaciones de Cobranza N181-2007-000612, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2007-001359 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2008-000348 Liquidaciones de Cobranza N181-2007-001359, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2009-000544 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2009-000234 Liquidaciones de Cobranza N181-2009-000544, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2005-000314 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2009-000300 Liquidaciones de Cobranza N181-2005-000314, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2012-000471 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2013-000083 Liquidaciones de Cobranza N 181-2012-000471, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2012-000640 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2013-000170 Liquidaciones de Cobranza N181-2012-.000640, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2014-000448 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2014-000083 Liquidaciones de Cobranza N181-2014-000448, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2014-000923 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2015-000080 Liquidaciones de Cobranza N 181-2014-000923, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2015-000070 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2015-000228 Liquidaciones de Cobranza N 181-2015-000070, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2015-000339 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2015-000274 Liquidaciones de Cobranza N 181-2015-000339, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2015-001061 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2016-000329 Liquidaciones de Cobranza N 181-2015-001061, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
262-1999-000124 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2016-000350 Liquidaciones de Cobranza N 262-1999-000124, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2010-000947 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2016-000351 Liquidaciones de Cobranza N181-2010-000947, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2016-001042 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2017-000035 Liquidaciones de Cobranza N181-2016-001042, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2017-000218 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2017-000038 Liquidaciones de Cobranza N181-2017-000218, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
181-2017-000017 SE RESUELVE: REQUIERASE al deudor tributario para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la recepción de la presente, acredite el pago de la deuda tributaria aduanera contenida en el expediente coactivo N 181-2017-000047 Liquidaciones de Cobranza N 181-2017-000017, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas de embargo, conforme a ley. AVOCÁNDOSE el Ejecutor Coactivo ABEL MAMANI
MEJICANO, según Resolución de Superintendencia N 135-2005/SUNAT, Sede Puno.
NOTIFICACION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N 133-2013-EF y de conformidad al artículo 20 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, según corresponda, cumple con notificar a las personas naturales y/o jurídicas en el cuadro integrante del presente, que no han podido ser notificadas ya sea por ser EXTRANJEROS, NO UBICARSE
SU DOMICILIO, NO IDENTIFICADOS O POR CORRESPONDER A UN ACTA EN ABANDONO , que al haber infringido la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008 y/o la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N 1053 se han emitido las siguientes Resoluciones de Intendencia decretando los actos administrativos. La persona natural o jurídica con legitimo interés puede acercarse a la Intendencia de Aduana de Puno ubicada en la Av. Santa Rosa N 475, Barrio Santa Rosa - Puno, a recabar copia del documento notificado o solicitarlo a través de la mesa de partes virtual ingresando a www.sunat.gob.pe. Asimismo, se hace de conocimiento que el Acto Administrativo objeto de notificación podrá ser reclamado dentro del término de veinte 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, los resueltos en la presente publicación serán ejecutadas así como las mercancías comisadas podrán ser objeto de disposición por la Administración Aduanera en conformidad con lo indicado en los artículos 180 y 160 de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Legislativo N 1053, concordante con los artículos 235, 242 y 243 de su reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.